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Documento BOE-B-2016-61554

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2016, páginas 75373 a 75373 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-61554

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración del concurso

Francisco Velasco García-Plata Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de Asunto Concurso voluntario 554/2016 7.ª

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Azuche Igual, S.L. CIF B64384175.

Fecha del auto de declaración del concurso.- 13/09/2016.

Administradores concursales.- D. Josep Figueras Comas, con NIF 350909964W, domiciliada en Barcelona, Avga. Diagonal, 618, planta 5.ª F, como Abogado, con correo electrónico concursoazuche@figuerasadvocats.com

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de intervenidas las facultades de la concursada llamamiento a los acreedores.

- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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