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Documento BOE-B-2016-60676

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 26 de noviembre de 2016, páginas 74244 a 74244 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-60676

TEXTO

Doña María José Hompanera González, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto.

Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona.

Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 789/2016-B.

Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado.

Entidad instante del concurso y NIF.- ACK INVA 2007, S.L. (ACK) CIF B64582331.

Fecha del Auto de declaración art. 190.3 LC y apertura fase liquidación art. 191 ter de la LC.- 28 de octubre de 2016.

Administradores concursales.- Ivonne Pavía Lalauze, con domicilio en Pg. de Gracia, 81, 08008 Barcelona (Barcelona) y teléfono n.º 934671670 y en calidad de abogado y dirección electrónica: concursal@brugueras.com

Facultades del concursado.- Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesando o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio a una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.

Apertura liquidación.- Que en el plazo de diez días computados desde la modificación de esta resolución, la concursada presentará un plan para la realización de los bienes y derechos.

Barcelona, 7 de noviembre de 2016.- Letrada de la Admón. de Justicia.

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