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Documento BOE-B-2016-57814

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 16 de noviembre de 2016, páginas 70936 a 70936 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-57814

TEXTO

EDICTO.

D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal.

Anuncia

1.- Que en el concurso número de autos 672/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0160519, por auto de 26 de octubre de 2016, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a FUTURE TECHNOLOGY IN BUILDING SL, con CIF.B83891986, y domiciliado en la Calle Caidos de la División Azul n.º 22-A de Madrid.

Asimismo se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y se ha declarado disuelta la mercantil FUTURE TECHNOLOGY IN BUILDING SL con CIF: B83891986, cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la administración concursal.

4.- La identidad de la administración concursal es DON XAVIER PERNA BERTRAN el domicilio postal de la misma sito en la Calle Gran Via n.º 57, 4º I de Madrid, y la dirección electrónica administracionconcursal@perna-asociados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este juzgado.

6.-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el Registro publico Concusal, siendo su direccion electronica www.publicidadconcursal.es

Madrid, 26 de octubre de 2016.- Letrado Admón. Justicia.

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