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La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara en sesión celebrada el día 18 de abril de 2016 acuerda: - Desistir del procedimiento de adjudicación del servicio de mantenimiento y conservación de diversos sectores y zonas verdes de la ciudad de Guadalajara por infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato, consistentes en el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado, al considerar que el requisito de tener una nave en el término municipal de Guadalajara es un acto contrario al ordenamiento jurídico que afecta a la libertad de establecimiento y circulación y de unidad de mercado, y no poder utilizarse como criterio de adjudicación circunstancias referidas al arraigo territorial de los licitadores. - Iniciar inmediatamente un nuevo procedimiento de licitación.
Guadalajara, 21 de abril de 2016.- El Alcalde-Presidente.
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