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Documento BOE-B-2015-38400

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 24 de diciembre de 2015, páginas 53207 a 53207 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38400

TEXTO

Edicto

D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.º 001229/2015, habiéndose dictado en fecha cuatro de noviembre de dos mil quince por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Materiales de Construcción Ballesteros, S.L.U. con domicilio en Carretera de Burjassot-Torres Torres 105, Betera/Valencia y CIF n.º B96130588, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, en el tomo 4.436, folio 96, hoja V-24.534. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D./D.ª ANTONIO ISMAEL BLANCH CASAÑ con domicilio en la calle Doctor Álvaro López, n.º 37, bajo, Valencia y correo electrónico concursal@bdbasociados.es.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 4 de noviembre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

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