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Documento BOE-B-2015-32320

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2015, páginas 45134 a 45134 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-32320

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 909/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Euro Carne Iberia, S.L.U., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario ordinario 909/2015, Sección C2.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8008221.

Entidad concursada.- Euro Carne Iberia, S.L.U., con CIF n.º B65157380.

Tipo de concurso: Voluntario ordinario.

Fecha del auto de declaración: 7.10.2015.

Administrador/es concursal/es: Grupo Gispert Abogados y Economistas, S.L.P., que ha designado a Josep García García, con domicilio profesional en Av. Diagonal, 416, pral., 08037 Barcelona, teléfono 934594071, fax 934593047 y correo electrónico: concursoeurocarneiberia@grupogispert.com.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de dos meses a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de octubre de 2015.- El Letrado de la Adm. de Justicia sust.

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