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Documento BOE-B-2015-20561

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2015, páginas 28532 a 28532 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-20561

TEXTO

Edicto

Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 470/2015 en el que se ha dictado con fecha 2 de junio de 2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad PROVISUR GENERAL SHIP CHANDLER, S.L., con CIF B21502307 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2015 - 8004498.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: PROVISUR GENERAL SHIP CHANDLER, S.L., con domicilio en calle de la Energía, n.° 15-25, naves 1 y 2 de Gavá.

Administrador concursal: D. Jordi Gras Sagrera, con domicilio en Av. Sarria n° 102-106 de Barcelona y con correo electrónico jordi.grasisagrera@es.ey.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de junio de 2015.- El Secretario judicial, Fdo.: Jkosé María Valls Soriano.

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