Antecedentes de hecho
Con fecha 9 de julio de 2026, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 166, la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría de Cultura, por la que se convocaba el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, entre otros, en el Grupo Profesional M2, especialidad: Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
Con fecha 7 de agosto de 2026, la plaza n.º 34 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid dictó, en el procedimiento de pieza de medidas cautelares 889/2026–0001, el Auto n.º 75/2026. Dicho Auto admite la medida cautelarísima solicitada en la demanda planteada contra este Departamento, por la que se impugna la ya mencionada Resolución de este Departamento de 7 de julio de 2026. La parte dispositiva del mismo acuerda que:
«1.º Hasta que se dicte resolución en la pieza cautelar ordinaria, la suspensión cautelarísima de la eficacia de la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría del Ministerio de Cultura, exclusivamente en cuanto la titulación exigida para las 31 plazas del grupo profesional M2, especialidad “Conservación y Restauración de Bienes Culturales”, números de orden 25 a 55, pueda impedir la participación provisional de quienes ostenten alguna de las siguientes titulaciones: a) Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales; b) Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales.
2.º Requerir al Ministerio de Cultura para que, de forma inmediata y por el medio más eficaz, adopte las medidas necesarias para permitir la presentación o, en su caso, regularización de solicitudes de las personas comprendidas en el apartado anterior, sin que puedan ser excluidas provisionalmente del proceso selectivo por la sola razón de ostentar dichas licenciaturas y no la Diplomatura o el Grado expresamente mencionados en la convocatoria».
Por lo tanto, en el mismo se declara, hasta que se dicte resolución en la pieza cautelar ordinaria, el derecho de las personas aspirantes con la titulación de «Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales» y «Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales», a participar en el proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo en el Grupo Profesional M2, especialidad: Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
Al objeto de dar estricto cumplimiento a la citada resolución judicial y garantizar los principios de igualdad, mérito y capacidad, este órgano procede a la reapertura del plazo de presentación de instancias exclusivamente para aquellas personas aspirantes que se encuentren en la situación jurídica determinada en dicho auto.
Fundamentos de Derecho
Esta Subsecretaría es el órgano competente para dictar la presente Resolución de cumplimiento del Auto n.º 75/2026 dictado por la plaza n.º 34 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el procedimiento de pieza de medidas cautelares 889/2026–0001, de conformidad con lo establecido en el artículo 63.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el que se regulan sus competencias en materia de recursos humanos.
El artículo 118 de la Constitución Española establece la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como la de prestar la colaboración requerida por estos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.
En los mismos términos, el artículo 237.1 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, determina que la ejecución de las sentencias y demás títulos ejecutivos se llevará a cabo de forma obligatoria y en los propios términos fijados por el órgano judicial.
Por todo lo expuesto,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones que ostenta de selección y gestión del personal laboral fijo de este Departamento, resuelve:
Dar cumplimiento en sus propios términos al Auto n.º 75/2026, dictado por la plaza n.º 34 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el procedimiento de pieza de medidas cautelares 889/2026–0001.
Conferir un nuevo plazo extraordinario de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en el Grupo Profesional M2, especialidad: Conservación y Restauración de Bienes Culturales, convocado por Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría de Cultura (BOE de 9 de julio).Dicho plazo se contará a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». El mencionado plazo extraordinario se habilitará exclusivamente a aquellas personas aspirantes que se encuentren en los supuestos reconocidos en el referido Auto, a saber: personas aspirantes en posesión de la titulación de «Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales» y «Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales», manteniéndose la validez de las solicitudes ya presentadas por aquellas personas aspirantes que acrediten la posesión de alguna de estas dos titulaciones.
Se manifiesta que el resto de personas aspirantes cuyas solicitudes fueron presentadas en tiempo y forma no deberán presentar una nueva solicitud.
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas y se encuentren en alguno de los dos supuestos contemplados anteriormente, deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud 790, aprobado mediante Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web www.administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de las personas candidatas en los procesos selectivos.
Dicha solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo I de la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría de Cultura, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado (BOE núm. 166, de 9 de julio). En el recuadro 26 «Otros títulos», se consignará exclusivamente la posesión de alguna de estas dos titulaciones: «Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales» o «Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales».
La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 2033/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presente resolución no afecta al normal desarrollo del proceso selectivo.
Madrid, 19 de agosto de 2026.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez Soria.
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