La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 21 de julio de 2026 ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo de Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2026, sobre asignación a la Sección provisional de Competencia Única (antigua Sección Octava) de los asuntos relacionados con la responsabilidad patrimonial del Estado legislador derivada de los daños causados en relación con el tramo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos, del siguiente tenor literal:
1.º) Añadir a la regla relativa a la competencia de la Sección Provisional de Competencia Única (antigua Sección Octava) de la Sala Tercera del Tribunal Supremo un apartado Tercero que diga: «Recursos contencioso-administrativos en materia de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por los daños causados a los contribuyentes que han soportado el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos declarado contrario al Derecho de la Unión Europea por sentencia del Tribunal de justicia de la Unión Europea de 30 de mayo de 2024 (DISA, C-743/22)».
2.º) Disponer que por la secretaría de la Sección Quinta se remitan a la secretaria de la Sección Provisional de Competencia Única los recursos de esta índole que ya hayan sido registrados en el estado de tramitación en que actualmente se encuentren, para continuar su sustanciación en esta última. (…).
Madrid, 21 de julio de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.
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