Siendo firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a don Francisco José Elías Navarro y a don Gerard Piqué Bernabéu, por la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 282.16 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 41 del Acuerdo de 5 de marzo de 2025 del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), sobre delegación de competencias (BOE de 12 de marzo de 2025), en relación con lo previsto en el artículo 59 del mismo acuerdo, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 25 de febrero de 2026 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a don Francisco José Elías Navarro, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16.c) de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 14.c) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del mercado, por la comunicación ilícita a don Gerard Piqué Bernabéu, de información privilegiada relativa al inicio de conversaciones sobre la oferta de Atrys Health, SA, para adquirir Aspy Global Services, SA, anunciada mediante la publicación de una Comunicación de Información Privilegiada el 22 de enero de 2021 a las 17:05 horas, una multa por importe de 100.000 euros (cien mil euros).
– Imponer a don Gerard Piqué Bernabéu, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16.a) de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 14.a) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del mercado, por la adquisición de 104.166 acciones de Aspy Global Services, SA, el día 20 de enero de 2021, estando en posesión de información privilegiada recibida de don Francisco José Elías Navarro relativa al inicio de conversaciones sobre la oferta de Atrys Health, SA, para adquirir Aspy Global Services, SA, anunciada mediante la publicación de una Comunicación de Información Privilegiada el 22 de enero de 2021 a las 17:05 horas, habiendo obtenido un beneficio económico con la venta de dichas acciones el día 27 de enero de 2021, una multa por importe de 200.000 euros (doscientos mil euros).
La resolución que impone las sanciones, antes citadas, únicamente ha devenido firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 22 de abril de 2026.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Carlos San Basilio Pardo.
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