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Documento BOE-A-2026-10198

Resolución de 30 de abril de 2026, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, a efectos de concursos de traslados.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 11 de mayo de 2026, páginas 65074 a 65076 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2026-10198

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4 que en aquellas Comunidades Autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito. Y el artículo 109 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece que en la resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las Comunidades Autónomas cuyos Estatutos de Autonomía reconocen la oficialidad de una lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos.

Esta Secretaría General de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera:

Nivel elemental: 1 año.

Nivel medio: 2 años.

Nivel superior: 3 años.

Segundo.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad.

Tercero.

Notificar el texto íntegro de la resolución a las personas interesadas publicando en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones de los solicitantes a los cuales les ha sido reconocido el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua propia de determinadas Comunidades Autónomas (anexo I) y/o el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas (anexo II).

Cuarto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente o potestativo de reposición ante este ministerio, en el plazo de dos meses o un mes respectivamente, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 30 de abril de 2026.–La Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.

ANEXO I
Reconocimiento de Idioma
Apellidos y nombre Idioma Nivel
Briones Navarro, Raul Valenciano. Elemental.
Calderón Cano, Marina Catalán. Elemental.
Carricajo Lobato, M.ª Eugenia Euskera. Elemental.
Cocaliadis Caisson, María Agustina Valenciano. Elemental.
Figueroa Cotarelo, Yolanda Catalán. Medio.
Galiano López, Rosa Luisa Catalán. Elemental.
Goirigolzarri Ibarzabal, María Begoña Euskera. Medio.
González García, María Dolores Catalán. Elemental.
Hernández Hernando, M.ª Jesús Catalán. Medio.
Huerta García, Rafael Catalán. Medio.
Marín García, M.ª Mar Catalán. Medio.
Moral Sánchez, Sara Catalán. Medio.
Nieto Vicioso, Ángela Catalán. Elemental.
Novoa García, Diego Catalán. Elemental.
Pastor Soler, Laura Catalán. Elemental.
Piera Bordes, Marta Valenciano. Superior.
Romero Barciela, Denise Gallego. Superior.
Romero Díaz, Eva Catalán. Superior.
Rubia Blanco, José Ignacio de la Valenciano. Elemental.
Salvador Méndez, Natalia Catalán. Medio.
Santos Queiruga, Alicia Gallego. Medio.
Senín Álvarez, Alexia Gallego. Medio.
Serrano Ruiz, Belén Valenciano. Elemental.
Vivero Peteira, Ana Gallego. Superior.
ANEXO II
Reconocimiento de derecho
Apellidos y nombre Derecho
Abillá Riba, Montserrat Catalán.
Amat Valiente, Iris Valenciano.
Ballesteros Barrios, Lorena Vasco.
Blanco Vargas, Javier Vasco.
Calderón Cano, Marina Catalán.
Calvo Alonso, María del Carmen Gallego.
Campanero Medina, Gemma Navarro.
Carpes Martínez, Virginia Valenciano.
Cocaliadis Caisson, María Agustina Valenciano.
Félix Bermúdez, M.ª Carmen Gallego.
Gago Lozano, Sara Balear.
Galiano López, Rosa Luisa Balear.
García Eugenio, Juan Valenciano.
García Villarroya, Elena Aragonés.
Gimeno Leal, Elena Aragonés y Catalán.
Goirigolzarri Ibarzabal, María Begoña Vasco.
Guarc Colón, Sandra Gallego.
Ibáñez Baños, María Balear, Gallego y Valenciano.
López López, Miguel Valenciano.
Majbour Navarro, Cristina Catalán.
Méndez Muñoz, Ana Valenciano.
Montero Sacacia, Clara Catalán.
Montesinos Asensio, Montserrat Valenciano.
Negro Francomano, Víctor Javier Catalán.
Olmos Matute, Andrés Gallego y Vasco.
Pastor Soler, Laura Catalán.
Rico Prior, Raquel Valenciano.
Román Vila, Beatriz Gallego.
Romero Barciela, Denise Gallego.
Romero Díaz, Eva Catalán.
Rosell Gui, Ivone Catalán.
Sánchez de Torres, María Antonia Valenciano.
Secades Riestra, Cristina Balear.
Senín Álvarez, Alexia Gallego.

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