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Documento BOE-A-2026-10189

Resolución de 6 de mayo de 2026, de la Universidad de Cantabria, por la que se corrigen errores en la de 24 de abril de 2026, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 11 de mayo de 2026, páginas 65003 a 65004 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2026-10189

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Resolución 0482/26 de 24 de abril de 2026 (BOE de 1 de mayo de 2026), por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, se procede a efectuar la siguiente rectificación en las bases de la convocatoria:

En los puntos 2.2 y 2.3 del anexo I de las Bases de la convocatoria:

Donde dice:

«2.2 Segundo ejercicio. Eliminatorio.

Consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos a elegir de entre cuatro propuestos por el Tribunal relacionados con el bloque II Temas específicos del temario incluido en el anexo II.

Si el Tribunal así lo acuerda, se podrán consultar durante el ejercicio textos legales, debiendo hacer pública esta decisión con antelación a la realización del ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

En este ejercicio se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita del aspirante.

2.3 Tercer ejercicio. Eliminatorio.

Consistirá en la traducción de un texto profesional en inglés de un nivel equivalente a un B1 del Marco Común Europeo.

Para esta prueba el Tribunal podrá contar con el asesoramiento de un especialista.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.»

Debe decir:

«2.2 Segundo ejercicio. Eliminatorio.

Consistirá en la traducción de un texto profesional en inglés de un nivel equivalente a un B1 del Marco Común Europeo.

Para esta prueba el Tribunal podrá contar con el asesoramiento de un especialista.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

2.3 Tercer ejercicio. Eliminatorio.

Consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos a elegir de entre cuatro propuestos por el Tribunal relacionados con el bloque II Temas específicos del temario incluido en el anexo II.

Si el Tribunal así lo acuerda, se podrán consultar durante el ejercicio textos legales, debiendo hacer pública esta decisión con antelación a la realización del ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

En este ejercicio se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita del aspirante.»

En el punto 2.4 del anexo I de las Bases de la convocatoria

donde dice:

«2.4 Calificación de los ejercicios:

Segundo ejercicio.

Se calificará de cero a 20 puntos cada uno de los supuestos (40 puntos totales), siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 20 puntos y no obtener cero en ninguno de los supuestos.

Tercer ejercicio.

Se calificará de cero a 8 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 4 puntos para superarlo.»

Debe decir:

«2.4 Calificación de los ejercicios:

Segundo ejercicio.

Se calificará de cero a 8 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 4 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio.

Se calificará de cero a 20 puntos cada uno de los supuestos (40 puntos totales), siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 20 puntos y no obtener cero en ninguno de los supuestos.»

El plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 3.2 de la citada convocatoria, se amplía hasta que transcurran veinte días naturales a partir del siguiente al de publicación de esta rectificación en «Boletín Oficial del Estado».

Esta rectificación será también publicada en el «Boletín Oficial de Cantabria».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser impugnada directamente ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Santander, 6 de mayo de 2026.–La Rectora, María Concepción López Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/05/2026
  • Fecha de publicación: 11/05/2026
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 24 de abril de 2026 (Ref. BOE-A-2026-9492).

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