Por Resolución de la Subsecretaría de 12 de abril de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de abril), se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, modificada por Resolución de 28 de abril de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de mayo).
Por Resolución de 7 de noviembre de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre) se resolvió el citado concurso, adjudicando el puesto convocado con número de orden 43, código 4413132, Jefe/Jefa de Sección N 22 de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Burgos, a doña María Jesús Blanco Barbadillo.
Contra la citada resolución, doña Ana María Arnaiz González, interpone recurso contencioso-administrativo, el cual es estimado por sentencia n.º 226/2024, de 25 de noviembre de 2024, de la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.
Por ello, este Ministerio, en uso de las facultades conferidas para dar cumplimiento a la mencionada sentencia, acuerda:
Dejar sin efecto la adjudicación del puesto convocado con el número de orden 43, Jefe/Jefa de Sección N 22, código 4413132 de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Burgos, a doña María Jesús Blanco Barbadillo, con NRP 1312****35 A1431.
Adjudicar el puesto convocado con el número de orden 43, Jefe/Jefa de Sección N 22, código 4413132 de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Burgos, a doña Ana María Arnaiz González, con NRP 1313****02 A1435.
El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia de la persona adjudicataria, o de un mes si comporta cambio de residencia. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese del puesto anterior, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
El destino adjudicado se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no genera derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Madrid, 9 de abril de 2025.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, José Ramón del Prado Cortés.
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