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Documento BOE-A-2025-4793

Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la de 11 de febrero de 2025, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Ciencia y Tecnología.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2025, páginas 32666 a 32667 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-4793

TEXTO ORIGINAL

Que mediante Resolución Rectoral n.º 131, de 11 de febrero de 2025 de la Universidad Politécnica de Cartagena, se convoca proceso selectivo para la provisión de dos plazas de la Escala Técnica Básica de Ciencia y Tecnología, especialidad Desarrollo de Aplicaciones Informáticas, mediante el sistema de concurso-oposición, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el día 20 de febrero de 2025.

Advertidos la existencia de errores y omisiones en la convocatoria, se modifica la citada resolución.

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena,

Este Rectorado, resuelve

Primero.

Modificar la Resolución Rectoral n.º 131, de 11 de febrero de 2025, del Rectorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de dos plazas de la Escala Técnica Básica de Ciencia y Tecnología, especialidad Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

1. Modificar la base 2, apartado c), que queda redactada en los siguientes términos:

«c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, una vez pagada las tasas del título, la titulación de Bachiller, Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia.»

2. Modificar el apartado 1.2.A) del anexo I, que queda redactado en los siguientes términos:

«A) Experiencia profesional durante los últimos cinco años, con un máximo de 40 puntos:

– Servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena como personal funcionario en la misma escala y especialidad o como personal laboral en el grupo profesional equivalente en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones propias de la escala y especialidad objeto de la convocatoria, a razón de 0,67 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 40 puntos.

– Servicios prestados en otras universidades y administraciones públicas como personal funcionario en cuerpos, escalas y especialidades de igual o equivalente denominación en el subgrupo C1 o como personal laboral en el grupo profesional equivalente en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones propias de la escala y especialidad objeto de la convocatoria, a razón de 0,34 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 20 puntos.

La acreditación de las funciones desarrolladas en el puesto de trabajo se realizará mediante certificado firmado por la autoridad competente.»

3. Modificar el apartado 1.2 B) del anexo I que queda redactado en los siguientes términos:

«B) Acreditación de una titulación académica superior a la exigida en el proceso selectivo, mediante la certificación de un nivel de correspondencia del Marco Europeo de Cualificaciones (MECES), con un máximo de 3 puntos:

– 3 puntos: Título de Doctor o nivel 4 del MECES.

– 1,5 puntos: Título de Máster universitario, título de Máster en Enseñanzas Artísticas, título de Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades, títulos declarados equivalentes a nivel 3 del MECES.

– 1 punto: Título de Graduado o títulos declarados equivalentes a nivel 2 del MECES.

– 0,5 puntos: Título de Técnico Superior.

A los efectos anteriores, se tendrán en cuenta las equivalencias de títulos legalmente reconocidas. El nivel MECES debe ser acreditado mediante certificado de correspondencia expedido por el Ministro de Educación.

En este apartado sólo se valorará la titulación mayor de las aportadas por los aspirantes.»

Segundo.

Prorrogar el plazo de presentación de solicitudes por quince días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la Universidad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y, al amparo del artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente resolución, o en su caso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente resolución.

Cartagena, 3 de marzo de 2025.–El Rector, Mathieu Kessler Neyer.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/03/2025
  • Fecha de publicación: 11/03/2025
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