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La Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dictada en aplicación de la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, impone al responsable de operación una serie de obligaciones de comprobación y evaluación de conflicto de interés a través de la Plataforma Minerva.
De acuerdo con dicha orden, se considera responsable de la operación al órgano de contratación. En la Agencia Estatal de Administración Digital el órgano de contratación es la persona titular de la Dirección, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.2 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre.
Para lograr una mayor eficiencia en la gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el ámbito de la Secretaría General de Administración Digital se aprobó la Orden ETD/327/2023, de 23 de marzo, sobre delegación de competencias, delegando en la persona titular de la Subdirección General de Presupuestos y Contratación TIC de la Secretaría General el ejercicio de todas las competencias recogidas en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero atribuidas al responsable de operación.
Dado que, de acuerdo con lo previsto en la disposición final primera del Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, la Agencia se ha subrogado en todas las competencias de la Secretaría General de Administración Digital tras su constitución efectiva y que persiste el objetivo de lograr una mayor eficiencia en la gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, es necesario aprobar, ahora con la naturaleza jurídica de resolución dada la personalidad jurídica propia de la Agencia, una delegación de competencias similar a la de la mencionada Orden ETD/327/2023, de 23 de marzo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.4 del Estatuto de la Agencia, la persona titular de la Presidencia aprobará las delegaciones de competencias que, en su caso, realice la persona titular de la Dirección en las personas titulares de otros órganos bajo su dependencia jerárquica, dentro de sus respectivos ámbitos materiales de actuación y con las condiciones y límites previstos en el Estatuto o que, en su caso, puedan establecerse.
En su virtud y vista la propuesta de delegación y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Aprobar la delegación de la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Digital en la persona titular de la Secretaría General de la Agencia Estatal de Administración Digital del ejercicio de todas las competencias relativas al responsable de operación recogidas en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de septiembre de 2025.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Digital, Clara Mapelli Marchena.
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