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De conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
Esta Agencia acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes
Bases
Los puestos de trabajo que se convocan en el anexo I podrán ser solicitados por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, mis servicios de RR.HH. (SIGP) –convocatoria libre designación– solicitud de convocatoria de libre designación, https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico.
En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través del Registro Electrónico Común, a la Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal Funciona.
Junto con la solicitud habrá de presentarse la siguiente documentación:
a) Un curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv).
b) Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
c) El cuestionario de autoevaluación recogido en el anexo III.
Mediante resolución de la Dirección de la Agencia se designará un mínimo de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado.
No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, 13 de junio de 2025.–El Director de la Agencia Estatal de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.
N.º orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 |
DIRECCION. DIRECCION DE ADMINISTRACION DIGITAL. DIRECTOR / DIRECTORA (5858657). |
MADRID - MADRID. | 30 | 49839.30 | A1 | AE |
1. Dirección e impulso de la implantación de los medios y servicios digitales necesarios para evolucionar los servicios públicos hacia servicios públicos universales de calidad orientados a la ciudadanía y empresas, promoviendo la incorporación de las TIC y la digitalización a los procedimientos administrativos y la adaptación de la gestión pública al uso de medios digitales. 2. Dirección de la tramitación inteligente de los procesos y procedimientos administrativos de la Administración del Estado e impulso de las capacidades de la IA para mantener una relación proactiva de la administración con la ciudadanía y empresas. 3. Coordinación de soluciones tecnológicas de análisis y entrega de datos, gobierno del dato, cuadros de mando, datos masivos o «Big Data», inteligencia de datos, generación y gestión de conocimiento. 4. Impulso a la redefinición y automatización inteligente de procesos internos a través del uso de capacidades de IA para reducir la asignación de recursos humanos a la realización de tareas repetitivas en todos los ámbitos de la Administración General del Estado. 5. Dirección e impulso de las aplicaciones y herramientas necesarias para dar soporte a los servicios de las unidades horizontales de la Administración del Estado aplicando la transformación digital en los procesos internos de su competencia. 6. Impulso de la renovación tecnológica de aplicaciones de gestión para la integración con tecnología de analítica de datos e inteligencia artificial. |
1. Conocimientos y experiencia en la coordinación de la implantación de servicios digitales y planes de impulso de la digitalización. 2. Conocimientos y experiencia en el impulso de la aplicación de la IA. 3. Conocimientos y experiencia en el impulso de la renovación tecnológica para la integración con tecnología de analítica de datos e I.A. 4. Experiencia de al menos 3 años en puestos directivos en el ámbito de las TIC. Competencias profesionales y directivas: 1. Liderazgo transformador. 2. Gestión estratégica de proyectos. 3. Comunicación y relaciones interpersonales. 4. Adaptabilidad y toma de decisiones. |
1. Se requiere un mínimo de 5 años de antigüedad como funcionario de carrera del subgrupo A1. 2. Se valorará titulación universitaria en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o campo relacionado. |
N.º orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
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2 |
DIRECCION. DIRECCION DE CIBERSEGURIDAD, TECNOLOGIAS DISRUPTIVAS E INTEGRIDAD DE LOS DATOS. DIRECTOR / DIRECTORA (5858658). |
MADRID - MADRID. | 30 | 49839.30 | A1 | AE |
1. Dirección e Impulso del desarrollo de las políticas corporativas de seguridad de la información, ciberseguridad y protección de datos personales de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de Derecho público vinculados o dependientes y la colaboración al respecto con otras administraciones públicas. 2. Coordinación de las actuaciones destinadas a promover la ciberseguridad en todos los ámbitos de la Administración General del Estado. 3. Dirección del Centro de Operaciones de Ciberseguridad de la Administración del Estado. 4. Impulso del cambio continuo en el ámbito de la ciberseguridad. 5. Dirección de las políticas de gobernanza y estándares en la gestión y análisis de datos que rijan en la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de Derecho público vinculados o dependientes. 6. Dirección de actuaciones destinadas a promover las tecnologías disruptivas y la integridad de los datos y coordinación de los mecanismos de acceso seguros a las plataformas para la toma de decisiones públicas basadas en datos, garantizando su seguridad y gobernanza a través de arquitecturas abiertas. |
Conocimientos y experiencia en: 1. Conocimiento y experiencia en la dirección de políticas corporativas de seguridad de la información, ciberseguridad y protección de datos personales. 2. Experiencia en la coordinación de actuaciones de promoción de la ciberseguridad. 3. Experiencia en la dirección de políticas de gobernanza y estándares en la gestión y análisis de datos. 4. Experiencia de al menos 3 años en puestos directivos en el ámbito de las TIC. Competencias profesionales y directivas: 1. Liderazgo transformador. 2. Gestión estratégica de proyectos. 3. Comunicación y relaciones interpersonales. 4. Adaptabilidad y toma de decisiones. |
1. Se requiere un mínimo de 5 años de antigüedad como funcionario de carrera del subgrupo A1. 2. Se valorará titulación universitaria en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o campo relacionado. |
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
TITULACIONES:
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid