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La Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 31 de diciembre), resuelve convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de reserva por discapacidad, por concurso-oposición, a los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, profesores de Artes Plásticas y Diseño, profesores de Música y Artes Escénicas, profesores especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional y maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de carrera de los citados cuerpos para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, modificada por la Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Subsecretaría (BOE de 4 de abril) y la Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Subsecretaría (BOE de 6 de junio de 2025).
Advertidos errores en la mencionada Resolución de 27 de diciembre de 2024, procede su corrección.
Visto lo expuesto esta Subsecretaría resuelve:
Modificar el apartado 7.3 de la resolución de convocatoria, ubicado en la página 187491 del «Boletín Oficial del Estado» número 315, de 31 de diciembre de 2024, en relación con los temarios que han de regir en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas en los siguientes términos:
Donde dice: «Para el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, serán los que para cada especialidad figuran en el anexo IV de la Orden de 9 de septiembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de septiembre) y en la Orden 1 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de febrero)».
Debe decir: «Para el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, serán los que para cada especialidad figuran en el anexo IV de la Orden de 9 de septiembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de septiembre) y en la Orden 19 de noviembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre)».
Modificar el apartado B) del anexo IV, ubicado en la página 187530 del «Boletín Oficial del Estado» número 315, de 31 de diciembre de 2024, en los siguientes términos:
Donde dice: «Traducción sin diccionario del castellano al idioma correspondiente de un texto a elegir entre dos propuestos, con un total de entre 350 y 450 palabras, y respuesta en el idioma a tres cuestiones gramaticales, léxicas o de análisis de discurso, y de seis cuestiones propuestas, en relación con la impartición del currículo del idioma».
Debe decir: «Traducción sin diccionario del castellano al idioma correspondiente de un texto a elegir entre dos propuestos, con un total de entre 350 y 450 palabras, y respuesta en el idioma a tres cuestiones gramaticales, léxicas o de análisis de discurso, de entre seis cuestiones propuestas, en relación con la impartición del currículo del idioma».
Contra la presente resolución las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1 i) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 17 de junio de 2025.–El Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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