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Mediante Resolución de este Rectorado de fecha 7 de julio de 2022 (BOE de 14 de julio de 2022), fue convocado proceso selectivo para ingreso, mediante concurso, de personal laboral fijo en diversas plazas vacantes pertenecientes al Grupo I de personal de administración y servicios, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
En las bases contenidas en la citada resolución, se ha observado un error material, referido a la puntuación máxima que se puede alcanzar en el concurso por los méritos de «Experiencia profesional», y que resulta al aplicar en sus distintos subapartados, el apartado 1 del baremo de méritos establecido en el Anexo I de la convocatoria.
En su virtud, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelve:
Modificar la base 5.1 de la convocatoria, así como su Anexo I, en los siguientes términos.
– En la base 5.1 de la convocatoria:
Donde dice:
«[…] Será requisito necesario para optar a cualquiera de las plazas el haber obtenido un mínimo de 330 puntos en la valoración de méritos sobre un total máximo de 1000 puntos, […]».
Debe decir:
«[…] Será requisito necesario para optar a cualquiera de las plazas el haber obtenido un mínimo de 330 puntos en la valoración de méritos sobre un total máximo de 994,59 puntos, […]».
– En el Anexo I de la convocatoria, apartado 1 (Experiencia profesional):
Donde dice:
«[…] Se valorará hasta un máximo de 600 puntos».
Debe decir:
«[…] Se valorará hasta un máximo de 594,59 puntos».
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa). Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso–administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
Valladolid, 16 de febrero de 2023.–El Rector, Antonio Largo Cabrerizo.
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