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En el recurso contencioso-administrativo número 431/2022, interpuesto por la Fundación Toro de Lidia contra el Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 2 de febrero de 2023 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Estimar el recurso contencioso-administrativo n.º 431/2022, interpuesto por la Fundación Toro de Lidia contra el Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven y anular la expresión «y taurinos» de su artículo 8.2.
Imponer las costas de este recurso a la Administración en los términos del último fundamento de esta sentencia.
Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a que se refieren los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley de la Jurisdicción.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva.–Celsa Pico Lorenzo.–Luis María Díez-Picazo Giménez.–María del Pilar Teso Gamella.–José Luis Requero Ibáñez.
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