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Documento BOE-A-2023-24691

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 4 de diciembre de 2023, páginas 160890 a 160892 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de La Rioja
Referencia:
BOE-A-2023-24691

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as/ del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre), nombrados/as funcionarios/as/as de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 21 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por triplicado ejemplar, previamente por la esta Dirección General.

Segundo.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Tercero.

En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos correspondiente a su destino como funcionarios/as del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el/la funcionario/a proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Auxilio Judicial, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

En cualquier caso una vez diligenciada la toma de posesión, el responsable del órgano judicial o fiscal de destino remitirá dos ejemplares del documento F1R a esta Dirección General correspondiente, para que por la misma se proceda a las oportunas variaciones en nómina, uno de los cuales será enviado por dicha Dirección General al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal al servicio de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado al interesado y el cuarto para constancia en el órgano judicial.

Quinto.

Los/las funcionarios/as interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios/as de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo.

Los/las funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante, el haber sido destinados/as con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Excma. Sra. Consejera de Salud y Políticas Sociales del Gobierno de La Rioja, de acuerdo con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño, 21 de noviembre de 2023.–La Directora General de Justicia e Interior, Tania Sáez Martínez.

ANEXO I

Cuerpo: Auxilio Judicial

N.º orden NIF Apellidos y nombre Descripción unidad Descripcion del puesto Localidad Provincia Comunidad autónoma
1 ***4910** MAYAYO PÉREZ MARÍA ALMUDENA. JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 (LOGROÑO). AUXILIO JUDICIAL. LOGROÑO. LA RIOJA. LA RIOJA.
2 ***7600** RODRIGUEZ SAEZ MARÍA ESTELA. JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 3 (LOGROÑO). AUXILIO JUDICIAL. LOGROÑO. LA RIOJA. LA RIOJA.
3 ***9580** CORCHERO VEGA MARÍA LUZ. JUZGADO DE LO PENAL N.º 3 (LOGROÑO). AUXILIO JUDICIAL. LOGROÑO. LA RIOJA. LA RIOJA.
4 ***9681** ALFONSO GARRIDO ANA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL) CALAHORRA. AUXILIO JUDICIAL. CALAHORRA. LA RIOJA. LA RIOJA.
5 ***2817** CORTS SAEZ PATRICIA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 HARO. AUXILIO JUDICIAL. HARO. LA RIOJA. LA RIOJA.
6 **7621** ORTUETA MULET ANNET. JUZGADO DE LO PENAL N.º 2 LOGROÑO. AUXILIO JUDICIAL. LOGROÑO. LA RIOJA. LA RIOJA.
7 ***6760** MARTIN CALABRIA MARIA LUISA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (FAMILIA) LOGROÑO. AUXILIO JUDICIAL. LOGROÑO. LA RIOJA. LA RIOJA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/11/2023
  • Fecha de publicación: 04/12/2023
Referencias anteriores
  • PUBLICA destinos, en La Rioja, del proceso selectivo al Cuerpo de Auxilio Judicial convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-21485).

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