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Documento BOE-A-2023-15426

Resolución de 21 de junio de 2023, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 7 de junio de 2023, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al desarrollo de acciones de Calidad en el sistema de Formación Profesional, en el ejercicio presupuestario 2023, susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 3 de julio de 2023, páginas 92453 a 92456 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2023-15426

TEXTO ORIGINAL

La Conferencia Sectorial de Educación, en su reunión de 7 de junio de 2023, ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al desarrollo de acciones de Calidad en el sistema de Formación Profesional, en el ejercicio presupuestario 2023, por un importe de 25.700.000,00 euros, susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo.

Para general conocimiento, esta Secretaría General de Formación Profesional dispone la publicación del citado Acuerdo como Anexo a la presente resolución.

Madrid, 21 de junio de 2023.–La Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.

ANEXO
Acuerdo de 7 de junio de 2023 de la Conferencia Sectorial de Educación por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al desarrollo de acciones de Calidad en el sistema de Formación Profesional, en el ejercicio presupuestario 2023, por un importe de 25.700.000,00 euros, susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo

En el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación Profesional, se incluye una dotación económica específica de 25.700.000,00 euros para Acciones de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español, en la aplicación presupuestaria 18.05.322B.454.01 para dar cumplimiento y continuidad a los Programas de Cooperación Territorial, dentro del tercer bloque del Plan Estratégico de la Formación Profesional.

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas, y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en el anexo, los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación en la reunión celebrada el 16 de marzo de 2023, así como la distribución resultante del crédito destinado al siguiente programa de cooperación territorial:

Denominación

Importe

Euros

Aplicación

presupuestaria

Acciones de Calidad en el sistema de Formación Profesional. 25.700.000,00 18.05.322B.454.01
   Total. 25.700.000,00  

Esta formalización queda sometida a disponibilidades presupuestarias.

ANEXO I
Criterios de distribución y distribución resultante del crédito para la financiación de acciones de Calidad en la Formación Profesional

Para dar cumplimiento y continuidad al Tercer Bloque del Plan Estratégico de la Formación Profesional, de los Programas de Cooperación Territorial 2010-2011, en el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación Profesional se ha destinado un crédito de 25.700.000,00 euros a transferencias a las Comunidades Autónomas para ayudas para Acciones de Calidad en Formación Profesional del sistema educativo español.

Este crédito debe permitir la continuidad, hasta el 31 de diciembre de 2023, de las acciones iniciadas en el año 2011 y desarrolladas a lo largo de los ejercicios presupuestarios 2011, 2012, 2013, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022.

Los criterios de distribución han sido los siguientes:

– Número de alumnos matriculados en Formación Profesional (Todos los niveles).

– Número de profesores que imparten enseñanzas de Formación Profesional.

– Número de centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional.

– Coeficiente por brecha de género. Alumnado matriculado en FP, modalidad presencial y a distancia, en centros públicos.

– La tasa de riesgo de pobreza.

– La dispersión territorial de las Administraciones Públicas.

La cuantía asignada a cada comunidad autónoma fue distribuida proporcionalmente a los criterios de distribución. El cálculo se hizo teniendo en cuenta los datos proporcionados por la Subdirección General de Estadística y Estudios del Ministerio de Educación y Formación Profesional, del Instituto Nacional de Estadística y los de elaboración propia del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

La distribución resultante correspondiente al ejercicio 2023, una vez descontados los remanentes correspondientes al reparto del año 2021, es la siguiente:

PCT calidad de la formación profesional año 2023 Reparto ACM 2023 Remanentes 2021 a descontar Importe a distribuir 2023 descontados los remanentes año 2021
ANDALUCÍA. 4.983.093,50 82.597,66 4.900.495,84
ARAGÓN. 816.249,07 816.249,07
ASTURIAS, PRINCIPADO DE. 628.957,26 70.170,53 558.786,73
BALEARS, ILLES. 782.196,68 782.196,68
CANARIAS. 1.671.205,12 1.671.205,12
CANTABRIA. 445.638,94 445.638,94
CASTILLA Y LEÓN. 1.484.938,16 1.484.938,16
CASTILLA-LA MANCHA. 1.582.767,78 1.582.767,78
CATALUÑA. 3.848.675,78 3.848.675,78
COMUNITAT VALENCIANA. 3.059.877,00 3.059.877,00
EXTREMADURA. 872.875,80 872.875,80
GALICIA. 1.787.930,07 1.787.930,07
MADRID, COMUNIDAD DE. 2.515.654,55 140.800,60 2.374.853,95
MURCIA, REGIÓN DE. 934.787,61 934.787,61
RIOJA, LA. 285.152,68 285.152,68
  TOTALES. 25.700.000,00 293.568,79 25.406.431,21

No se han tenido en cuenta los datos correspondientes a la Comunidad Autónoma del País Vasco ni de Navarra, debido a sus Regímenes Forales. La financiación de este programa se realiza a través de los recursos de las citadas Comunidades Autónomas.

Compromisos de colaboración

Las Comunidades Autónomas se comprometen a desarrollar las siguientes acciones para la mejora de la calidad y la difusión de la Formación Profesional desde el 1 de septiembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024:

– Organización y celebración de campeonatos autonómicos, estatales, europeos y mundiales de habilidades de FP (Campeonatos de skills).

– Desarrollo y participación en la red nacional de centros de excelencia.

– Estancias del profesorado y formadores en empresas y en centros de FP y centros de excelencia.

– Movilidad del alumnado y personas en formación para estancias dentro y fuera de España.

– Medida trasversal para FSE+: Difusión cuando incida en la calidad de la FP (tasa fija del 4 % sobre el gasto ejecutado para la implementación de las medidas anteriores, de acuerdo con el artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1060 de disposiciones comunes).

Además, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, no más tarde del 31 de marzo de 2025, las Comunidades Autónomas remitirán al Ministerio de Educación y Formación Profesional un estado de ejecución indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados detallado para la aplicación presupuestaria del Presupuesto General del Estado desde la que se realice la transferencia de crédito. Las Comunidades Autónomas deberán proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional se compromete a:

– Poner a disposición de las Comunidades Autónomas el portal TodoFP como medio de difusión de las convocatorias que se realicen.

– Mantener la coordinación y seguimiento de las competiciones de Formación Profesional a nivel nacional, europeo y mundial y proporcionar el apoyo técnico necesario a las Comunidades Autónomas para la celebración de sus competiciones regionales y la organización de la participación a nivel nacional.

– Mantener la coordinación y el apoyo técnico necesarios para la implementación de programas y proyectos de calidad en Formación Profesional en las comunidades autónomas.

Las normas de justificación de los créditos recibidos por las Comunidades Autónomas vendrán recogidas y especificadas en los instrumentos jurídicos, convenios o resoluciones en los que se haya plasmado la distribución acordada por el Consejo de Ministros, tal como establece la regla Cuarta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley General Presupuestaria.

Medidas de visibilidad, transparencia y comunicación

Las acciones de Calidad en Formación Profesional del sistema educativo español, con cargo al ejercicio presupuestario de 2023, que se desarrollen en todas las Comunidades Autónomas, serán financiadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y susceptibles de cofinanciación por el Fondo Social Europeo (FSE+, Marco Financiero Plurianual 2021-2027).

Únicamente será elegible aquella actuación que cumpla con las medidas de visibilidad, transparencia y comunicación, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por la Unión Europea».

Las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Formación Profesional y el emblema de la Unión Europea, junto con el lema «Cofinanciado por la Unión Europea».

Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación, derivadas de la aportación del Estado a este programa, cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado; y en la Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.

Cabe indicar que, de conformidad con los artículos 47 y 50 y el Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de disposiciones comunes a los fondos y de acuerdo con el artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 del FSE+, los beneficiarios:

– Utilizarán el emblema de la Unión Europea cuando realicen actividades de visibilidad, transparencia y comunicación;

– En su sitio web oficial y en sus cuentas en redes sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán la ayuda financiera de la Unión Europea;

– Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la UE de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a los participantes;

– Exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, en las que figure el emblema de la Unión Europea, tan pronto como comience la ejecución física de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan adquirido con respecto a operaciones que reciban ayuda del FSE+ y cuyo coste total sea superior a 100.000 euros.

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