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Documento BOE-A-2022-4330

Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso oposición libre para la provisión de plaza de Técnico Especialista-Técnico Monitor de Educación Física, Grupo III.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2022, páginas 35121 a 35132 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-4330

TEXTO ORIGINAL

Conforme a los artículos 14 y 18 del primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, para la provisión de vacantes de personal laboral fijo han de seguirse una serie de fases que son, por este orden, el reingreso de excedentes voluntarios y de otros trabajadores con derecho preferente de reingreso, el concurso de traslado, el concurso oposición restringido y el concurso oposición libre. Resueltas las tres primeras fases sin que se haya producido la provisión del puesto, procede poner en marcha la última fase de provisión, es decir, el concurso oposición libre objeto de esta convocatoria.

Así pues, vacante en la plantilla del personal laboral de esta Universidad, una plaza perteneciente al grupo retributivo III, con la categoría de Técnico Especialista –Técnico Monitor de Educación Física–, adscrita al Servicio de Deportes, que se encuentra incluida en la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2018, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de diciembre de 2018, publicado en el BOPA de fecha 27 de diciembre de 2018, y siendo necesaria su provisión, este Rector, en ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) del mismo texto legal, así como los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar la cuarta y última fase del proceso de provisión de una plaza de Técnico Especialista –Técnico Monitor de Educación Física–, Grupo III, mediante este concurso oposición libre, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen, que han sido elaboradas por la Gerencia, previo acuerdo con el Comité de Empresa.

Bases de la convocatoria

1.ª Normas de aplicación

Las presentes pruebas selectivas se someterán a lo previsto en el primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2.ª Características de la plaza y funciones a desarrollar

Características:

Puesto número 190.

Categoría profesional: Técnico Especialista –Técnico Monitor en Educación Física–.

Grupo retributivo III.

Destino: Servicio de Deportes (Mieres).

Funciones:

– Impartir la/s actividad/es deportiva/s que se le puedan encomendar desde la Dirección de Área de Deportes y Salud en las distintas instalaciones de la Universidad de Oviedo.

– Coordinarse en el desarrollo de su trabajo con el Técnico Superior de Deportes, así como con los demás monitores especialistas de Educación Física del Área de Deportes y Salud, para el buen funcionamiento del servicio.

– Desarrollo y control, en colaboración con el Área de Deportes y Salud, de las actividades y eventos físico-deportivos que se organicen en las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso.

– Asesoramiento y supervisión de la actividad física y deportiva realizada por los usuarios de las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso.

– Ejercer labores de «delegado de equipo» (incluyendo la asistencia en partidos amistosos y oficiales), así como la coordinación de alguno de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, según las necesidades del Área de Deportes y Salud, facilitando la conciliación de los entrenamientos y competiciones de los deportistas con los requerimientos académicos.

– Acompañar a los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo en los distintos campeonatos a los que acudan en representación de la universidad en calidad de responsable por delegación de la dirección del Área de Deporte y Salud.

– Colaborar en la organización y supervisión de las ligas y los campeonatos de los diferentes deportes que se realicen en las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres con el responsable de los Juegos Universitarios.

– Informar al técnico superior responsable de las instalaciones de las necesidades de reparación y mantenimiento en equipamientos o instalaciones deportivas, así como las necesidades de material deportivo.

– Supervisar los planes de utilización y horarios de las instalaciones y equipamientos deportivos en las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso.

– Verificar y organizar las necesidades de material deportivo para llevar a cabo las actividades y competiciones deportivas, bajo la supervisión del Técnico Superior de Deportes.

– Identificar, medir y evaluar la demanda y uso de las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso, en colaboración con el Técnico Superior de Deportes.

– Coordinar con el personal de control de accesos los usos de las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso.

– Facilitar al público información sobre la oferta deportiva del Área de Deportes y Salud y apoyar la difusión y publicidad de las actividades y los programas desarrollados en las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso.

– Colaborar con la Dirección del Área de Deportes y Salud, la promoción de convenios y acuerdos con entidades públicas y privadas para dinamizar la actividad deportiva en las instalaciones deportivas de Oviedo/Mieres, en su caso.

– Y en general, todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la Dirección del Área de Deportes y Salud y que correspondan con la profesión de Técnico Deportivo.

3.ª Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

4.ª Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán solicitarlo mediante instancia, según modelo que figura como anexo I de esta convocatoria, que se presentará en el Registro General de la Universidad (plaza de Riego, n.º 4, planta baja, Oviedo), en los Registros Auxiliares, cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio de Administración del Campus de Mieres, en el Servicio de Administración del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus de El Cristo «A» de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, planta baja, c/ Catedrático Valentín Andrés Álvarez), en el Centro de Servicios Universitarios de Avilés (c/ La Ferrería, n.º 7-9) y en el Servicio de Administración del Campus de El Milán (calle Teniente Alfonso Martínez, s/n, 33011 Oviedo) o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Oviedo. Los sucesivos actos y resoluciones serán publicados en el BOPA y en la página web de la Universidad de Oviedo. La instancia se facilitará gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Oviedo. De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en el servidor de internet de esta Universidad (http.//www.uniovi.es/pas/convocatorias/laboral/libre).

4.2 Los derechos de examen serán de 28 euros, y se ingresarán en el Liberbank (Unicaja), número de cuenta: ES52 2048 0000 2134 0015 2827, bajo el nombre, «Pruebas Selectivas a la Universidad de Oviedo, plaza número 190». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

4.3 A la solicitud se acompañará:

– Fotocopia del documento nacional de identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española.

 Curriculum vitae según modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, cuyos datos y méritos será necesario justificar documentalmente, para su valoración en la fase de concurso.

– Justificante de haber abonado los derechos de examen.

– Fotocopia de la titulación requerida.

4.4 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la Universidad, en la página web de la Universidad de Oviedo, y en los boletines oficiales de la comunidad autónoma y del Estado, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la posible bolsa de trabajo.

5.ª Admisión de aspirantes

5.1 En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo para presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará Resolución, por la que se hará pública en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» la lista provisional de admitidos y excluidos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en dicho boletín para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5.2 Seguidamente, mediante Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo se hará pública en el BOPA la lista definitiva de admitidos y excluidos, y se señalarán la fecha, el lugar y la hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición.

Contra dicha resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.ª Sistema de selección

A. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados documentalmente por el concursante, según puntuación que figura en el anexo III de esta convocatoria.

B. Fase de oposición: Esta fase constará de los ejercicios que se especifican en el anexo III de esta convocatoria.

La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7.ª Comisión Calificadora

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como anexo V de esta convocatoria.

7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.

7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.6 En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas.

Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su especialidad.

El Presidente sólo votará en caso de empate.

7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (plaza de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.

8.ª Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados

8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 23 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V». En el supuesto de que no existan aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.

8.2 En cualquier momento del proceso selectivo la Comisión podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

8.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para el ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.

Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por la Comisión.

8.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la resolución de exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de reposición ante el Rector.

8.5 Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión Calificadora hará pública, en el tablón de anuncios de la Gerencia, en la página web de la Universidad, en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios, así como en la sede de la Comisión señalada en la base 7.8, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada.

8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rector la correspondiente propuesta para la adjudicación de la plaza al candidato seleccionado.

9.ª Formalización del contrato

9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la adjudicación, los requisitos siguientes:

a) Fotocopia compulsada del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º grado o equivalente.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme.

c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.

9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato y, hasta tanto no se formalice, el aspirante seleccionado no tendrá derecho a percepción económica alguna.

10.ª Incorporación y período de prueba

10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

10.2 Superado satisfactoriamente el período de prueba, se adquirirá la condición de personal laboral fijo.

11.ª Norma final

La convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, mediante recurso contencioso-administrativo, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, 4 de marzo de 2022.–El Rector, Ignacio Villaverde Menéndez.

ANEXO I

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ANEXO II

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ANEXO III
Baremo aplicable al concurso oposición libre para la provisión de una plaza de Técnico Especialista –Técnico Monitor de Educación Física–, Grupo III, adscrita al Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo

A. Fase de concurso, máximo 6 puntos.

1. Méritos académicos. (Máximo 3 puntos).

a) Titulación (máximo 1 punto).

Licenciado/Ingeniero, Grado más máster, o equivalente: 1 punto.

Diplomado, Grado o equivalente: 0,5 puntos.

b) Cursos relacionados con la plaza (máximo 2 puntos).

Sólo se puntúan los cursos impartidos, homologados o acreditados por organismos oficiales. Se excluye la asistencia a las jornadas, seminarios y/o congresos.

0,01 puntos por hora de asistencia.

0,10 puntos para los certificados de cursos que no especifiquen horas de duración.

Todos los cursos que presenten certificado de aprovechamiento tendrán derecho al doble de puntuación (0,02 puntos por hora).

2. Méritos profesionales. (Máximo 3 puntos).

a) Experiencia acreditada como Técnico Especialista –Técnico Monitor en Educación Física– en la Universidad de Oviedo: 0,033 puntos por cada mes de servicio o fracción superior a quince días.

b) Experiencia acreditada como Técnico Especialista –Técnico Monitor en Educación Física– en otra Administración Pública: 0,015 puntos por cada mes de servicio o fracción superior a quince días.

* Solo se valorarán los méritos profesionales cuando se acredite, mediante certificado de servicios previos expedido por la correspondiente Administración, y quede probada la similitud de funciones. (Anexo I de servicios previos).

B. Fase de oposición. Máximo 20 puntos.

En esta fase los aspirantes deberán ir provistos de DNI.

La oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Teórico.

Cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que figura en el anexo IV.

Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:

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Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber obtenido como mínimo 5 puntos.

Segundo ejercicio: Práctico.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 5 puntos.

La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, éste se dirimirá en base a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio teórico. Si persistiese el empate, se atenderá a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio práctico. En último término, se acudirá al sorteo.

ANEXO IV
Programa

Tema 1. Anatomía y fisiología humana implicada en la actividad física. Patologías relacionadas con el aparato motor.

Tema 2. Lesiones en el entrenamiento. Clasificación. Ejercicios potencialmente peligrosos. Regiones más lesionadas. Causas más frecuentes. Pautas de prevención. Contraindicaciones de la actividad física.

Tema 3. Primeros auxilios. Protocolo de emergencia. Reanimación cardiopulmonar. Atragantamiento: maniobra de Heimlich. Tratamiento de heridas, fracturas y quemaduras. Utilización del DESA

Tema 4. Prevención de Riesgos Laborales inherentes a un puesto de Monitor Deportivo, sus derechos y obligaciones a cumplir según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Aspectos básicos de evacuación de edificios: Planes de actuación ante Emergencias.

Tema 5. La salud y la calidad de vida. Hábitos y estilos de vida saludable en relación con la actividad física.

Tema 6. Capacidades físicas básicas. Definición y clasificación. Evolución y factores que influyen en su desarrollo.

Tema 7. Principios fundamentales del entrenamiento comunes a todos los deportes. Aplicaciones prácticas.

Tema 8. Habilidades y destrezas motrices básicas y específicas. Definición, y clasificación. Coordinación y equilibrio.

Tema 9. Evolución de la motricidad en relación con el desarrollo evolutivo general. Educación sensomotriz y psicomotriz.

Tema 10. El juego: teorías, características y clasificaciones. Adaptaciones metodológicas basadas en las características de los juegos.

Tema 11. Los deportes: concepto y clasificaciones. Aspectos técnicos y tácticos elementales y su didáctica adaptada a la edad.

Tema 12. Juegos y deportes populares, autóctonos y tradicionales. Tipos y posibilidades en distintos contextos.

Tema 13. La actividad física organizada en el medio natural. Tipos y posibilidades en distintos contextos.

Tema 14. Nuevas tendencias para el trabajo en sala o indoor. Perspectivas y posibilidades de las nuevas actividades (yoga, pilates, TRX, GAP, crossfit). Las actividades colectivas. Programación, objetivos y tendencias actuales.

Tema 15. La didáctica de la Educación Física y el deporte. Principios, objetivos y planteamientos. Modelos y estilos de enseñanza.

Tema 16. La programación en la Educación Física y el deporte desde un enfoque globalizador. Estructura y elementos básicos de programación. Organización de grupos y tareas.

Tema 17. Instalaciones y equipamiento deportivo. Especificaciones técnicas y condiciones de uso para promover la práctica de actividad física.

Tema 18. El Convenio Colectivo para el personal laboral vigente en la Universidad de Oviedo: Personal de Administración y Servicios.

Tema 19. Los Estatutos de la Universidad de Oviedo: Naturaleza, fines, competencias, estructura y organización de la Universidad de Oviedo. Órganos Colegiados de Gobierno y Representación de la Universidad de Oviedo. Órganos Unipersonales de la Universidad de Oviedo. La Comunidad Universitaria: Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

Tema 20. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Derechos y Deberes laborales básicos. Derechos y Deberes derivados del contrato. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato. Extinción del contrato.

Tema 21. Referencias al personal laboral en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

ANEXO V
Comisión Calificadora para la provisión de una plaza de técnico Especialista –Técnico Monitor de Educación Física–, Grupo III, adscrita al Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo

Titulares

Presidente: Doña Marta González Prieto.

Vocales:

1.º Don Javier Fernández Río.

2.º Don Antonio Méndez Giménez.

3.º Don José Raúl Fidalgo Suárez.

4.º Don Eduardo Rosendo Fernández de Oliva.

Secretaria: Doña Ana Isabel Pérez Sánchez, con voz y sin voto.

Suplentes

Presidente: Doña María Mercedes García San Millán.

Vocales:

1.º Don José Antonio Cecchini Estrada.

2.º Doña Beatriz Sánchez Martínez.

3.º Doña Ángeles Fal Fernández.

4.º Doña Natalia Vicente Fole.

Secretaria: Doña Carmen García Ferrería, con voz y sin voto.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/03/2022
  • Fecha de publicación: 18/03/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 25 de marzo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-5489).

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