Contingut no disponible en català
1. Modificar, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la especialización del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona, dejando de estar especializado en el conocimiento de asuntos relativos a marcas, para pasar a estar especializado en el conocimiento de asuntos relativos a competencia desleal, publicidad y defensa de la competencia, con la consiguiente modificación del acuerdo de especialización de 26 de mayo de 2016.
2. Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de especialización se continuarán conociendo hasta su conclusión, sin verse afectados por el presente acuerdo, conservando los órganos judiciales especializados, hasta su conclusión por resolución definitiva, el conocimiento de los asuntos que tuvieren ya repartidos en el momento de la especialización.
3. La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2023.
Madrid, 21 de diciembre de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, P.S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid