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Documento BOE-A-2022-2231

Resolución 452/38024/2022, de 9 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2022, páginas 18320 a 18389 (70 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2022-2231

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional décima cuarta de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 8 del Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa (BOE número 43, de 19 de febrero), dispongo:

Primero.

Convocar el proceso de selección para cubrir las plazas, con parámetros objetivos de selección, para el acceso de personal nacional y extranjero a la condición de militar de tropa y marinería, en el número que resulte necesario sin superar 79.000 efectivos el día 31 de diciembre de 2022, de los que como máximo podrán ser 7.110 no nacionales.

La presente convocatoria se podrá consultar en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es y en la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es.

Segundo.

Mediante la presente Resolución se ofertan mil seiscientas veintisiete (1627) plazas, correspondientes al ciclo de selección número 1, y ciento setenta y tres (173) plazas correspondientes al ciclo de selección 1 bis de acuerdo con la distribución que figura en el anexo II y en el anexo III. Del total de estas plazas, las personas extranjeras podrán optar en concurrencia con los españoles a treinta y siete (37) del ciclo 1.

Teniendo en cuenta las necesidades del planeamiento de la defensa y la evolución real de efectivos, en la publicación de plazas correspondientes al ciclo de selección número 2 se establecerán las especialidades fundamentales y las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa que sea preciso cubrir y, en su caso, a las que las personas extranjeras podrán optar.

Tercero.

Para las plazas del anexo III, que son las correspondientes al ciclo 1 bis, se valorará la posesión de determinados Títulos de Técnico de Grado de Medio de interés para la Defensa.

Cuarto.

Las plazas correspondientes al ciclo de selección número 2 se expondrán públicamente, en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es.

Quinto.

El proceso de selección se regirá por las disposiciones siguientes:

– Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE número 10, de 12 de enero), sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre (BOE número 299, de 12 de diciembre).

– Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (BOE número 71, de 23 de marzo), para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

– Ley 8/2006, de 24 de abril (BOE número 98, de 25 de abril), de Tropa y Marinería.

– Ley 39/2007, de 19 de noviembre (BOE número 278, de 20 de noviembre), de la carrera militar.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), modificada por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE número 294, de 6 de diciembre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE número 236, de 2 de octubre).

– Ley 22/2021, de 28 de diciembre, (BOE número 312, de 29 de diciembre), de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

– Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre (BOE número 287, de 30 de noviembre), por el que se aprueba el Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, a excepción de los artículos 2 y 8 derogados por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

– Real Decreto 1412/2006, de 1 de diciembre (BOE número 288, de 2 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para la aplicación de las medidas de protección social para los Militares de Complemento y de Tropa y Marinería.

– Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero (BOE número 51, de 28 de febrero), sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

– Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo (BOE número 91, de 14 de abril), por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.

– Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo (BOE número 133, de 1 de junio), por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, modificado por el Real Decreto 595/2016, de 2 de diciembre (BOE número 292, de 3 de diciembre), y por el Real Decreto 296/2021 de 27 de abril (BOE número 101, de 28 de abril).

– Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (BOE número 103, de 30 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009.

– Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre (BOE número 283, de 22 de noviembre), por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

– Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, (BOE número 297, de 12 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, modificado por el Real Decreto 38/2019, de 1 de febrero (BOE número 29, de 2 de febrero).

– Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.

– Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

– Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo (BOE número 107, de 5 de mayo), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.

– Orden DEF/3316/2006, de 20 de octubre (BOE número 260, de 31 de octubre), por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería.

– Orden Ministerial 66/2007, de 4 de mayo (BOD número 93, de 14 de mayo), por la que se modifica el cupo máximo de extranjeros que pueden acceder a la condición de Militar Profesional de Tropa y Marinería, contemplado en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre, así como los anexos II y III del citado Reglamento.

– Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril (BOD número 88, de 6 de mayo), por la que se aprueban las normas para la valoración de la aptitud médica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo, modificada por la Orden Ministerial 62/2012, de 10 de septiembre (BOD número 182, de 17 de septiembre) y por la Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo (BOD número 128, de 27 de mayo).

– Orden Ministerial 64/2011, de 12 de septiembre (BOD número 188, de 26 de septiembre), por la que se modifican los anexos II y III del Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, aprobado por el Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre.

– Orden Ministerial 2/2022, de 12 de enero, por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas considerados de interés para las Fuerzas Armadas.

– Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo (BOE número 124, de 24 de mayo), por la que se aprueban las pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación y para la superación de los planes de estudios de la enseñanza de formación, modificada por la Orden DEF/778/2013, de 29 de abril (BOE número 111, de 9 de mayo), por la Orden DEF/675/2016, de 5 de mayo (BOE número 113, de 10 de mayo) y por la Orden DEF/176/2019, de 18 de febrero (BOE número 49, de 26 de febrero).

– Orden DEF/1044/2016 de 22 de junio (BOE número 157, de 30 de junio), por la que se establecen los requisitos y condiciones del cambio de especialidad fundamental de los militares profesionales.

– Orden DEF/368/2017, de 4 de abril (BOE número 100, de 27 de abril), por la que se aprueba el Régimen del Alumnado de la enseñanza de formación.

– Orden DEF/479/2017, de 19 de mayo (BOE número 126, de 27 de mayo), por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa y marinería, modificada por la Orden DEF/788/2019, de 17 de julio (BOE número 175, de 23 de julio).

– Orden DEF/466/2018, de 27 de abril (BOE número 111, de 8 de mayo), por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire, modificada por la Orden DEF/1302/2020, de 22 de diciembre (BOE número 4, de 5 de enero de 2021).

– Orden DEF/177/2019, de 18 de febrero (BOE número 49, de 26 de febrero), por la que se aprueba el currículo de la enseñanza militar de formación para el acceso a la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército de Tierra.

– Orden DEF/848/2019, de 29 de julio (BOE número 188, de 7 de agosto), por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de marinería y de tropa del Cuerpo General y del Cuerpo de Infantería de Marina de la Armada.

– Orden PCI/6/2019, de 11 de enero (BOE número 11, de 12 de enero), por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación, corregida por la Orden PCI/310/2019, de 19 de marzo (BOE número 68, de 20 de marzo) y modificada por la Orden PCM/79/2020, de 29 de enero (BOE número 27, de 31 de enero).

– Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero (BOE número 44, de 12 de febrero), por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

– Instrucción 7/2011, de 2 de marzo (BOD número 46, de 8 de marzo), del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los Órganos de Selección, Comisiones Permanentes de Selección, Tribunales Médicos Militares de Apelación y sus Órganos Asesores y de Apoyo.

– Instrucción 27/2019, de 12 de junio (BOD número 122, de 24 de junio), del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas de desarrollo y ejecución para la determinación de la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas.

– Resolución 420/38168/2013, de 10 de diciembre, de la Subsecretaría y Resolución 420/38123/2020, de 19 de mayo, de la Subsecretaría, por las que se modifica el anexo a la Orden DEF/91/2008, de 22 de enero (BOE número 26, de 30 de enero), por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa.

– Resolución 455/07517/2020, de 18 de mayo (BOD número 106 de 27 de mayo), de la Subsecretaria de Defensa, por la que se modifica el anexo I de la Instrucción 27/2019, de 12 de junio (BOD número 122, de 24 de junio) sobre Convalidaciones y equivalencias en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas

A todas las disposiciones anteriores se unen las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican como anexo I.

Sexto.

La Comisión Permanente de Selección adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso de selección, de acuerdo con las normas establecidas en las bases de la convocatoria.

Séptimo.

Las personas aspirantes deberán consultar la siguiente dirección electrónica: http://reclutamiento.defensa.gob.es a efectos de mantenerse informados sobre las medidas de prevención y protección contra el COVID-19 durante la ejecución de las pruebas selectivas, conforme al protocolo específico elaborado por la Inspección General de Sanidad de la Defensa, así como la información general que pudiera proporcionarse sobre cualquier aspecto del proceso de selección por parte de la Comisión Permanente de Selección.

Madrid, 9 de febrero de 2022.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce García.

ANEXOS

Anexo I. Bases de la convocatoria.

Apéndices:

1. Calendario de los ciclos de selección del año 2022.

2. Países cuyos nacionales pueden participar en el proceso de selección.

3. Cuadro médico de exclusiones.

4. Pruebas de aptitud física.

5. Relación de Secretarías Generales/Áreas de Reclutamiento/Órganos de Apoyo y Oficinas Delegadas.

6. Solicitud para asignación de cita previa.

7. Solicitud de plazas por orden de preferencia.

8. Baremo de concurso.

9. Autorización paterno/tutorial para la realización de las pruebas selectivas de las personas aspirantes menores de edad.

10. Declaración de Procesamiento, Imputación, Investigación o Encausamiento.

11. Declaración de no estar privado de derechos civiles, ni separado de las administraciones públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

12. Documento de designación de beneficiarios.

13. Notificación del resultado de la fase primera.

14. Notificación del resultado final del proceso de selección.

Anexo II. Oferta de plazas del ciclo de selección 1.

Anexo III. Oferta de plazas del ciclo de selección 1 bis.

ANEXO I
Bases de la convocatoria

1. Objeto

Regular el proceso de selección, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso de personas nacionales y extranjeras en los centros docentes militares de formación para la adquisición de la condición de militar de tropa y marinería del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, con el fin de no superar los efectivos previstos en el Dispongo Primero de la presente Resolución. En el proceso de selección se tendrán en cuenta los méritos y las aptitudes de las personas solicitantes, las preferencias manifestadas y las necesidades del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.

2. Ciclos de selección

El proceso de selección se llevará a cabo a lo largo del año 2022 mediante el establecimiento de los ciclos de selección, cuyos calendarios se establecen en el apéndice 1. Cada uno de estos ciclos comprende el período de tiempo en el que se desarrollan todos los trámites de selección e incorporación a los diferentes centros docentes militares de formación.

3. Condiciones para participar en la convocatoria

Podrán optar a las plazas ofertadas quienes, el día en que soliciten cita previa para participar en las pruebas de selección del ciclo que corresponda, sin perjuicio de lo que se detalle expresamente en la base correspondiente, cumplan y mantengan hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación, las siguientes condiciones:

3.1 Condiciones generales comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:

3.1.a) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los países que figuran en el apéndice 2.

3.1.b) El día de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente: cumplir o haber cumplido antes de esa fecha los 18 años de edad y no haber cumplido con anterioridad a ese día los 29.

3.1.c) Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado ningún procedimiento judicial por delito doloso.

3.1.d) No estar privado de los derechos civiles.

3.1.e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

3.1.f) Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la presente convocatoria.

3.1.g) Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida para acceder, en su caso, a cada plaza.

3.1.h) No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.

3.1.i) No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de:

a. Un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condición psicofísica.

b. Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación del servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso y separación del servicio, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

3.1.j) No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar como consecuencia de:

a. Carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las reglas de comportamiento del militar a los que se refiere el artículo 64.1.d) y f) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, acreditada en expediente personal extraordinario, mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado.

b. Imposición de sanción disciplinaria por falta grave de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre.

c. Imposición de sanción disciplinaria de baja en el centro docente militar de formación por falta grave o separación del servicio o resolución de compromiso por falta muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre.

3.2 Condiciones generales para solicitantes extranjeros:

3.2.a) Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.

3.2.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.

3.2.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.

3.2.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.

3.2.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.

3.3 Condiciones específicas comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:

3.3.a) Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes. Este requisito se acreditará mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, del título. Esta diligencia puede dar lugar, en caso de falsedad documental, al inicio de la determinación de las responsabilidades de cualquier índole en que pudiera haber incurrido, en aplicación expresa de la base 5.6 del presente anexo I, a cuyo efecto los Gestores de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa lo pondrán en conocimiento de la Comisión Permanente de Selección. Los títulos, diplomas o estudios extranjeros presentados por el personal aspirante, deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.

3.3.b) No haber renunciado a la plaza asignada o no haber efectuado la presentación, sin causas justificadas, en el centro de formación para iniciar la fase de formación militar general o no haber causado baja voluntaria durante la misma, en virtud de su participación en el último ciclo de selección anterior al que se solicite, con independencia de la convocatoria a la que pertenezca dicho ciclo.

3.3.c) No encontrarse en la situación de pendiente de repetición de la fase de formación militar general correspondiente a alguno de los ciclos de selección de la actual o de anteriores convocatorias, salvo renuncia expresa dirigida al Director de Enseñanza correspondiente.

3.3.d) No haber finalizado el compromiso en anterior relación con las Fuerzas Armadas, como consecuencia de haber resultado no idóneo en la preceptiva evaluación previa a su renovación desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.

3.3.e) En anterior relación con las Fuerzas Armadas, no tener denegada la suscripción del compromiso de larga duración que establece el artículo 9 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.

3.3.f) No haber causado baja en los centros de formación de militares de tropa y marinería por no superar, dentro de los plazos establecidos, las pruebas previstas en los planes de estudios.

3.3.g) Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.

3.3.h) No haber sido calificado «No Apto Permanente en la presente convocatoria» en el ciclo de selección número 1 de esta convocatoria, por algún Centro de Selección o Unidad de Reconocimiento de los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red Hospitalaria de la Defensa, en alguna de las causas recogidas en el cuadro médico de exclusiones exigibles para el ingreso en los centros docentes militares de formación aprobado por la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero (BOE número 11, de 12 de enero), corregida por la Orden PCI/310/2019, de 19 de marzo (BOE número 68, de 20 de marzo) y modificada por la Orden PCM/79/2020, de 29 de enero (BOE número 27, de 31 de enero).

3.3.i) En caso de ser ofertada alguna plaza, las personas solicitantes de la especialidad fundamental Música, además de cumplir lo señalado en la base 3.3.a), deberán acreditar tener superados al menos los dos primeros años de los estudios de las enseñanzas profesionales artísticas de Música, en la especialidad de uno de los instrumentos para los que se ofertan plazas, estudios que deben haber sido realizados en un centro inscrito en el Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios (RCD).

3.3.j) No haber sido excluido en cualquier proceso de selección de acceso y promoción en las Fuerzas Armadas, desde el 1 de enero de 2021, por haber dado positivo por consumo de drogas o sustancias psicotrópicas, en la analítica que en el seno del mismo hubiere sido practicada.

4. Cita previa para participar en el proceso de selección

4.1 La participación en alguno de los ciclos del proceso de selección de esta convocatoria, se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento/Jefe del Órgano de Apoyo/Secretario General de la Subdelegación o Delegación de Defensa de la provincia de residencia de la persona aspirante, solicitud que se podrá realizar durante el periodo de tiempo establecido en el calendario del apéndice 1 para cada ciclo de selección.

4.2 La cita previa se realizará a través de la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es, conforme con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

No obstante, podrá contemplarse la posibilidad de que las personas aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero, por concurrir una incidencia técnica debidamente acreditada, no puedan realizar este trámite de forma telemática puedan cumplimentarlo de forma sustitutoria en papel en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Para resolver incidencias y consultas sobre la cita previa del proceso selectivo se han habilitado los teléfonos: 902432100 o 913089798.

4.3 La Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo receptora de la solicitud de la cita previa comunicará a cada uno de las personas solicitantes, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección aportada en el apéndice 6, el Número de Identificación de la persona Opositora (NIO), la aceptación de su solicitud de participación en el ciclo de selección que corresponda, la fecha, hora y el Centro de Selección donde realizará las pruebas selectivas.

4.4 Los Secretarios Generales/Gestores de las Áreas de Reclutamiento/Jefes de Órgano de Apoyo no concederán cita previa a aquellas personas solicitantes que no reúnan alguna de las condiciones generales comunes recogidas en los apartados a), b), h), i) y j) a los que se hace referencia en la base 3.1 y a las personas extranjeras que no reúnan alguna de las condiciones de los apartados a), b), c) y d) de la base 3.2, lo que se comunicará expresamente a la persona interesada.

Así mismo, no se concederá cita a aquellas personas solicitantes que no reúnan alguna de las condiciones específicas comunes b), c), d), e), f), h) y j) tipificadas en la base 3.3, lo que se comunicará expresamente a la persona interesada.

En su caso, se procederá del mismo modo con las personas solicitantes que no reúnan la condición específica común a) e i) tipificadas en la base 3.3, así como con los que, pudiéndoseles observar de manera directa y evidente, no reúnan la condición específica común g) de la misma base 3.3.

El contenido de la base 3.3.g), además, podrá verificarse durante el desarrollo de las pruebas de selección de la Fase segunda de cada ciclo. Si se detectara su existencia, se pondrá en conocimiento del Gestor del Área de Reclutamiento en la que realiza las pruebas, a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.

4.5 El Centro de Selección en el que realice las pruebas el solicitante será el encargado de tramitar la fase del proceso de selección que corresponda según lo establecido en las bases 7 y 8.

5. Documentación

5.1 En el momento del inicio de las pruebas de la Fase primera, las personas solicitantes deberán presentar los documentos siguientes:

Específicos para personal nacional:

5.1.a) Por celeridad administrativa y de no haberlo presentado al solicitar la cita previa, original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, por ambas caras, del Documento Nacional de Identidad o del Pasaporte en vigor o, en su caso, fotocopia de la documentación que acredite su solicitud por extravío u otra circunstancia. La diligencia anterior será preceptiva en caso de que el interesado se oponga a la consulta referida en la base 4.3.

Específicos para personal extranjero:

5.1.b) Por celeridad administrativa y de no haberlo presentado al solicitar la cita previa, original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, del Pasaporte en vigor. La diligencia anterior será preceptiva en caso de que el interesado se oponga a la consulta referida en la base 4.3.

5.1.c) Por celeridad administrativa y de no haberlo presentado al solicitar la cita previa, original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, de la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España o de la Tarjeta de familiar de residente comunitario en vigor, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente. La diligencia anterior será preceptiva en caso de que el interesado se oponga a la consulta referida en la base 4.3.

5.1.d) Documento acreditativo en el que figure la autorización expresa de la autoridad u organismo correspondiente para la incorporación de la persona interesada a Fuerzas Armadas extranjeras, en el caso de las personas nacionales de países cuya legislación interna así lo exija.

Comunes para personal nacional y extranjero:

5.1.e) Original y fotocopia, copia legalizada o copia electrónica auténtica, de los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para cada plaza, lo que se acreditará según lo estipulado en la base 3.3.a).

5.1.f) Original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, de los documentos acreditativos de los méritos que se posean antes de iniciar las pruebas, para ser valorados en la Fase primera según el baremo del apéndice 8. Para los que hayan participado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo igual o superior a dos meses ininterrumpidos, por celeridad administrativa, original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, del certificado de la Unidad especificando la misión o misiones en las que ha participado y su duración.

5.1.g) Documento de autorización paterno/tutorial, según modelo del apéndice 9, para la realización de las pruebas selectivas de aquellas personas solicitantes que no hayan cumplido los 18 años de edad, el día de realización de la prueba correspondiente.

5.2 El Centro de Selección donde realice las pruebas de la Fase primera entregará al solicitante, para cumplimentar:

5.2.a) Documento de Declaración de Procesamiento, Imputación, Investigación o Encausamiento según modelo del apéndice 10.

5.2.b) Documento de Declaración de no estar privado de los derechos civiles, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según modelo del apéndice 11.

5.2.c) Impreso de designación de beneficiarios del Seguro Colectivo de Vida y Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, con arreglo a los términos contenidos en la póliza en vigor, según modelo del apéndice 12.

5.3 Las personas solicitantes extranjeras podrán acreditar, no obstante, el contenido y vigencia del derecho extranjero por cualquier medio de prueba. La Comisión Permanente de Selección, así mismo, podrá valerse de cuantos medios de averiguación estime necesarios para su aplicación.

5.4 La documentación indicada en el apartado 5.1 será válida para toda la convocatoria y no será necesario presentarla nuevamente si participa en más de un ciclo de selección, salvo que el solicitante desee acreditar un baremo superior al que figura en su expediente, o haya caducado el Documento Nacional de Identidad o el Pasaporte para las personas solicitantes españoles o el Pasaporte o la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España o la Tarjeta de familiar de residente comunitario para las personas solicitantes extranjeros.

5.5 Si del examen de la documentación presentada u obtenida por la Comisión Permanente de Selección o por el centro de formación, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 3, quedarán excluidos del proceso de selección o causarán baja como alumnos con arreglo al procedimiento legalmente establecido, sin perjuicio de exigirles las posibles responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

5.6 La solicitud de participación en el proceso de selección correspondiente lleva consigo la autorización para que el Centro de Selección interviniente en la Fase primera solicite de oficio del Registro Central de Penados durante el proceso, la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales.

No obstante, el personal admitido a las pruebas, en la solicitud de asignación de cita previa, podrá comunicar al Centro de Selección su voluntad expresa de oponerse a dicha autorización, debiendo aportar la referida certificación como máximo, el mismo día en el que efectúe su presentación en el Centro de Selección para realizar las pruebas de la Fase primera. La no aportación de la misma, será causa de exclusión del proceso de selección.

6. Órgano de selección

6.1 Para el desarrollo y calificación del concurso-oposición se nombra una Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con la Sección tercera del Capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La categoría, composición y funcionamiento se ajustarán a lo dispuesto en la Instrucción 7/2011, de 2 de marzo, en lo que no se oponga a la referida Ley.

6.2 La Comisión Permanente de Selección se compondrá de los siguientes miembros:

6.2.a) Presidente: Vicealmirante del Cuerpo General de la Armada don Manuel María Romasanta Pavón.

6.2.b) Vocales: Coronel del Cuerpo General del Ejército de Tierra don Benito Peinado Rodríguez, Capitán de Fragata del Cuerpo General de la Armada don Javier Perales Garat, Teniente Coronel del Cuerpo Militar de Intervención doña María de los Ángeles Quintero Serrano, Comandante del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Ángel Rodríguez Gil y Capitán del Cuerpo Militar de Sanidad doña María Trinidad Conejo García.

6.2.c) Secretario: Comandante del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Emilio Ignacio Díez Munar.

6.2.d) Vocales suplentes: Teniente Coronel del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Víctor Manuel Viera Socorro, Comandante del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Jose Luis Moreno Gutiérrez, Comandante del Cuerpo General del Ejército de Tierra don Francisco Luis Fernández Sánchez y Comandante del Cuerpo General del Ejército del Aire don Raúl González Martín.

6.3 Dependiente de la Comisión Permanente de Selección se constituirá una secretaría compuesta por el personal administrativo y de apoyo necesario para la realización del proceso de selección y podrá requerir la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas selectivas.

6.4 La Comisión Permanente de Selección estará apoyada por los Centros de Selección de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa en los que se realicen las pruebas selectivas.

6.5 Corresponde a la Comisión Permanente de Selección realizar los siguientes cometidos:

6.5.a) Dirigir y coordinar el desarrollo del proceso de selección en todos los Centros de Selección de las Áreas de Reclutamiento.

6.5.b) Coordinar, de acuerdo con las necesidades de los Ejércitos y la Armada, la oferta de plazas correspondiente al ciclo de selección número 1 bis y 2.

6.5.c) Verificar el cálculo de las puntuaciones de concurso, de acuerdo con la valoración de los méritos establecidos en el apéndice 8.

6.5.d) Verificar la obtención de las puntuaciones de la oposición.

6.5.e) Calcular la puntuación final obtenida por cada solicitante.

6.5.f) Determinar las personas solicitantes que serán propuestos para ser nombrados aspirantes seleccionados para cada plaza ofertada.

6.5.g) Resolver sobre la solicitud de revisión de la calificación de «No Apto» o «No Apto Permanente» en el reconocimiento médico que las personas solicitantes puedan ejercitar.

6.5.h) Resolver sobre la aptitud física de las solicitantes a que se refiere la sección 5.ª del capítulo II del Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.

6.5.i) Resolver sobre la solicitud de revisión de la no concesión de cita previa.

7. Fases del proceso de selección

La realización de las pruebas del proceso de selección de cada uno de los ciclos de selección indicados en el apéndice 1 será responsabilidad de las Áreas de Reclutamiento con dependencia orgánica de las Subdelegaciones de Defensa y funcional de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, se llevará a cabo en los Centros de Selección correspondientes y en las instalaciones militares que estos determinen. Constará de las siguientes Fases:

7.1 Fase primera.

Durante esta Fase se realizará:

7.1.a) El Concurso. Consistirá en la valoración de los méritos generales, académicos y militares que acrediten las personas solicitantes, de acuerdo con el baremo del apéndice 8. El resultado constituye la puntuación de concurso (NCo).

7.1.b) La Oposición. Comprenderá la Prueba de aptitudes, de cuya evaluación se obtiene la puntuación de la oposición del aspirante (NOp).

La realización del concurso y la oposición, así como el cálculo de la nota final, se ajustará a lo establecido en la base 8 de esta convocatoria.

La documentación generada por las personas candidatas que sean seleccionados e incluidos en la Fase segunda, en su caso, será remitida al Centro de Selección interviniente en la misma.

7.2 Fase segunda.

Durante esta Fase, de acuerdo con lo establecido en la base 8, se realizará:

7.2.a) La Prueba de personalidad.

7.2.b) El reconocimiento médico.

7.2.c) Las pruebas de aptitud física.

Para la realización de las pruebas de las Fases primera y segunda, las personas solicitantes deberán ir provistos de bolígrafo azul o negro.

A lo largo del proceso de selección, el personal participante en el mismo podrá ser requerido para que acredite su identidad, a cuyo fin irán provistos del documento nacional de identidad o cualquier otro que certifique la misma. La no acreditación documental de la identidad, según lo descrito, llevará consigo la exclusión del proceso selectivo.

8. Desarrollo del proceso de selección

8.1 Al efectuar las personas solicitantes su presentación, el Centro de Selección interviniente en la Fase primera realizará las siguientes acciones:

8.1.a) Comprobar la identidad de las personas solicitantes.

8.1.b) Recoger y comprobar la documentación presentada.

8.1.c) Auxiliar al solicitante en la cumplimentación, al menos del documento apéndice 7, en el que solicita las plazas a las que desea optar, informándole que esta solicitud no podrá ser modificada durante el desarrollo del proceso de selección ni en contenido ni en orden de prioridad. Se podrán solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas distintas de entre todas las ofertadas, con independencia del ejército al que pertenezcan. Las personas solicitantes extranjeros podrán optar en igualdad de condiciones que las personas nacionales, a las plazas que se ofertan, a las que ellos puedan concurrir.

8.1.d) Grabar los méritos generales, académicos y militares que acrediten las personas solicitantes de acuerdo con lo especificado en el apéndice 8.

8.1.e) Entregar al solicitante la documentación necesaria para la realización de las pruebas.

8.2 Prueba de aptitudes.

Se realizará mediante pruebas de aptitud, preferentemente de aplicación informatizada individual. Durante su realización no se permitirán medios de apoyo tales como lápiz, bolígrafo, papel, calculadora, teléfono móvil o cualquier medio que permita la transmisión, recepción y/o almacenamiento de información.

Las pruebas de aptitud a aplicar medirán los factores aptitudinales verbal, numérico, espacial, mecánico, perceptivo, memoria y razonamiento abstracto, lo que permitirá, de acuerdo con lo indicado a continuación, asignar a cada solicitante una puntuación única e idéntica para todas las plazas que solicite.

8.3 Puntuación.

La puntuación directa del Concurso será de cero (0) a cuarenta (40) puntos, transformándose linealmente en una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, expresada con tres decimales (NCo).

De la aplicación de la Prueba de aptitudes, las personas solicitantes obtienen una puntuación directa igual al número de aciertos obtenidos en los ítems correspondientes a los factores aptitudinales objeto de evaluación, transformándose linealmente en una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, expresada con tres decimales (NOp).

La puntuación final para cada una de las plazas solicitadas, de las personas candidatas que continúen en el proceso de selección, se expresa con tres cifras decimales y se obtendrá mediante la siguiente fórmula:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/37/2231_11102501_1.png

Donde: PF es la puntuación final; NOp es la puntuación de la oposición; y NCo es la puntuación del concurso.

8.4 Notificación del resultado de la Fase primera.

El Gestor del Área de Reclutamiento donde haya realizado las pruebas de la Fase primera notificará a cada personal solicitante la puntuación final obtenida, ajustada a la milésima, en cada una de las plazas solicitadas, según el modelo del apéndice 13, puntuación definitiva con la que participará en la limitación del número de aspirantes y en la asignación de plazas. El referido modelo del apéndice 13 estará debidamente firmado por el Gestor del Área de Reclutamiento y por el candidato.

8.5 Limitación del número de personas aspirantes para realizar la Fase segunda del proceso de selección.

Para cada código de vacante ofertada, las puntuaciones finales obtenidas por las personas solicitantes se ordenarán de mayor a menor. En caso de igualdad en la puntuación final, la ordenación de las personas candidatas se determinará según el orden de prelación siguiente:

a) Orden de preferencia manifestado por el personal solicitante.

b) Mayor puntuación de concurso.

c) Mayor edad.

Si el número de personas aspirantes supera en 2,5 veces las plazas ofertadas, la Comisión Permanente de Selección podrá efectuar una selección previa de candidatos determinada por el resultado de multiplicar por un número comprendido entre 2,5 y 3,5 (factor multiplicador) veces el número de plazas convocadas, incrementada con los que tengan igual puntuación a la del último seleccionado.

La selección estará basada en la puntuación final obtenida conforme establece el apartado anterior. La relación de las personas aspirantes seleccionadas se hará pública en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es.

El personal seleccionado será citado, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección aportada en el apéndice 6, por la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de su residencia, para asistir al Centro de Selección designado al efecto por la Comisión Permanente de Selección, donde deberá realizar en la fecha que se determine la Prueba de personalidad, el reconocimiento médico y las pruebas de aptitud física.

8.6 Reconocimiento médico.

Se realizará según el cuadro médico de exclusiones exigibles para el ingreso en los centros docentes militares de formación aprobado por la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero (BOE número 11, de 12 de enero), corregida por la Orden PCI/310/2019, de 19 de marzo (BOE número 68, de 20 de marzo) y modificada por la Orden PCM/79/2020, de 29 de enero (BOE número 27, de 31 de enero), e incluye la aplicación y valoración de la Prueba de personalidad.

Las personas candidatas que necesiten corrección visual mediante gafas o lentes de contacto aportarán las mismas, así como los líquidos o complementos necesarios para su retirada, limpieza, conservación y posterior uso.

La calificación del reconocimiento médico será de «Apto», «No Apto» o «No Apto Permanente en la presente convocatoria».

Serán calificados como «No Apto» las personas aspirantes que hubiesen tenido relación con las Fuerzas Armadas y mediante Resolución administrativa adoptada en un plazo de 3 años les haya sido declarada la utilidad con limitación para ocupar determinados destinos.

Los que resulten «No Apto» o «No Apto Permanente en la presente convocatoria» causarán baja en el proceso de selección, siéndole notificada dicha calificación por el Gestor del Área de Reclutamiento donde lo haya realizado.

La calificación de «No Apto» o «No Apto Permanente en la presente convocatoria» podrá ser revisada a instancia del personal interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente de la Comisión Permanente de Selección en el plazo máximo de tres días hábiles a partir del siguiente al de comunicación de la citada calificación. Dicha solicitud se cursará preferentemente en el mismo Centro de Selección o a través de la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del interesado.

El Presidente de la Comisión Permanente de Selección, en coordinación con la Inspección General de Sanidad de la Defensa, designará la correspondiente Unidad de Reconocimiento de los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red Hospitalaria de la Defensa, a fin de que el personal interesado pueda comparecer ante la misma.

El resultado médico, que será definitivo, motivará la resolución del Presidente de la Comisión Permanente de Selección, acto administrativo que será notificado a la persona interesada. Los que resulten «Apto», serán citados nuevamente por la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de su provincia de residencia, al Centro de Selección correspondiente para finalizar el proceso de selección. En el caso de resultar «Apto» en las pruebas de aptitud física, los efectos que ello conlleve siempre verterán en el ciclo de selección en el que fue calificado «No Apto» o «No Apto Permanente en la presente convocatoria».

Las personas solicitantes que participen en el ciclo de selección número 1 y sean calificados en el Centro de Selección como «No Apto Permanente en la presente convocatoria» y posteriormente sean dictaminados por la Unidad de Reconocimiento de los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red Hospitalaria de la Defensa como «No Apto», serán habilitados por la Comisión Permanente de Selección para permitir, a los que soliciten, nueva cita previa para participar con total garantía en el proceso del ciclo de selección número 1 bis y 2.

La persona interesada podrá renunciar en cualquier momento a la revisión instada manteniendo la calificación obtenida anteriormente, en cuyo caso, y si a sus intereses conviene, podrá solicitar nueva cita previa en otro ciclo de selección y realizar en su totalidad el proceso de selección, si aún mantiene los requisitos establecidos en las bases de la presente o siguientes convocatorias.

Las personas solicitantes calificados como «Apto» en el reconocimiento médico efectuado dentro del desarrollo del proceso del ciclo de selección número 1 que soliciten participar en el ciclo de selección número 1 bis y 2, solo rellenarán el cuestionario de salud correspondiente, la analítica de orina con detección de tóxicos y, en su caso, el test de embarazo. En caso de existir discrepancia entre los cuestionarios de salud, o siempre que el médico del Centro de Selección lo considere conveniente, las personas solicitantes referidos deberán someterse al reconocimiento médico en su totalidad.

8.7 Pruebas de aptitud física.

El personal calificado como «Apto» en el reconocimiento médico deberá superar las pruebas de aptitud física que se determinan en el apéndice 4. Durante la realización de las mismas, el médico deberá estar presente en el Centro de Selección.

La calificación de las pruebas de aptitud física será de «Apto», en uno de los niveles establecidos en el citado apéndice, o «No Apto». Si en alguna de las plazas que obran en la solicitud realizada no se alcanza el nivel de aptitud física exigido, quedará anulada a todos los efectos y se mantendrá inalterado el orden de preferencia establecido en la notificación del resultado de la Fase primera del apéndice 13.

Los que resulten «No Apto» causarán baja en el proceso de selección, siéndole notificada dicha calificación por el Gestor del Área de Reclutamiento donde hayan realizado las pruebas de aptitud física.

8.8 Protección de la maternidad.

Las solicitantes que no pudieran realizar las pruebas de aptitud física por embarazo, parto o posparto, debidamente acreditado mediante la oportuna certificación médica oficial, realizarán el resto del proceso de selección, quedando la plaza, que en su caso obtuviera, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física.

A tales efectos, la interesada podrá solicitar la realización de las pruebas, mediante instancia dirigida al Presidente de la Comisión Permanente de Selección, en algún ciclo de selección de los que se realicen en el plazo de dos años a contar desde la fecha de la prueba o pruebas no realizadas. Dicha solicitud se tramitará a través de la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de su provincia de residencia. Previamente se llevará a cabo, en el Centro de Selección correspondiente, un reconocimiento médico para acreditar que está en condiciones de realizarlas. Resuelta la solicitud, si no realizara o no superara las pruebas pendientes, cualquiera que sea la causa, perderá todo derecho y expectativa a la plaza condicionada. De optar la aspirante por la realización de las pruebas aplazadas, no le serán de aplicación los requisitos específicos de edad, aunque deberá mantener hasta la fecha de incorporación al centro de formación las restantes condiciones generales establecidas en la convocatoria inicial.

8.9 Si, como consecuencia de los resultados obtenidos en el reconocimiento médico y en las pruebas de aptitud física, el número de personas aspirantes aptos calificados fuera insuficiente para cubrir el de plazas ofertadas, la Comisión Permanente de Selección, tras una valoración previa del proceso de selección y de las preferencias manifestadas por las personas aspirantes, podrá requerir, por riguroso orden de prelación conforme a la puntuación final obtenida, a los que considere suficientes para garantizar la cobertura de las plazas que se ofertan y asegurar la presencia suficiente de candidatos en la Relación Complementaria de Aspirantes Aptos No Clasificados que se detalla en la base 9.4.

Si realizado lo anterior, en un determinado código de vacante, no terminara de haber aspirantes aptos calificados suficientes para cubrir la totalidad de plazas ofertadas en ese código, la Comisión Permanente de Selección podrá acumular las plazas disminuidas a otro código de vacante donde hubiera peticionarios aptos calificados suficientes. Esta acumulación se realizará ofertando la plaza al aspirante apto calificado de mayor nota en la vacante que determine el Ejército afectado, de acuerdo con las necesidades respectivas.

8.10 Finalizadas las pruebas de aptitud física, el Gestor del Área de Reclutamiento donde las haya realizado notificará a cada solicitante el resultado final de las pruebas selectivas, según modelo del apéndice 14.

8.11 Los Centros de Selección comunicarán a la Comisión Permanente de Selección los resultados de las pruebas de todos las personas solicitantes que participen, registrando los mismos en la base de datos de la aplicación «Selección Continua», sistema informático que soporta el proceso de selección.

9. Asignación de plazas en cada ciclo

9.1 Superado el reconocimiento médico y las pruebas de aptitud física, la Comisión Permanente de Selección, procederá a la asignación definitiva de las plazas en función del orden establecido en la selección previa de las personas candidatas que se establece en la base 8.5. En caso de igualdad en la puntuación final, la asignación de plazas se resolverá según el orden de prelación indicado en la citada base 8.5, acudiendo, si resultara necesario, al sorteo.

9.2 Secretarios Generales/Gestores de las Áreas de Reclutamiento/Jefes de Órgano de Apoyo de las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa comunicarán a las personas aspirantes admitidos como alumnos la plaza asignada, la puntuación obtenida, el centro de formación donde realizarán la fase de formación militar general, así como el día y la hora en que deberán efectuar su presentación.

Con anterioridad al inicio de la fase de formación militar general, los Gestores de las Áreas de Reclutamiento en las que las personas aspirantes realizaron la Fase segunda remitirán al centro de formación que corresponda, a través de las Subdelegaciones de Defensa, el expediente personal de las personas aspirantes admitidos como alumnos, así como el Historial Militar de los que hubieran ostentado con anterioridad la condición de militar profesional, en caso de no haberlos remitido con anterioridad a los archivos intermedios del Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire. No obstante lo anterior, los centros de formación lo podrán solicitar de las unidades, centros u organismos en que hubieran estado destinados o de los archivos intermedios donde estén custodiados.

9.3 La Comisión Permanente de Selección conformará la relación de aspirantes admitidos como alumnos, con indicación de la puntuación obtenida, a fin de que por vía electrónica sea recibida por el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, la Jefatura de Personal de la Armada y el Mando de Personal del Ejército del Aire, así como por las Subdelegaciones de Defensa para su exposición pública.

9.4 Por otra parte, la Comisión Permanente de Selección confeccionará, con las personas aspirantes que hubieran superado el proceso de selección en su totalidad y no les haya sido asignada plaza, la «Relación Complementaria de Aspirantes Aptos No Clasificados», ordenada de mayor a menor nota para cada código de vacante ofertada. Esta relación complementaria de aspirantes se hará pública en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es.

9.5 Las renuncias a la plazas asignadas que las personas aspirantes puedan ejercitar con anterioridad a la fecha de incorporación al centro de formación, las plazas de las personas aspirantes que no efectúen su presentación en los centros de formación, a excepción de lo dispuesto en la base 10.3, y las plazas derivadas de las bajas que se produzcan dentro de los 14 días posteriores a la fecha de incorporación al centro de formación, duración que conforma el periodo de orientación y adaptación a la vida militar, podrán ser cubiertas por las personas aspirantes que, habiendo superado la totalidad de las pruebas selectivas, no hubieran obtenido plaza. A tal efecto y por celeridad administrativa, la Comisión Permanente de Selección realizará a las personas opositoras afectados la oferta de la plaza objeto de reposición por correo electrónico, al que deberá responder en un plazo de tiempo inferior a 24 horas, para lo que deberá obrar en la aplicación informática que soporta el proceso de selección (SELCON) la dirección electrónica actualizada de las personas opositoras que participan en el proceso de selección.

Las Direcciones de Enseñanza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire comunicarán, mediante el Sistema de Mensajería Oficial y Gestión Documental de Defensa, al Presidente de la Comisión Permanente de Selección, el día siguiente a la fecha prevista de incorporación al centro de formación determinada en el calendario del apéndice 1, las no presentaciones. Durante el periodo de orientación y adaptación a la vida militar, comunicarán del mismo modo y Autoridad, a medida que se vayan produciendo las bajas acontecidas.

La reposición de las renuncias, de las no presentaciones y de las bajas acontecidas durante el periodo de orientación y adaptación a la vida militar se realizará, en su caso, con el personal aspirante de mayor nota de la «Relación Complementaria de Aspirantes Aptos No Clasificados» de la vacante en la que se haya producido la disminución y no comportará reordenación de la asignación de plazas realizada.

En caso de no existir personas aspirantes aptas no clasificados en una determinada vacante, la reposición se realizará ofertando una plaza al aspirante apto no clasificado de mayor nota de la vacante que determine el Ejército afectado, de acuerdo con las necesidades respectivas, pudiendo, a tal efecto, acumularse la plaza disminuida a otro código de especialidad fundamental donde hubiera peticionarios aptos no clasificados.

No se podrán declarar admitidos para iniciar como alumnos la fase de formación militar general, un número de aspirantes superior al de plazas ofertadas.

10. Nombramiento y formación

10.1 Una vez incorporados a los centros de formación, y previa firma del documento de incorporación a las Fuerzas Armadas, las personas aspirantes admitidos serán nombrados alumnos para acceso a la condición de militar de tropa y marinería, por resolución del Director o Jefe del centro de formación correspondiente, lo que se hará público en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 de la Ley 8/2006, de 24 de abril.

A partir de dicho momento tendrán la condición militar, sin quedar vinculados por una relación de servicios profesionales, y estarán sujetos al régimen de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.

10.2 La enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa y marinería, se realizará de forma continuada y dividida de la siguiente forma: Período de acogida, orientación y adaptación a la vida militar con una duración de dos semanas y un periodo de formación propiamente dicho. Así mismo, este último tendrá dos fases: la fase de formación militar general que tendrá una duración de ocho semanas y será seguida de una fase de formación militar específica y de especialidad fundamental que tendrá una duración comprendida entre las cuatro y las treinta semanas, según se determina en el anexo II y se detalle en la correspondiente publicación de plazas del ciclo de selección número 1 bis y 2.

10.3 Si por motivos derivados de su situación de embarazo, parto o posparto, la propuesta como aspirante seleccionada para ser designada alumna no pudiera efectuar su presentación en el centro de formación correspondiente, tendrá derecho a la reserva de la plaza, por una sola vez, para iniciar la enseñanza de formación, en la primera oportunidad que se produzca cuando cese la causa que lo impidió. Los motivos deberán acreditarse ante el Presidente de la Comisión Permanente de Selección, quien informará al Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, a la Jefatura de Personal de la Armada o al Mando de Personal del Ejército del Aire, según corresponda, así como a la Subdelegación de Defensa afectada.

10.4 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento por el que se establece el procedimiento para la aplicación de las medidas de protección social para los militares de complemento y de tropa y marinería, aprobado por Real Decreto 1412/2006, de 1 de diciembre (BOE número 288, de 2 de diciembre), los alumnos aspirantes a la condición de militar de tropa y marinería que se encuentren en la situación de insuficiencia de condiciones psicofísicas por accidente o enfermedad derivada del servicio, no causarán baja en el centro de formación, salvo renuncia expresa. Acordada la finalización de la situación de insuficiencia se procederá conforme a lo dispuesto en el régimen del alumnado, reservándole conforme con el artículo 17 de las Directrices Generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa y marinería, aprobadas por la Orden DEF/479/2017, de 19 de mayo, el derecho de repetición del periodo, por una única vez, durante el tiempo máximo de dos años, a contar desde que sea efectiva la baja.

10.5 En aplicación de la Orden DEF/479/2017, de 19 de mayo, se tendrá en consideración lo siguiente:

El personal alumno que, por causa de lesión o enfermedad no incluida en el cuadro médico de exclusiones, pierda más del 30 % de las horas lectivas asignadas al módulo de instrucción y adiestramiento, o que tal situación le impida superar alguna de las pruebas del programa de formación, causará baja en el mismo, reservándole el derecho de repetición del periodo, por una única vez, durante el tiempo máximo de un año, a contar desde que sea efectiva la baja, o de dos años si la lesión o enfermedad se produce en acto de servicio o a consecuencia del mismo.

La alumna que, por causa de embarazo, parto o posparto pierda más del 30 % de las horas lectivas asignadas al módulo de instrucción y adiestramiento, o que tal situación le impida superar alguna de las pruebas del programa de formación, causará baja en el mismo, reservándole el derecho de repetición del periodo en el momento que cese la causa que lo impidió. Se reserva el derecho sobre la plaza de la unidad a la que iba a ser destinada.

La posibilidad de repetición de una fase no implica necesariamente que sea para la obtención de la misma especialidad y/o destino, dado que los mismos quedarán supeditados a la posible oferta formativa.

Para progresar de una fase a otra y para finalizar la enseñanza de formación, se han de superar todos los módulos que componen los distintos currículos.

Una falta de asistencia superior al cincuenta por ciento (50 %) de la carga lectiva no susceptible de ser impartida a distancia correspondiente a un módulo, comportará la no superación del mismo por evaluación continua.

10.6 Durante la enseñanza militar de formación, será de aplicación la Orden DEF 368/2017, de 4 de abril, siempre que dichas referencias no sean efectuadas explícitamente a otro tipo de alumnos o alumnas.

10.7 El personal alumno de la enseñanza de formación podrán causar baja a petición propia y deberán cumplimentar y firmar el modelo de comunicación de baja oficialmente aprobado. También se podrá acordar la baja por alguno de los motivos expuestos en el artículo 71 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

10.8 A quienes se les asigne una plaza que requiera obtener una determinada habilitación, realizar un curso de aptitud o un plan de instrucción o adiestramiento específico, deberán superarlo para continuar destinados en la Unidad correspondiente. Los alumnos o alumnas nacionales que no obtengan dicha habilitación o que no superen el curso o plan señalados podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otra Unidad del correspondiente Ejército/Armada, siempre y cuando la no superación no la haya motivado la renuncia voluntaria expresa, causa que producirá la resolución del compromiso y la baja en las Fuerzas Armadas. Los no nacionales que no superen dicho curso o plan podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otro puesto de la misma Unidad que no requiera dicha aptitud o la superación de dicho plan o a cualquier otra Unidad del mismo Ejército/Armada de las relacionadas en la Orden Ministerial 64/2011, de 12 de septiembre, siempre y cuando la no superación no la haya motivado la renuncia voluntaria expresa, causa que producirá la resolución del compromiso y la baja en las Fuerzas Armadas.

10.9 Para la especialidad fundamental Operaciones y Sistemas del Cuerpo General de la Armada, quienes no obtengan la habilitación personal de seguridad requerida para su especialidad, causarán baja. No obstante lo anterior, podrán solicitar continuar en el periodo de formación militar general en otra especialidad fundamental que no requiera habilitación de seguridad, si existe alguna plaza disponible de las ofertadas. En caso de estar cursando el periodo de formación militar específica, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo en las especialidades fundamentales que se pudieran ofertar y que no requieran habilitación de seguridad.

10.10 Los alumnos y alumnas del Ejército del Aire que, para ocupar un determinado puesto, deban superar un reconocimiento médico específico, de acuerdo con la Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril, lo realizarán durante el periodo de Formación Militar General. En el caso de no superarlo se le ofrecerá una nueva plaza, en la misma o diferente especialidad fundamental y en el mismo o diferente destino al asignado inicialmente.

10.11 Los alumnos y alumnas de la especialidad fundamental Auxiliar de Mando y Control del Ejército del Aire, que no obtengan la habilitación de seguridad requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo de formación militar específica en las especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.

10.12 Los alumnos y alumnas que no superen la fase de formación militar específica correspondiente a su especialidad fundamental y que, en aplicación del artículo 14 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, opte por otra especialidad fundamental, por parte de los Ejércitos y la Armada, se le ofertará nueva plaza de distinta especialidad fundamental que por razones de planeamiento fuese más pertinente, la cual podrá ser en otra unidad, centro u organismo diferente a la que optó inicialmente.

11. Compromiso

Con la antigüedad señalada en el apéndice 1, la condición de militar de tropa y marinería se adquiere al incorporarse a la escala de tropa o de marinería una vez superada la fase de formación militar general y tras la firma del compromiso que corresponda de los regulados en la Ley 8/2006, de 24 de abril. Los alumnos y alumnas obtendrán el empleo de Soldado o Marinero concedido por el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire.

En su caso, la duración del compromiso inicial para cada una de las plazas se ajustará a lo establecido en la correspondiente oferta de plazas. En el supuesto de que en alguna de las plazas se dé opción a más de un tipo de compromiso inicial, se deberá hacer constar la opción elegida en el documento oficial de firma de compromiso inicial.

12. Igualdad de género

De acuerdo con el artículo 6.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, la igualdad de trato y de oportunidades es un principio que en las Fuerzas Armadas se aplicará de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y que estará especialmente presente en lo relacionado con el acceso, la formación y la trayectoria militar. A estos efectos, la Comisión Permanente de Selección velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre las personas aspirantes de ambos sexos que participen en la convocatoria.

13. Norma final

La convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión Permanente de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

APÉNDICE 1
Calendario de los ciclos de selección del año 2022
Ciclo de selección Inicio del plazo de solicitud de cita previa Fin del plazo de solicitud de cita previa Ingreso en el CFOR1 Fin del periodo de orientación y adaptación Inicio de la fase de formación militar general Fecha antigüedad de incorporación a las escalas de Tropa y Marinería
Primero. Día siguiente de publicación en BOE 24 FEB 22 23 MAY 22 5 JUN 22 6 JUN 22 29 JULIO 22
Primero Bis. 24 MAY 22 06 JUN 22 7 NOV 22 21 NOV 22 22 NOV 22 31 ENE 23
Segundo. 4 JUL 22 18 JUL 22 7 NOV 22 21 NOV 22 22 NOV 22 31 ENE 23
1 Centro de formación.
APÉNDICE 2
Países cuyos nacionales pueden participar en el proceso de selección

1) Argentina.

2) Bolivia.

3) Costa Rica.

4) Colombia.

5) Chile.

6) Ecuador.

7) El Salvador.

8) Guatemala.

9) Guinea Ecuatorial.

10) Honduras.

11) México.

12) Nicaragua.

13) Panamá.

14) Paraguay.

15) Perú2

16) República Dominicana

17) Uruguay

18) Venezuela

2 Los ciudadanos de la República del Perú deberán aportar documentalmente la autorización expresa de la Autoridad u Organismo correspondiente, para la incorporación del interesado a las Fuerzas Armadas españolas, o el resguardo o acreditación de haberlo solicitado.

APÉNDICE 3
Cuadro médico de exclusiones

1. Se realizará según el cuadro médico de exclusiones exigibles para el ingreso en los centros docentes militares de formación aprobado por la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero (BOE número 11, de 12 de enero), corregida por la Orden PCI/310/2019, de 19 de marzo (BOE número 68, de 20 de marzo) y modificada por la Orden PCM/79/2020, de 29 de enero (BOE número 27, de 31 de enero), e incluye la aplicación y valoración de la Prueba de personalidad.

2. Para la aplicación de cualquier apartado del cuadro médico de exclusiones se tendrá en cuenta el Cuerpo y la duración del compromiso al que se opta, considerando las siguientes situaciones como motivos de exclusión:

a) Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Sección 5.ª del Capítulo II del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

b) Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar las fases de formación adecuadamente.

c) Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente.

3. Para la determinación de las condiciones psicofísicas del cuadro médico de exclusiones se aplicará el cuestionario de salud correspondiente y se realizarán las exploraciones necesarias, entre las que se incluyen analíticas de orina con detección de tóxicos y podría incluirse analítica de sangre.

4. En la revisión de las calificaciones por resultar «No Apto» o «No Apto Permanente en la presente convocatoria» en aplicación de alguno de los apartados de exclusión, la evaluación correspondiente abarcará aquellos del cuadro médico de exclusiones que el órgano médico pericial considere relevante, no estando limitado por las evaluaciones previas.

5. De conformidad con lo dispuesto en la base 8.6 del anexo I de la presente convocatoria, serán calificados «No Aptos» las personas aspirantes que en anterior relación con las Fuerzas Armadas, mediante Resolución administrativa, les haya sido resuelto un expediente incoado para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas, con arreglo a:

Acuerdo adoptado de la utilidad con limitación para ocupar determinados destinos en los tres años anteriores y en el año de la presente convocatoria.

APÉNDICE 4
Pruebas de aptitud física

1. Directrices generales

Las personas aspirantes deberán realizar todas las pruebas utilizando vestuario deportivo.

Las pruebas deberán efectuarse siguiendo el orden que se detalla:

A. Salto de longitud sin carrera.–Potencia tren inferior.

B. Abdominales.–Resistencia muscular abdominal.

C. Flexo-extensiones de brazos.–Resistencia muscular tren superior.

D. Carrera de ida y vuelta.–Resistencia cardio-respiratoria.

Antes de dar comienzo las pruebas, se explicará a las personas aspirantes en qué consisten, con el fin de lograr la mayor objetividad posible en su ejecución.

2. Descripción, detalles de ejecución y valoración de las pruebas

A. Salto de longitud sin carrera. Potencia tren inferior

1. Descripción: El personal aspirante se sitúa de pie, con los pies separados cómodamente de forma simétrica y colocados justo detrás de la línea de batida. Desde esa posición, flexiona las rodillas al tiempo que lleva los brazos atrás y ayudándose con los mismos, salta simultáneamente con ambos pies lo más lejos posible.

2. Detalles de ejecución: Se ha de caer con los dos pies a la vez. Antes de realizar el salto se permite realizar movimientos con cualquier parte del cuerpo, siempre que no se desplace uno o ambos pies y se mantenga el contacto de los mismos con el suelo.

3. Valoración: La distancia se medirá desde la línea de batida hasta el punto de contacto más próximo a la misma. Se permitirán tres intentos, contabilizándose el mejor resultado obtenido.

B. Abdominales. Resistencia muscular abdominal

1. Descripción: El personal aspirante adoptará la posición de partida en tendido supino sobre una colchoneta semirrígida, esterilla o moqueta antideslizantes; las piernas estarán flexionadas formando un ángulo de 90.º en las rodillas y con los talones apoyados y fijados en el suelo, sujetos por un auxiliar o un dispositivo adecuado. Los brazos estarán flexionados y cruzados sobre el pecho, apoyando las manos en los hombros opuestos y con el pulgar apoyado en el hueco de la clavícula.

A la voz de «ya» elevará el tronco, sentándose y tocando con los codos en los muslos o en las rodillas de forma que los brazos se mantengan horizontales y volviendo a la posición de tendido con el apoyo lumbar en la colchoneta (sin ser necesario apoyar los hombros), lo que constituye una repetición. El ejercicio consiste en realizar el mayor número de repeticiones ininterrumpidas en el tiempo máximo de un minuto, contado a partir de la primera repetición.

2. Detalles de ejecución: No se permite ningún descanso, el ejercicio ha de ser continuo, los pies podrán separarse a la anchura de los hombros, los glúteos se mantendrán, en todo momento, en contacto con la colchoneta y sin desplazamientos respecto a la posición inicial, las manos se mantendrán apoyadas en los hombros durante todo el ejercicio y se considera que la prueba ha finalizado cuando el ejecutante supere el mínimo de repeticiones exigidas en función del nivel de las plazas solicitadas, abandone el ejercicio voluntariamente o se detenga o transcurra un minuto.

El examinador indicará el final de la prueba con la voz de «¡tiempo!».

3. Valoración: El resultado será el número de repeticiones efectuadas correctamente.

C. Flexo-extensiones de brazos. Resistencia muscular tren superior

1. Descripción: El personal aspirante se coloca en posición de decúbito prono, con las palmas de las manos apoyadas cómodamente en el suelo a la altura de los hombros y brazos extendidos, formando con el tronco, cadera y piernas una línea recta. Desde esta posición, realiza el mayor número de veces posible el ciclo de flexión y extensión de brazos, teniendo en cuenta que se contabilizará como efectuada una flexo-extensión cuando se toque con la barbilla en la almohadilla de un grosor de 6 cm. y se vuelva a la posición de partida, manteniendo en todo momento los hombros, espalda y piernas en prolongación y no tomándose como válida toda flexión-extensión de brazos que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte distinta a la barbilla, punta de los pies y manos.

2. Detalles de ejecución: En cada uno de los movimientos, la barbilla deberá tocar la almohadilla. Durante el ciclo de flexión y extensión de brazos, el aspirante deberá mantener en todo momento la cabeza, cadera y piernas rectas y alineadas, de la cabeza a los talones, las piernas han de estar juntas, la flexión de brazos en el descenso, así como su extensión en la subida, ha de hacerse simultáneamente con los dos brazos, durante la ejecución no está permitido tocar en el suelo con ninguna parte del cuerpo que no sean los pies y las manos, la extensión de brazos, al subir, ha de ser completa. El evaluador contará en voz alta las repeticiones correctas y cuando observe un fallo en la ejecución, lo indicará expresando la causa. La prueba finalizará cuando el aspirante supere el mínimo de ciclos exigidos en función del nivel de las plazas solicitadas, abandono voluntario o no sea capaz de mantener la posición correcta.

3. Valoración: El resultado será el número de ciclos completos efectuados correctamente.

D. Carrera de ida y vuelta. Resistencia cardio-respiratoria

1. Descripción: El personal aspirante, de pie, detrás de la línea de salida, al oír la señal de comienzo de la prueba, se desplazará hasta la línea contraria, situada a 20 metros de distancia, siguiendo la velocidad marcada. Ésta será lenta al principio e irá aumentando progresivamente cada periodo de 60 segundos. Es necesario sobrepasar las líneas de salida y llegada. Los virajes deben realizarse pivotando sobre sí mismo al cambiar de sentido, tras cruzar la línea correspondiente. Se permitirá únicamente dos desajustes de dos metros de adelanto o de retraso con respecto a la señal.

2. Detalles de ejecución: El personal aspirante no podrá ir a la línea contraria hasta que no haya sonado la señal y tampoco cambiar de calle.

El personal aspirante interrumpirá la carrera en el momento en que por tres veces incumpla las normas que rigen esta prueba o que ya no sea capaz de seguir el ritmo que se impone al no sobrepasar las líneas que delimitan la distancia de 20 metros, indistintamente.

3. Valoración: El resultado será el total de períodos realizados e indicados por la cinta sonora antes de pararse el personal aspirante.

3. Marcas mínimas a obtener

Para ser calificado apto en alguno de los niveles que se determinan, las personas aspirantes deberán alcanzar las marcas mínimas exigidas para cada una de las pruebas que se especifican en la siguiente tabla:

PRUEBA Nivel A Nivel B Nivel C Nivel D
Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Salto de longitud sin carrera. 145 cm. 121 cm. 163 cm. 136 cm. 187 cm. 156 cm. 205 cm. 171 cm.
Abdominales. 15 10 21 14 27 18 33 22
Flexo-extensiones de brazos. 5 3 8 5 10 6 13 8
Carrera de ida y vuelta.

5 períodos

3,5 períodos 5,5 períodos

4 períodos

6,5 períodos

5 períodos

7,5 periodos

6 periodos

APÉNDICE 5
Relación de Secretarías Generales/Áreas de Reclutamiento/Órganos de Apoyo y Oficinas Delegadas

1. Secretarías Generales/Áreas de Reclutamiento/Órganos de Apoyo

No podrá solicitarse cita previa a través de las direcciones electrónicas de las Secretarías Generales/Áreas de Reclutamiento/Órganos de Apoyo/Oficinas Delegadas, debiendo realizarse únicamente tal y como se indica en la Base 4.

Provincia Localización Observaciones
01- ARABA/ÁLAVA (VITORIA).

DIRECCIÓN: C/ Postas, 52-54.

CÓDIGO POSTAL: 01004.

TFNO. 945.25.14.33.

FAX: 945.27.41.34.

reclutamientoalava@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento sin Centro de Selección.
02 – ALBACETE.

DIRECCIÓN: Plaza de Gabriel Lodares, 2.

CÓDIGO POSTAL: 02002.

TFNO. 967.55.09.34.

FAX: 967.22.86.77.

reclutamientoalbacete@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
03 – ALICANTE.

DIRECCIÓN: C/ Colombia, 3.

CÓDIGO POSTAL: 03010.

TFNO. 965.25.25.90 / 965.24.33.68.

FAX: 965.24.34.20.

reclutamientoalicante@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
04 – ALMERÍA.

DIRECCIÓN: C/ General Luque, S/N.

CÓDIGO POSTAL: 04002.

TFNO. 950.23.21.03.

FAX: 950.28.12.63.

reclutamientoalmeria@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
05 – ÁVILA.

DIRECCIÓN: Paseo de San Roque, 9.

CÓDIGO POSTAL: 05003.

TFNO. 920.35.20.88 / 920.35.22.60.

FAX: 920.35.23.23.

reclutamientoavila@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
06 – BADAJOZ.

DIRECCIÓN: Avda. Fernando Calzadilla, 8.

CÓDIGO POSTAL: 06004.

TFNO. 924.20.79.45 / 924 20 79 46.

FAX: 924.24.20.53.

reclutamientobadajoz@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.

07 – ILLES BALEARS.

(PALMA DE MALLORCA).

DIRECCIÓN: C/ Antonio Planas Franch n.º9.

CÓDIGO POSTAL: 07001.

TFNO. 971.22.77.51 / 971.22.77.52 / 971.22.77.24.

FAX: 971.22.76.95.

reclutamientobaleares@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.

08 – BARCELONA.

DIRECCIÓN: C/ Tcol. González Tablas, s/n.

(Cuartel del Bruch) Pedralbes.

CÓDIGO POSTAL: 08034.

TFNO. 932.80.44.44.

FAX: 932.05.86.18.

reclutamientobarcelona@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
09 – BURGOS.

DIRECCIÓN: C/ Vitoria, 63.

CÓDIGO POSTAL: 09006.

TFNO. 947.24.53.77 / 947.24.53.35.

FAX: 947.24.53.74.

reclutamientoburgos@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
10 – CÁCERES.

DIRECCIÓN: Avda. de las Delicias, s/n.

(Cuartel Infanta Isabel).

CÓDIGO POSTAL: 10004.

TFNO. 927.62.53.70.

FAX: 927.62.53.98 / 927.62.53.80.

reclutamientocaceres@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
11 – CÁDIZ.

DIRECCIÓN: Paseo de Carlos III, 7.

CÓDIGO POSTAL: 11003.

TFNO. 956.21.04.21.

FAX: 913.84.02.67.

reclutamientocadiz@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
12 – CASTELLÓN.

DIRECCIÓN: Avda. del Mar, 19.

CÓDIGO POSTAL: 12003.

TFNO. 964.27.02.52 / 964.27.01.33 / 964.22.00.71.

FAX: 964.27.00.91.

reclutamientocastellon@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
13 – CIUDAD REAL.

DIRECCIÓN: C/ Toledo, 60.

CÓDIGO POSTAL: 13003.

TFNO. 926.27.43.20.

FAX: 926.27.44.09.

reclutamientociudadreal.simendef@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
14 – CÓRDOBA.

DIRECCIÓN: Plaza de Ramón y Cajal, s/n.

CÓDIGO POSTAL: 14003.

TFNO. 957.49.69.47 / 957.49.69.35.

FAX: 957.49.69.51.

reclutamientocordoba@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
15 – A CORUÑA.

DIRECCIÓN: Avda. Porto da Coruña, 15.

CÓDIGO POSTAL: 15006.

TFNO: 981.12.68.13 / 981.12.68.14.

FAX: 981.12.68.88.

reclutamientocoruna@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.

16 – CUENCA.

DIRECCIÓN: Parque San Julián, 13.

CÓDIGO POSTAL: 16002.

TFNO. 969.24.18.70.

reclutamientocuenca@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
17 – GIRONA.

DIRECCIÓN: C/ Emili Grahit, 4.

CÓDIGO POSTAL: 17003.

TFNO. 972.20.01.28.

FAX: 972.42.67.39.

reclutamientogerona@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
18 – GRANADA.

DIRECCIÓN: C/ Santa Bárbara, 13.

CÓDIGO POSTAL: 18071.

TFNO. 958.80.62.50 / 958.80.62.52.

reclutamientogranada@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
19 – GUADALAJARA.

DIRECCIÓN: C/ Plaza de España, s/n.

CÓDIGO POSTAL: 19001.

TFNO. 949.23.43.37 / 949.21.17.08.

FAX: 949.23.43.49.

reclutamientoguadalajara@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
20 – GIPUZKOA (SAN SEBASTIÁN).

DIRECCIÓN: C/ Sierra de Aralar, 51-53. (Acuartelamiento de Loyola).

CÓDIGO POSTAL: 20014.

TFNO. 943.47.03.75.

FAX: 943.47.17.10.

reclutamientogipuzkoa@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
21 – HUELVA.

DIRECCIÓN: C/ Sanlúcar de Barrameda, 2.

CÓDIGO POSTAL: 21001.

TFNO. 959.22.02.42.

FAX: 959.54.16.53.

reclutamientohuelva@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
22 – HUESCA.

DIRECCIÓN: C/ Rioja, 1.

CÓDIGO POSTAL: 22002.

TFNO. 974.21.52.38 / 974.21.52.36 / 974.21.52.17.

FAX: 974.21.52.20.

reclutamientohuesca@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
23 – JAÉN.

DIRECCIÓN: C/ Pintor Zabaleta, 2.

CÓDIGO POSTAL: 23008.

TFNO. 913.84.02.59.

FAX: 953.29.57.35.

reclutamientojaen@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.

24 – LEÓN.

DIRECCIÓN: C/ General Lafuente, 9.

CÓDIGO POSTAL: 24003.

TFNO. 987.87.69.02 / 987.87.69.07.

FAX: 987.87.69.82.

reclutamientoleon@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.

Centro Deportivo Sociocultural Militar «Santa Bárbara».

(Avda. Asturias s/n).

25 – LLEIDA.

DIRECCIÓN: C/ Onofre Cerveró, 1.

CÓDIGO POSTAL: 25004.

TFNO. 973.23.09.85.

FAX: 913.84.02.83.

reclutamientolleida@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.

26 – LA RIOJA.

(LOGROÑO).

DIRECCIÓN: C/ Comandancia, 6.

CÓDIGO POSTAL; 26001.

TFNO. 941.50.32.72.

FAX: 941.50.33.00.

reclutamientolarioja@oc.mde.es.

Secretaría General.
27 – LUGO.

DIRECCIÓN: C/ Ronda de la Muralla, 142, Bajo.

CÓDIGO POSTAL: 27004.

TFNO. 982.26.44.45.

FAX: 982.26.44.64.

reclutamientolugo@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
28 – MADRID.

DIRECCIÓN: C/ Quintana, 5.

CÓDIGO POSTAL: 28008.

TFNO. 91.308.98.92 91.308.98.94.

reclutamientomadrid@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección en Paseo de Reina Cristina números 3 y 5 28014 Madrid.

Centro Deportivo Sociocultural Militar «La Dehesa».

(Avenida de Arqueros, n.º 2).

29 – MÁLAGA.

DIRECCIÓN: Paseo de La Farola, 10.

CÓDIGO POSTAL: 29016.

TFNO. 952.06.18.25 / 952.06.17.82.

FAX: 91.384.08.92.

reclutamientomalaga@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
30 – MURCIA.

DIRECCIÓN: General San Martín, s/n.

CÓDIGO POSTAL: 30003.

TFNO. 968.22.60.80 / 968.22.60.73.

FAX: 968.22.61.77.

reclutamientomurcia@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
31 – NAVARRA (PAMPLONA).

DIRECCIÓN: C/ General Chinchilla, 10, 2.º.

CÓDIGO POSTAL: 31002.

TFNO. 948.20.76.30.

FAX: 948.20.76.01.

reclutamientonavarra@oc.mde.es.

Secretaria General.

32 – OURENSE.

DIRECCIÓN: C/ Paseo, 35.

CÓDIGO POSTAL: 32003.

TFNO. 988.21.22.00.

FAX: 988.51.04.37.

reclutamientoourense@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
33 – ASTURIAS (OVIEDO).

DIRECCIÓN: Plaza de España, 4.

CÓDIGO POSTAL: 33007.

TFNO. 985.96.25.52.

FAX: 985 27 75 53.

dd.asturias@oc.mde.es.

Secretaria General.
34 – PALENCIA.

DIRECCIÓN: C/ Casado del Alisal, 2.

CÓDIGO POSTAL: 34001.

TFNO. 979.70.67.14 / 979.70.67.16.

FAX: 979.70.67.33.

reclutamientopalencia@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
35 – LAS PALMAS.

DIRECCIÓN: C/ Sierra Nevada, s/n.

(Las Palmas de Gran Canaria).

(Risco de San Francisco).

CÓDIGO POSTAL: 35014.

TFNO. 928.43.26.66.

FAX: 928.43.22.30.

reclutamientolaspalmas@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
36 – PONTEVEDRA.

DIRECCIÓN: Paseo de Cervantes, 3.

CÓDIGO POSTAL: 36001.

TFNO. 986.86.87.06 / 986.85.18.73.

FAX: 986.86.87.05 / 986.84.78.01.

reclutamientopontevedra@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
37 – SALAMANCA.

DIRECCIÓN: C/ De los Ingenieros Zapadores, 23.

CÓDIGO POSTAL: 37006.

TFNO. 923.22.36.97 / 923.28.38.49 / 923.28.26.15.

FAX: 923.28.38.61.

reclutamientosalamanca@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
38 – TENERIFE (S. CRUZ DE TENERIFE).

DIRECCIÓN: Avda. 25 de Julio, 3 Bajo.

CÓDIGO POSTAL: 38004.

TFNO. 922.29.39.00.

FAX: 922.29.39.15.

reclutamientotenerife@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
39 – CANTABRIA (SANTANDER).

DIRECCIÓN: Plaza Velarde, s/n.

CÓDIGO POSTAL: 39001.

TFNO. 942.31.17.89.

FAX: 942.36.29.12.

reclutamientocantabria@oc.mde.es.

Secretaria General.

40 – SEGOVIA.

DIRECCIÓN: C/ Puente de Sancti Spiritus, 2.

CÓDIGO POSTAL: 40002.

TFNO. 921.46.11.53.

FAX: 921.46.62.22.

reclutamientosegovia@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
41 – SEVILLA.

DIRECCIÓN: Avda. Eduardo Dato, 21.

CÓDIGO POSTAL: 41005.

TFNO. 954.98.84.79.

reclutamientosevilla@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
42 – SORIA.

DIRECCIÓN: C/ Antolín de Soria, s/n.

CÓDIGO POSTAL: 42002.

TFNO. 975 23 92 52.

FAX: 975.23.92.54.

reclutamientosoria@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
43 – TARRAGONA.

DIRECCIÓN: Rambla Vella, 4.

CÓDIGO POSTAL: 43003.

TFNO. 977.24.98.47.

FAX: 977.24.98.00.

reclutamientotarragona@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
44 – TERUEL.

DIRECCIÓN: Avda. de Sagunto, 11.

CÓDIGO POSTAL: 44002.

TFNO. 978.61.87.30.

FAX: 978.61.87.35.

reclutamientoteruel@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
45 – TOLEDO.

DIRECCIÓN: C/ Duque de Lerma, 6.

CÓDIGO POSTAL: 45004.

TFNO. 925.28.33.71 / 925283369 / 925284235.

FAX: 925.28.33.73.

reclutamientotoledo@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.

Academia de Infantería.

Cuesta de San Servando s/n, 45071. TFNO: 925247800.

46 – VALENCIA.

DIRECCIÓN: Paseo de la Alameda, 28.

CÓDIGO POSTAL: 46010.

TFNO. 961.96.34.00.

FAX: 913.84.12.74.

reclutamientovalencia@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
47 – VALLADOLID.

DIRECCIÓN: C/ Fray Luis de León, 7.

CÓDIGO POSTAL: 47002.

TFNO. 983.20.38.12.

reclutamientovalladolid@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
48 – BIZKAIA (BILBAO).

DIRECCIÓN: C/ Urizar, 13,

CÓDIGO POSTAL: 48012.

TFNO. 944.70.66.66 / 944.70.66.67.

FAX: 944.10.30.80.

reclutamientovizcaya@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
49 – ZAMORA.

DIRECCIÓN: Avda. Requejo, 14, Bajo.

CÓDIGO POSTAL: 49030.

TFNO. 980.52.26.85.

FAX: 980.55.81.91.

reclutamientozamora@oc.mde.es.

Órgano de Apoyo.
50 – ZARAGOZA.

DIRECCIÓN: Paseo del Canal, 1.

CÓDIGO POSTAL: 50007.

TFNO. 976.25.53.75.

FAX: 913.84.02.54.

reclutamientozaragoza@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
51 – CEUTA.

DIRECCIÓN: C/ Marina Española, 12 Bajo.

CÓDIGO POSTAL: 51001.

TFNO. 856.20.05.10.

FAX: 856.20.05.32.

dd.ceuta.simendef@mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.
52 – MELILLA.

DIRECCIÓN: C/ Gabriel de Morales, 1.

CÓDIGO POSTAL: 52002.

TFNO. 952.69.02.36.

FAX: 952.69.02.37.

reclutamientomelilla@oc.mde.es.

Área de Reclutamiento con Centro de Selección.

2. Relación de oficinas delegadas

Provincia Localización Observaciones

ALGECIRAS.

(CÁDIZ).

DIRECCIÓN: Avda. Hispanidad, 8.

CÓDIGO POSTAL: 11207.

TFNO.: 956.58.76.35.

FAX: 956.58.76.61.

 

CARTAGENA.

(MURCIA).

DIRECCIÓN: C/ Real, 20, Bajo.

CÓDIGO POSTAL: 30201.

TFNO.: 968.52.35.27.

FAX: 968.52.48.08.

 

FERROL.

(A CORUÑA).

DIRECCIÓN: C/ Cuntis, 26-28.

CÓDIGO POSTAL: 15403.

TFNO. 981.33.05.87.

FAX: 981.37.04.11.

 

Servicio telefónico de información y apoyo al reclutamiento

Tfno. 902.43.21.00/913.08.97.98

https://reclutamiento.defensa.gob.es

APÉNDICE 6 (Anverso)
Solicitud para asignación de cita previa

D/Dña. _____________________________, nacido/a el: _____________________ en __________________________________, DNI/Pasaporte: ________________ (Localidad) ________________ (Provincia) ________________ (País)_________ expedido con fecha _________________, Tarjeta de residencia en España o Tarjeta de familiar de residente comunitario: _______________, válida hasta ______________, hijo/a de ________________ y de _________________________ domiciliado/a en (localidad) _____________________________, Calle: _______________________ N.º_____ Escalera ______ Piso _______ Provincia: _____________________________ Código postal: ________________________, Teléfono: _________________________, Correo electrónico: _______________________________________________________

Número de Afiliación a la Seguridad Social: _________________________________

Nivel de estudios o titulación académica: ___________________________________

Declara:

Que son ciertos los datos reflejados en la presente solicitud y que reúne todas las condiciones generales exigidas en las bases de la presente convocatoria.

Que ha leído y acepta de modo expreso la incorporación de sus datos voluntariamente facilitados al Registro de tratamiento de Datos de Carácter Personal del Ministerio de Defensa, en los términos relacionados al dorso, según lo contemplado en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (DOUE número 119, de 4 de mayo de 2016).

Según el Artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la administración actuante podrá consultar los datos personales de identidad o de residencia legal y solicitar de oficio al Registro Central de Penados la certificación, comprobación, o verificación de que carece de antecedentes penales, salvo que el interesado se opusiera a ello.

[ ] Me opongo a que se consulten los datos personales de identidad o de residencia legal.

[ ] Me opongo a que se solicite al Registro Central de Penados la certificación, comprobación, o verificación de que carece de antecedentes penales.

En caso de que se haya opuesto, según alguna de las opciones anteriores, debe aportar los datos y certificados requeridos para la participación en el proceso de selección.

Solicita:

Que le sea concedida «cita previa» para realizar las pruebas selectivas para acceso a Militar de Tropa y Marinería correspondientes al ciclo de selección número ___ determinado en el apéndice 1.

En _______________ a ____ de ________________ de 202__

Firma del solicitante

Sr. Secretario General, Gestor del Área de Reclutamiento o Jefe del Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa en ____________________

(Reverso)

Información básica sobre Protección de Datos
Responsable. Ministerio de Defensa – Subsecretaría de Defensa (Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar).
Finalidad. Los datos serán tratados con la finalidad de realizar la gestión de la información de los procesos de selección para el acceso a las Fuerzas Armadas como militar de tropa y marinería, registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del Ministerio, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos, la gestión y control de salidas de información o la elaboración de estadísticas en el ámbito del departamento.
Legitimación. El tratamiento de sus datos es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Destinatarios. Dirección General de Personal y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, ambas de la Subsecretaría de Defensa, así como a los Mandos y Jefatura de Personal de los Ejércitos y Armada.
Derechos. Tiene derecho a acceder y rectificar sus datos, así como otros derechos, tal y como se establece en la información adicional.
Información adicional. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos que se muestra en este apéndice

¿Quién es el Responsable del tratamiento de sus datos?

Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Defensa (Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar).

¿Con qué finalidad se tratan sus datos?

Tratamos la información que nos facilitan las personas interesadas con la finalidad de realizar la gestión de la información sobre los procesos de selección para el acceso a las Fuerzas Armadas como militar de tropa y marinería.

¿Cuánto tiempo conservaremos sus datos?

Los datos recabados pasarán a formar parte del Patrimonio Documental, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, de manera que sus datos serán conservados en el tiempo, sin perjuicio de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que impone la normativa reguladora a fin de proteger los derechos y libertades del interesado.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

El tratamiento de los datos se lleva a cabo en base a la siguiente normativa: Reglamento (UE) 2016/679, artículo 6.1. Letras a), c) y e), Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar; Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?

A la Dirección General de Personal y a la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, ambas de la Subsecretaría de Defensa, así como a los Mandos y Jefatura de Personal de los Ejércitos y Armada, al objeto de permitir el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del Ministerio, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos, la gestión y control de salidas de información o la elaboración de estadísticas en el ámbito del departamento.

¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos?

Tendrá derecho al ejercicio de los derechos recogidos en la normativa de protección de datos: a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los mismos, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad en aquellos casos que sea posible de acuerdo con la normativa vigente.

El ejercicio de estos derechos podrá llevarse a cabo en:

Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

– La dirección: Ministerio de Defensa, 7.ª planta, Paseo de la Castellana número 109, 28071 Madrid.

– Por FAX: 917686342.

– Por correo electrónico: procesoselectivosdigerem@oc.mde.es

Igualmente pueden ejercitarse estos derechos ante el Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Defensa.

– La dirección: Ministerio de Defensa, 7.ª planta, Paseo de la Castellana número 109, 28071 Madrid.

– Por correo electrónico: dpd@oc.mde.es

APÉNDICE 7
Solicitud de plazas por orden de preferencia

Proceso de selección para incorporarse a las escalas de Tropa y Marinería, convocatoria 2022, ciclo selección número _________.

Nombre y apellidos: _______________________________________________

DNI/Pasaporte/NIE: _______________________________________________

Fecha de nacimiento: ______________________________________________

Plazas solicitadas por orden de preferencia (máximo 10)*

Orden Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial
1      
2      
3      
4      
5      
6      
7      
8      
9      
10      

En _______________ a ____ de ________________de 202__

Firma

* Conforme a la base 8.1.c, esta solicitud no podrá ser modificada durante el desarrollo del proceso de selección ni en contenido ni en orden de prioridad.

APÉNDICE 8
Baremo de concurso

Para ser valorada en la fase de concurso, deberá presentarse la documentación original o fotocopia debidamente legalizada o compulsada.

1. Méritos Generales

a) Permisos de conducción.

Estar en posesión del permiso de conducción en vigor de la clase D o superior: 9 puntos.

Estar en posesión del permiso de conducción en vigor de la clase C: 8 puntos.

Estar en posesión del permiso de conducción en vigor de la clase C1: 6 puntos.

Estar en posesión del permiso de conducción en vigor de la clase B: 3 puntos.

Estar en posesión del permiso de conducción en vigor de las clases A2 o A: 1 punto.

Cuando se acrediten varios permisos de conducción se valorará únicamente el de mayor clase. Los permisos de conducción expedidos en el extranjero sólo podrán ser baremados si, en su caso, han sido debidamente canjeados por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, conforme a la normativa vigente. Los titulares de un permiso de conducción comunitario con una vigencia indefinida o superior a 15 años, estarán obligados a renovarlos, siempre y cuando tengan la residencia legal en España transcurridos 2 años, desde el 19 de enero de 2013, fecha de entrada en vigor de la Directiva 2006/126/CE.

b) Deportista de alto nivel. Haber alcanzado en los últimos cinco años, a contar desde la finalización del plazo de admisión de solicitudes de cita previa, la condición de deportista de alto nivel, acreditado mediante resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», del Secretario de Estado Presidente del Consejo Superior de Deportes. 3 puntos.

c) Idioma inglés. Se consideran los perfiles lingüísticos en vigor obtenidos en el idioma inglés, de acuerdo con la Orden Ministerial 2/2022, de 12 de enero.

Es posible la valoración de las correspondencias entre los perfiles lingüísticos S.L.P. descritos a continuación y las titulaciones universitarias y los distintos certificados nacionales y no nacionales que aparecen relacionados en el anexo I de la Instrucción 27/2019, de 12 de junio, modificado por Resolución 455/07517/20 de 27 de mayo por la que se aprueban las normas particulares de desarrollo y ejecución para la determinación de la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas. También serán válidas, a los solos efectos de valoración, las equivalencias conforme a lo dispuesto en el anexo II de la misma Instrucción. Se tendrá en consideración lo establecido en el referido anexo I de la citada Instrucción, en cuanto a la necesidad de que el título universitario o certificado nacional o no nacional, cuya correspondencia se pretende, tenga una antigüedad de menos de tres años y que todas las pruebas sean 100 por 100 presenciales.

Perfil Lingüístico S.L.P. 3.3.3.3 o superior: 8 puntos.

Perfil Lingüístico S.L.P. 2.2.2.2: 5 puntos.

Perfil Lingüístico S.L.P. 1.1.1.1: 3 puntos.

2. Méritos Académicos

Estar en posesión del título o documento acreditativo de:

Título de Técnico de Grado Medio o sus equivalentes, título de Bachiller o títulos académicos oficiales superiores a éste: 16 puntos.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes a efectos académicos: 6 puntos.

Para las plazas del ciclo 1 bis (anexo III), el título de Técnico de Grado Medio especificado en las «observaciones» será baremado con 30 puntos. Asignándose 0 puntos en este apartado a las personas candidatas que no posean el citado título.

Cuando se acrediten varios méritos académicos se valorará únicamente el de mayor puntuación.

Los títulos, diplomas o estudios extranjeros deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto2, Ingeniero2, Licenciado2, Arquitecto Técnico2, Ingeniero Técnico2 y Diplomado2, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.

1 Conforme al artículo 12 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

2 Títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional según el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Se tendrá en consideración el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, modificado por el Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero.

Las Tablas de Equivalencia contenidas en el Convenio Andrés Bello serán válidas, a efectos de baremación, cuando el aspirante acredite poseer estudios de nivel superior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y no alcancen a completar una titulación determinada.

Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, del título que se posea.

La puntuación máxima de los méritos generales y de los méritos académicos no será superior a 36 puntos.

3. Tiempos de servicio. Méritos Militares (Fuerzas Armadas españolas)

a) Empleos alcanzados:

Haber sido Militar Profesional de Tropa y Marinería (MTM) con empleo de Cabo o superior: 2 puntos.

Haber sido MTM con empleo de Soldado/Marinero: 1 punto.

Ser o haber sido Reservista Voluntario en cualquier categoría y empleo: 0,25 puntos.

b) Recompensas:

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo: 2 puntos.

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo azul o amarillo: 1,75 puntos.

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo blanco: 1,5 puntos.

Citación como distinguido en la Orden General: 0,5 puntos.

Mención Honorífica; 0,25 puntos.

c) Misiones fuera del territorio nacional y tiempo de servicio:

Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional por un período igual o superior a dos meses ininterrumpidos: 0,5 puntos.

Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas: 0,25 puntos.

La puntuación máxima de los méritos militares no será superior a 4 puntos.

APÉNDICE 9
Autorización paterno/tutorial para la realización de las pruebas selectivas de las personas aspirantes menores de edad

D./Dña. _____________________________________________________________, con DNI/Pasaporte/Tarjeta de residencia en España o Tarjeta de familiar de residente comunitario número: _______________________________, cuya fotocopia acompaña, en calidad de padre/madre/tutor.

Autoriza a que D./Dña. _________________________________________realice las pruebas requeridas en las bases de la convocatoria para el acceso a la condición de militar de tropa y marinería, entre las que se incluyen un examen y una exploración médica a practicar por personal facultativo del Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa interviniente en la Fase segunda.

Y para que conste, ante la Subdelegación de Defensa, firmo la presente:

En _______________ a ____ de ________________ de 202__

El/la padre/madre/tutor

Fdo.____________________________________________

APÉNDICE 10
Declaración de procesamiento, imputación, investigación o encausamiento

D./Dña.____________________________________________________________, nacido/a el __________________ en _________________ DNI/Pasaporte: __________ expedido con fecha _______________, Tarjeta de residencia en España o Tarjeta de familiar de residente comunitario n.º: __________________________ con validez hasta_________________, domiciliado/a en _____________________ provincia: __________________________ Calle: _____________________________ Código postal: _____________, Teléfonos: ____________ y _____________.

Por la presente, bajo su responsabilidad,

Declara:

Que ___ 3 se encuentra procesado, imputado, investigado o encausado en procedimiento judicial por delito doloso4.

 

En _______________ a ____ de ________________ de 202__

 

(Firma del declarante)

3 Poner SÍ o NO.

4 De resultar afirmativo alguno de los supuestos, hacer constar en el reverso de la presente declaración, el órgano jurisdiccional o autoridad gubernativa que sigue las diligencias.

APÉNDICE 11
Declaración de no estar privado de derechos civiles, ni separado de las Administraciones Públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas

D./D.ª _____________________________________________________________ con Documento Nacional de Identidad/Pasaporte/Tarjeta de residencia en España o Tarjeta de familiar de residente comunitario número ____________________ expedido en __________________________ el día _______________, por la presente, bajo su responsabilidad,

☐ Declaro bajo juramento o ☐ Prometo.

☐ Que no estoy privado/a de los derechos civiles.

☐ Que no estoy separado/a del servicio de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

Y para que conste, firmo la presente declaración.

En _________________________ a ____ de_____________________ de 202__

(Firma del declarante)

APÉNDICE 12
Documento de designación de beneficiarios

Nombre y apellidos ______________________________________________

DNI/Pasaporte/Tarjeta de residencia en España o Tarjeta de familiar de residente comunitario _____________________ Nacionalidad _________________________, Fecha de nacimiento ___________

Designo beneficiarios, a partes iguales, del seguro colectivo de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa a:

Nombre y apellidos_______________________________________________

Parentesco_________________, DNI/Pasaporte________________________

Nombre y apellidos_______________________________________________

Parentesco_________________, DNI/Pasaporte________________________

Nombre y apellidos_______________________________________________

Parentesco_________________, DNI/Pasaporte________________________

Nombre y apellidos_______________________________________________

Parentesco_________________, DNI/Pasaporte________________________

Nombre y apellidos_______________________________________________

Parentesco_________________, DNI/Pasaporte________________________

Y acepto las condiciones que establece el seguro contratado por el Ministerio de Defensa.

En ________________________, a ____ de ___________________ de 202__

(Firma del solicitante)

Nota: Si no designa expresamente beneficiarios para este seguro, se considerarán como tales, por riguroso orden de prelación preferente y excluyente a: 1.º El cónyuge, no separado legalmente o la persona que hubiera convivido con ella de forma continuada con relación análoga de afectividad, y los hijos. En este caso, la cantidad se repartirá por mitades, correspondiendo una al cónyuge o conviviente, y la otra, a los hijos, que se distribuirá entre ellos por partes iguales. 2.º En caso de inexistencia de los anteriores, los padres, a partes iguales. 3.º En defecto de los padres, siempre que dependieran económicamente y con orden sucesorio y excluyente, los nietos de ésta, cualquiera que sea su filiación, y los abuelos, todos ellos a partes iguales, entre los beneficiarios concurrentes. 4.º Herederos legales.

No olvide que:

– El asegurado debe someterse a los reconocimientos médicos que determine el Ministerio de Defensa o la Compañía Aseguradora.

– Para poder acogerse al Seguro Colectivo de Vida y Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa debe de estar en activo y es necesario que cumplimente este impreso o su reproducción.

– Si el Beneficiario no estuviera conforme con la cuantía de la indemnización, deberá comunicarlo a la Compañía Aseguradora y, en último extremo, podrá impugnarlo por vía judicial, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.

APÉNDICE 13 (Anverso)
Pruebas selectivas para acceso a militar de tropa y marinería

Notificación del resultado de la fase primera

Nombre y apellidos: ___________________________________________________

DNI/Pasaporte/NIE: _____________ NIO: _____________ Tfno.: _____________

C. Electrónico: ______________________________________________________

Se le notifica que, de acuerdo con las pruebas realizadas en el día de la fecha, ha obtenido los siguientes resultados:

Puntuación del Concurso: ___________ Puntuación lineal: ________

Puntuación de la Oposición: _________ Puntuación lineal: ________

Puntuación final: __________

Plazas solicitadas por orden de preferencia

Orden Código Unidad Especialidad Puntuación
1        
2        
3        
4        
5        
6        
7        
8        
9        
10        

Estos resultados servirán de base para efectuar la selección previa y la limitación del número de personal aspirante en relación con los demás solicitantes a las plazas ofertadas en el ciclo de selección número __, según lo especificado en la base 8.5 del anexo I.

De conformidad con lo establecido en la base 8.7, el orden de preferencia de las plazas solicitadas permanecerá inalterable, con independencia del nivel superado en las pruebas de aptitud física.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

En ________________________, a ____ de ___________________ de 202__

El Gestor del Área de Reclutamiento,

Fdo.:_____________________________

Subdelegación de Defensa en _______________

APÉNDICE 13 (Reverso)
Pruebas selectivas para acceso a militar de Tropa y Marinería

Puntuación del concurso

  Puntuación

Méritos académicos

 
Nivel de Estudios:  
Méritos Generales  
Permiso de Conducir:  
Idioma:  
Deportista de alto nivel:  
 Total parcial:  
Méritos militares  
Empleo:  
Tiempo de servicio:  
Reservista voluntario:  
Misiones:  
Recompensas:  
 Total Parcial:  
   Total:  
APÉNDICE 14
Pruebas selectivas para acceso a militar de tropa y marinería correspondientes al ciclo de selección ___ de fecha ___________

Notificación del resultado final

Nombre y apellidos: _________________________________________________

DNI/Pasaporte/NIE: _______________ NIO: ____________ Tfno.: ____________

C. Electrónico: _____________________________________________________

Se le notifica que, de acuerdo con las pruebas realizadas en el día de la fecha, ha obtenido los siguientes resultados:

Puntuación del Concurso: ________ Puntuación lineal: ________

Puntuación de la Oposición: ______ Puntuación lineal: ________

Puntuación final: __________

Reconocimiento médico: __________

Pruebas físicas: __________

Plazas solicitadas por orden de preferencia

Orden Código Unidad Especialidad Puntuación
1        
2        
3        
4        
5        
6        
7        
8        
9        
10        

(304) No Apto por nivel insuficiente en pruebas de aptitud física.

Estos resultados servirán de base para su clasificación, en relación con los demás solicitantes a las plazas ofertadas en el ciclo de selección indicado.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

En ________________________, a ____ de ___________________de 202__

El Gestor del Área de Reclutamiento,

Fdo.:___________________________

Subdelegación de Defensa en ________________

ANEXO II
Plazas del ciclo de selección número 1

Plazas correspondientes al ciclo de selección número 1 de la convocatoria de 2022 de acceso a la condición de Militar de Tropa y Marinería.

1. Fechas

1.1 Fecha límite de solicitud de citas: 24 de febrero de 2022.

1.2 Fecha de ingreso en el centro de formación: 23 de mayo de 2022.

1.3 Fecha de fin del periodo de orientación y adaptación a la vida militar: 5 de junio de 2022.

1.4 Fecha de comienzo de la fase de formación militar general: 6 de junio de 2022.

1.5 Fecha de antigüedad de incorporación a las Escalas de Tropa y Marinería: 29 de julio de 2022.

2. Factor multiplicador

Si el número de aspirantes supera en 2,5 veces las plazas ofertadas, la Comisión Permanente de Selección, conforme a la base 8.5 del anexo I, podrá establecer un factor multiplicador para la limitación del número de aspirantes para realizar la fase segunda del proceso de selección.

3. Plazas

Se publica un total de 1627 plazas distribuidas entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, según los apartados 3.1, 3.2 y 3.3 de este anexo.

3.1 Ejército de Tierra

Número de plazas ofertadas: 1147.

Plazas a las que pueden optar las personas extranjeras en concurrencia con las personas nacionales: 37 (especificadas entre paréntesis en la columna Número de Plazas).

Código Especialidad fundamental Destino durante el compromiso inicial Duración compromiso Número de plazas CFOR

Nivel de estudios

Nivel de pruebas físicas CSCE Observaciones
50001 INF / ILG TERCIO «D. JUAN DE AUSTRIA» 3 DE LA LEGIÓN – VIATOR (ALMERIA) 2 años 26 CEFOT1 3 D   5A0
50002 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «SORIA» 9 – PUERTO DEL ROSARIO (LAS PALMAS) 2 años 62 (3) CEFOT1 3 D   5A0
50003 INF / ILG RGTO.DE.INF. «GALICIA» N.º 64 DE CAZADORES DE MONTAÑA – JACA (HUESCA) 2 años 40 (2) CEFOT1 3 D   5A0
50004 INF/ILG RGTO. DE INF. «AMÉRICA» N.º 66 DE CAZADORES DE MONTAÑA – BERRIOPLANO (NAVARRA) 2 años 50 (2) CEFOT1 3 D   5A0
50005 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «NAPOLES» N.º 4 DE PARACAIDISTAS – PARACUELLOS DE JARAMA (MADRID) 2 años 90 (4) CEFOT2 3 D   5A0 5C8 5F3
50006 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «ZARAGOZA» N.º 5 DE PARACAIDISTAS – MURCIA 2 años 26 CEFOT2 3 D   5A0 5C8 5F3
50007 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «GARELLANO» 45 – MUNGUÍA (BIZKAIA) 2 años 20 CEFOT1 3 D   5A0
50008 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «PALMA» 47 – PALMA 2 años 20 CEFOT1 3 D   5A0
50009 INF / ILG GRUPO DE REGULARES DE MELILLA 52 – MELILLA 2 años 21 CEFOT1 3 D   5A0
50010 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «BARCELONA» N.º 63 – BARCELONA 2 años 20 CEFOT1 3 D   5A0
50011 INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «PRÍNCIPE» 3 – SIERO (ASTURIAS) 2 años 21 CEFOT1 3 D   5A0
50012 INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «ALCÁZAR DE TOLEDO» 61 – MADRID 2 años 20 CEFOT1 3 D   5A0
50013 INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «SABOYA» N.º 6 – BADAJOZ 2 años 57 (3) CEFOT1 3 D   5A0
50014 INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «ASTURIAS» 31 – MADRID 2 años 76 (4) CEFOT1 3 D   5A0
50015 INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 24 (1) CEFOT1 3 D   5A0
50016 INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 86 (6) CEFOT1 3 D   5A0
50017 INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CASTILLA» N.º 16 – BADAJOZ 2 años 19 CEFOT1 3 D   5A0
50018 CAB REGIMIENTO DE CABALLERÍA «LUSITANIA» N.º 8 DE PARACAIDISTAS – MARINES (VALENCIA) 2 años 25 (1) CEFOT2 3 D   5A0 5C8 5F3
50019 CAB REGIMIENTO DE CABALLERÍA «ESPAÑA» 11 – ZARAGOZA 2 años 26 (1) CEFOT1 3 D   5A0
50020 CAB GR. DE CABALLERÍA LIGERO ACORAZADO «REYES CATÓLICOS «II LEGIÓN – RONDA (MALAGA) 2 años 20 CEFOT1 3 D   5A0
50021 CAB REGIMIENTO DE CABALLERÍA «FARNESIO» N.º 12 – SANTOVENIA DE PISUERGA (VALLADOLID) 2 años 56 (3) CEFOT1 3 D   5A0
50022 CAB REG. ACORAZADO «ALCÁZAR DE TOLEDO» 61 (SANTOVENIA DE PISUERGA) – SANTOVENIA DE PISUERGA (VALLADOLID) 2 años 26 (1) CEFOT1 3 D   5A0
50023 CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 28 (2) CEFOT1 3 D   5A0
50024 CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CASTILLA» N.º 16 – BADAJOZ 2 años 15 CEFOT1 3 D   5A0
50025 CAB REGIMIENTO ACORAZADO «PAVIA»4 – ZARAGOZA 2 años 39 (2) CEFOT1 3 D   5A0
50026 ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 13 CEFOT2 3 D   5A0
50027 ART / ACA REGIMIENTO MIXTO DE ARTILLERÍA 30 – CEUTA 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
50028 ART / ACA REGIMIENTO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA 11 – CASTRILLO DEL VAL (BURGOS) 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
50029 ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA XII – MADRID 2 años 25 (1) CEFOT2 3 D   5A0
50030 ART / ACA REGIMIENTO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA 20 – ZARAGOZA 2 años 20 CEFOT2 3 D   5A0
50031 ART / AAA REGIMIENTO DE ARTILLERÍA ANTIAÉREA 73 – CARTAGENA (MURCIA) 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
50032 ART / AAA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA VI DE PARACAIDISTAS – PARACUELLOS DE JARAMA (MADRID) 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0 5C8 5F3
50033 ART / AAA REGIMIENTO MIXTO DE ARTILLERÍA 30 – CEUTA 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
50034 ART / AAA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA XII – MADRID 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
50035 ART / AAA REGIMIENTO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA 20 – ZARAGOZA 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
50036 ING REGIMIENTO DE PONTONEROS Y ESPECIALIDADES DE INGENIEROS 12 – ZARAGOZA 2 años 14 CEFOT2 3 D   5A0
50037 ING REGIMIENTO DE INGENIEROS 1 – CASTRILLO DEL VAL (BURGOS) 2 años 14 CEFOT2 3 D   5A0
50038 ING BATALLÓN DE ZAPADORES XII – MADRID 2 años 17 CEFOT2 3 D   5A0
50039 TRS BCG DE LA BRIGADA «ALMOGÁVARES» VI, DE PARACAIDISTAS – PARACUELLOS DE JARAMA (MADRID) 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0 5C8 5F3
50040 TRS REGIMIENTO DE TRANSMISIONES 1 (HUESCA) – HUESCA 2 años 21 (1) CEFOT2 3 D   5A0
50041 TRS BATALLÓN DE CG. DE LA BRIGADA «GUZMÁN EL BUENO» X – CORDOBA 2 años 6 CEFOT2 3 D   5A0
50042 TRS UNIDAD DE TRANSMISIONES DEL MAAA – MADRID 2 años 14 CEFOT2 3 D   5A0
50043 TRS BATALLÓN DE CG. DE LA BRIGADA «ARAGÓN» I – ZARAGOZA 2 años 10 CEFOT2 3 D   5A0
  Total plazas. 1147 (37)  

Observaciones y Notas:

Observaciones:

– 5A0 El C.S.C.E. Abarcará en función del puesto/destino entre nivel 6 y 9.

– 5C8 Realizarán el curso de paracaidismo en la Escuela «Méndez Parada» de Alcantarilla (Murcia).

– 5F3 En caso de no superarlo, se les aplicará la base 10.8 de la convocatoria.

Notas:

– Los destinos correspondientes a las plazas que se ofertan, tendrán una permanencia máxima de seis (6) años, conforme al artículo 22 apartado 3 del reglamento de destinos del personal militar profesional aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.

– Los seleccionados en cada uno de los códigos de plazas, cuya duración de compromiso sea de 2 años, podrán optar por un compromiso de 3 años.

– La duración de la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental será de ocho semanas para todas las especialidades fundamentales.

– El nivel de estudios 3 se corresponde con el título de graduado en educación secundaria obligatoria o sus equivalentes.

CFOR Centro de Formación:

– CEFOT1: Centro de Formación de Tropa N.º 1 Cáceres.

– CEFOT2: Centro de Formación de Tropa N.º 2 San Fernando (Cádiz).

Especialidades Fundamentales:

– INF/ILG: Infantería/Infantería Ligera.

– INF/IMZ: Infantería/Infantería Mecanizada.

– CAB: Caballería.

– ART/ACA: Artillería/Artillería de Campaña.

– ART/AAA: Artillería/Artillería Antiaérea.

– ING: Ingenieros.

– TRS: Transmisiones.

3.2 Armada

Número de plazas ofertadas: 266.

Código Especialidad fundamental Destino durante el compromiso inicial Duración compromiso Número de plazas CFOR

Nivel de estudios

Nivel de pruebas físicas CSCE Observaciones
60001 APM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 3 ESENGRA 3 C   6A6
60002 APM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN, BILBA0) - 2 años 4 ESENGRA 3 C   6A6
60003 APM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) - 2 años 10 ESENGRA 3 C   6A6
60004 APM BUQUE ESCUELA «JUAN SEBASTIAN ELCANO» - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 1 ESENGRA 3 C   6A6 6S6
60005 EPM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 8 ESCAÑO 3 C   6A6
60006 EPM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN BILBA0) - 2 años 9 ESCAÑO 3 C   6A6
60007 EPM BUQUES, UNIDADES. ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) - 2 años 20 ESCAÑO 3 C   6A6
60008 EPM BUQUE ESCUELA «JUAN SEBASTIAN ELCANO» - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 1 ESCAÑO 3 C   6A6 6S6
60009 EPM FLOTILLA DE SUBMARINOS - CARTAGENA (MURCIA) 2 años 1 ESCAÑO 3 C   6A6 662
60010 IMT TERCIO LEVANTE - CARTAGENA (MURCIA) 2 años 17 EIMGAF 3 D   6A6
60011 IMT AGRUPACIÓN MADRID - MADRID 2 años 17 EIMGAF 3 D   6A6
60012 IMT TERCIO NORTE (FERROL) - FERROL (A CORUÑA) 2 años 9 EIMGAF 3 D   6A6
60013 IMT TERCIO DE ARMADA-BRIGADA DE INFANTERIA MARINA - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 21 EIMGAF 3 D   6A6
60014 IMT TERCIO SUR - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 16 EIMGAF 3 D   6A6
60015 IMT UNIDAD DE SEGURIDAD BASE NAVAL - ROTA (CADIZ) 2 años 10 EIMGAF 3 D   6A6
60016 IMT UNIDAD DE SEGURIDAD DE CANARIAS (LAS PALMAS) -LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2 años 15 EIMGAF 3 D   6A6
60017 MNM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 8 ESENGRA 3 C   6A6
60018 MNM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN, BILBA0) - 2 años 10 ESENGRA 3 C   6A6
60019 MNM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CÁDIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) - 2 años 18 ESENGRA 3 C   6A6
60020 MNM BUQUE ESCUELA «JUAN SEBASTIAN ELCANO» - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 4 ESENGRA 3 C   6A6 6S6
60021 MUS TERCIO SUR - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 1 EIMGAF 3 D   6A6 6S7 6S4
60022 OSM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 7 ESCAÑO 3 C   6A6 6T8
60023 OSM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN, BILBA0) - 2 años 19 ESCAÑO 3 C   6A6 6T8
60024 OSM BUQUES, UNIDADES ZONA. SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CÁDIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) - 2 años 35 ESCAÑO 3 C   6A6 6T8
60025 OSM FLOTILLA DE SUBMARINOS - CARTAGENA (MURCIA) 2 años 1 ESCAÑO 3 C   6A6 662 6T8
60026 OSM BUQUES Y UNIDADES DE CANARIAS – LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2 años 1 ESCAÑO 3 C   6A6 6T8
 Total plazas. 266  

Observaciones y Notas:

Observaciones:

– 6A6 C.S.C.E. Abarcará en función del puesto/destino entre nivel 3 Y 9.

– 6S4 Instrumento: TUBA-BAJO

– 6S6 vacante sujeta superación reconocimiento médico específico Juan Sebastián Elcano. No superarlo pasarán a disposición ALPER asignación nuevo destino.

– 6S7 Vacante sujeta a lo dispuesto en el artículo 3.3.i de la convocatoria.

– 6T8 Para las vacantes especialidad fundamental OSM se deberá estar en posesión de la nacionalidad española con una antigüedad mínima de 5 años.

– 662 Deberán realizar el curso de aptitud correspondiente, de no superarlo pasarán a disposición del ALPER para asignación nuevo destino.

Notas:

– La duración de la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental será de 22 semanas para las especialidades de APM, EPM, MNM y OSM; y de 24 semanas para las especialidades de IMT y MUS.

– El nivel de estudios 3 se corresponde con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes.

CFOR Centro de Formación.

– ESCAÑO: Escuela de Especialidades «Antonio de Escaño», Ferrol (A Coruña).

– ESENGRA: Escuela de Especialidades Fundamentales E.N. La Graña, Ferrol (A Coruña).

– EIMGAF: Escuela de Infantería de Marina «General Albacete y Fuster», Cartagena (Murcia).

Especialidades fundamentales:

– OSM: Operaciones y Sistemas.

– EPM: Energía y Propulsión.

– APM: Aprovisionamiento.

– MNM: Maniobra y Navegación.

– IMT: Infantería de Marina.

– MUS: Música.

3.3 Ejército del Aire

Número de plazas ofertadas: 214.

Código Especialidad fundamental Destino durante el compromiso inicial Duración compromiso Número de plazas CFOR

Nivel de estudios

Nivel de pruebas físicas CSCE Observaciones
70001 AAD ESTADO MAYOR DEL AIRE - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72C
70002 AAD DIRECCIÓN ASUNTOS ECONÓMICOS AIRE - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70003 AAD GRUPO DE SEGURIDAD DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70004 AAD ESCUADRÓN DE AUTOMÓVILES - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.3  
70005 AAD MUSEO DE AERONÁUTICA Y ASTRONÁUTICA - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.3  
70006 AAD 43 GRUPO DE FUERZAS AÉREAS - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70007 AAD AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 6 ETESDA 3 C N.4  
70008 AAD ALA 35 - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72C
70009 AAD MAESTRANZA AÉREA DE MADRID - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70010 AAD GRUPO DE ESCUELAS DE MATACÁN - SALAMANCA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70011 AAD ESCUELA DE TÉCNICAS DE MANDO CONTROL Y TELECOMUNICACIONES - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70012 AAD GRUPO DE AUTOMÓVILES - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72R
70013 AAD GRUPO DE TRANSMISIONES - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72R
70014 AAD CENTRO LOGÍSTICO DE MATERIAL DE APOYO - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 7CL
70015 AAD ESCUADRÓN DE ZAPADORES PARACAIDISTAS - MURCIA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70016 AAD ALA 31 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72C
70017 AAD ALA 15 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72C
70018 AAD AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE ZARAGOZA - 36 meses 4 ETESDA 3 C N.4 735 72C
70019 AAD ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72R
70020 AAD JEFATURA DEL SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL AEROESPACIAL. - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70021 AAD GRUPO MÓVIL DE CONTROL AÉREO - SEVILLA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 778 72C
70022 AAD ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AÉREA NÚM. 7 - SOLLER (ILLES BALEARS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70023 AAR ALA 48 -CUATRO VIENTOS- - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70024 AAR ALA 11-MORON- - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.6  
70025 AAR ESCUADRÓN DE ZAPADORES PARACAIDISTAS - MURCIA 36 meses 2 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70026 AAR ALA 15 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70027 AAR ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70028 ACO ALA 15 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72R 72A 778 74C 74D
70029 ACO ALA 49 - PALMA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.9 735 72C 745 736 778 74C 74D
70030 ACO POLÍGONO DE TIRO DE LAS BARDENAS REALES - TUDELA (NAVARRA) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72R 72A 778 74C 74D
70031 ACO GRUPO DE ALERTA Y CONTROL - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72R 72A 778 74C 74D
70032 ACO GRUPO MÓVIL DE CONTROL AÉREO - SEVILLA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72R 72A 778 74C 74D
70033 AEL ESCUADRÓN DE ZAPADORES PARACAIDISTAS - MURCIA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70034 AEL ALA 15 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70035 AEL ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70036 AER GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70037 AER ALA 12 - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70038 AER AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6  
70039 AER ALA 48 -CUATRO VIENTOS- - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70040 AER AGRUPACIÓN DEL ACUARTELAMIENTO AÉREO DE GETAFE - (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70041 AER ALA 15 - ZARAGOZA 36 meses 2 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70042 AER ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 2 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70043 AMI ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70044 AMI GUARDIA REAL - MADRID 36 meses 4 GR 3 D N.7 735 778
70045 ASA ACADEMIA BÁSICA DEL AIRE - VALVERDE DE LA VIRGEN (LEÓN) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70046 ASA ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70047 ASA UNIDAD MEDICA AÉREA DE APOYO AL DESPLIEGUE - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 778 72R 779
70048 ASA ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70049 ASA CENTRO DE INSTRUCCIÓN DE MEDICINA AEROESPACIAL- TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70050 AVE GRUPO DE AUTOMÓVILES - GETAFE (MADRID) 36 meses 3 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70051 AVE ESCUADRÓN DE ENSEÑANZA DE AUTOMOCIÓN - GETAFE (MADRID) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.6  
70052 AVE SEGUNDO ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 72C 778
70053 AVE ESCUADRÓN DE ZAPADORES PARACAIDISTAS - MURCIA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70054 AVE ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 6 ETESDA 3 C N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70055 AVE GUARDIA REAL - MADRID 36 meses 4 GR 3 D N.7 735 778
70056 CFO AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70057 CFO ACADEMIA BÁSICA DEL AIRE - VALVERDE DE LA VIRGEN (LEÓN) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72R
70058 CFO ALA 31 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4 735 72C
70059 HOS MUSEO DE AERONÁUTICA Y ASTRONÁUTICA - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70060 HOS AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE CUATRO VIENTOS - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70061 HOS ZONA RESIDENCIAL DE LOS COGORROS - CERCEDILLA (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.3  
70062 HOS ALA 49 - PALMA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70063 HOS AGRUPACIÓN ACUARTELAMIENTO AÉREO DE EL PRAT – EL PRAT DE LLOBREGAT (BARCELONA) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.4  
70064 HOS ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AÉREA NÚM. 9 - MOTRIL (GRANADA) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70065 MUSIC AGRUPACIÓN DEL ACUARTELAMIENTO AÉREO DE GETAFE - (MADRID) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.4 7A5 7H0
70066 OES GRUPO DE TRANSMISIONES - GETAFE (MADRID) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.4 735 72R
70067 OES ESCUADRÓN DE ZAPADORES PARACAIDISTAS - MURCIA 36 meses 3 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G 72C
70068 OES ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G 72C
70069 OES ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72C
70070 OES ESCUADRILLA CAO DE MADRID - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72C 778
70071 OPA AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70072 OPA COMANDANCIA MILITAR AÉREA AEROPUERTO DE MELILLA - 36 meses 1 ETESDA 3 C N.4  
70073 OPA SEGUNDO ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.5 735 778
70074 OPA ALA 31 - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5 735 72C
70075 OPA ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70076 OPA ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70077 PFA GRUPO DE SEGURIDAD DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 4 ETESDA 3 C N.5 735 778
70078 PFA GRUPO DE SEGURIDAD DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 12 ETESDA 3 D N.7 735 778 737
70079 PFA AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 5 ETESDA 3 C N.6  
70080 PFA ALA 35 - GETAFE (MADRID) 36 meses 3 ETESDA 3 C N.6  
70081 PFA ALA 48 -CUATRO VIENTOS- - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 D N10 735 736 745 72C 74C 74L
70082 PFA AGRUPACIÓN DEL ACUARTELAMIENTO AÉREO DE GETAFE - (MADRID) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.5  
70083 PFA ESCUADRILLA DE TRANSMISIONES NUM.3 – EL ESPINAR (SEGOVIA) 36 meses 2 ETESDA 3 C N.5  
70084 PFA SEGUNDO ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 5 ETESDA 3 D N.6 735 778 72C
70085 PFA ESCUADRÓN DE ZAPADORES PARACAIDISTAS - MURCIA 36 meses 16 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70086 PFA ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO - ZARAGOZA 36 meses 19 ETESDA 3 D N.9 711 74C 735 778 7XX 74G
70087 PFA AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE ZARAGOZA - 36 meses 4 ETESDA 3 C N.6  
70088 PFA AERÓDROMO MILITAR DE POLLENSA - POLLENSA (ILLES BALEARS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70089 PFA GRUPO DE ALERTA Y CONTROL - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.6 735 72C
70090 PFA AERÓDROMO MILITAR DE LANZAROTE - SAN BARTOLOMÉ (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70091 PFA GRUPO DEL CUARTEL GENERAL DEL MACAN – LAS PALMAS DE G.C. 36 meses 1 ETESDA 3 C N.5  
70092 PFA ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AÉREA NÚM. 12 - ESPINOSA DE LOS MONTEROS (BURGOS) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.7 735 72C
70093 PFA ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AÉREA NÚM. 5 - ALCOI-ALCOY (ALICANTE) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.7 735 72C
70094 PFA ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AÉREA NÚM. 9 - MOTRIL (GRANADA) 36 meses 1 ETESDA 3 C N.7 735 72C
70095 PFA GUARDIA REAL - MADRID 36 meses 10 GR 3 D N.7 735 778
70096 SCI GRUPO DE SEGURIDAD DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70097 SCI AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 2 ETESDA 3 D N.6 735 778
70098 SCI ALA 35 - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70099 SCI MAESTRANZA AÉREA DE MADRID - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70100 SCI GRUPO DE ESCUELAS DE MATACÁN - SALAMANCA 36 meses 2 ETESDA 3 D N.6 735 778
70101 SCI ALA 37 - VILLANUBLA (VALLADOLID) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70102 SCI ALA 11-MORÓN- - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70103 SCI ALA 23 - BADAJOZ 36 meses 2 ETESDA 3 D N.6 735 778
70104 SCI ALA 14 - ALBACETE 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778 72R
70105 SCI AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE ZARAGOZA - 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70106 SCI POLÍGONO DE TIRO DE LAS BARDENAS REALES - TUDELA (NAVARRA) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70107 SCI ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 D N.6 735 778
70108 SCI GUARDIA REAL - MADRID 36 meses 2 GR 3 D N.7 735 778
 Total plazas. 214  

Observaciones y Notas:

Observaciones:

– 711 Deberán superar un curso de aptitud paracaidista.

– 735 Será de aplicación lo establecido en el punto 10.8 de la convocatoria.

– 736 Para tripulante aéreo.

– 737 Para la escuadrilla de honores.

– 745 Deberán superar reconocimiento médico en el CIMA correspondiente al grupo II.

– 778 Para permanecer en este destino deberá superarse el plan de instrucción de la unidad.

– 7XX Exigencia indistinta, tener en vigor el reconocimiento médico aeronáutico (CIMA) del grupo II o del grupo IV.

– 72A Las personas aspirantes deberán superar reconocimiento médico en el CIMA correspondiente al grupo III.

– 72C Para permanecer en este destino deberá obtener la habilitación personal de seguridad (HPS) confidencial.

– 72R Para permanecer en este destino deberá obtener la habilitación personal de seguridad (HPS) reservado.

– 74C Será de aplicación lo establecido en el punto 10.10 de la convocatoria.

– 74D Será de aplicación lo establecido en el punto 10.11 de la convocatoria.

– 74G Como paracaidista.

– 74L Deberán superar el curso de nadador/buceador.

– 7A5 Trompeta

– 7HO Vacante sujeta a lo dispuesto en la base 3.3.I).

– 7U0 para las instalaciones del CLOMA en Cuatro Vientos

Notas:

– La duración de la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental será de aproximadamente tres meses para todas las especialidades.

– El nivel de estudios 3 se corresponde con el título de graduado en educación secundaria obligatoria o sus equivalentes.

CFOR Centro de Formación:

– ETESDA: Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– G R: Centro de Formación de MTM de la Guardia Real (Madrid).

Especialidades fundamentales:

– AAD - Administración.

– AAR - Auxiliar de Mantenimiento de Armamento.

– ACO - Auxiliar de Mando y Control.

– AEL - Auxiliar de Mantenimiento de Electrónica.

– AER - Auxiliar de Mantenimiento Aeromecánico.

– AMI - Auxiliar de Mantenimiento de Infraestructuras.

– ASA - Apoyo Sanitario.

– AVE - Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos.

– CFO - Cartografía e Imagen.

– HOS - Hostelería.

– MUSIC - Música.

– OES - Operador de Equipos y Sistemas.

– OPA - Operaciones en Plataforma Aérea.

– PFA - Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.

– PFA - Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones (plazas para la Guardia Real). Formación básica: dos meses en la Guardia Real. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– SCI - Contraincendios.

4. Cuantía1 mensual en euros del componente singular del complemento específico (CSCE) para todos los códigos de plaza

 

N.1: 82,52.

N.2: 92,60.

N.3: 104,96.

N.4: 118,14.

N.5: 131,54.

N.6: 147,87.

N.7: 164,22.

N.8: 184,24.

N.9: 207,22.

N10: 231,83.

N11: 257,83.

N12: 284,79.

1 La cuantía mensual del CSCE podrá sufrir variación en virtud de futuros cambios legislativos o normativos.

5. Especialidades fundamentales correspondientes al ciclo de selección número 1 en las que se podrán encuadrar las personas extranjeras

Ejército de Tierra

– Infantería/Infantería Ligera.

– Infantería/Infantería Mecanizada.

– Caballería.

– Artillería/Artillería de Campaña.

– Transmisiones.

6. Unidades correspondientes al ciclo de selección número 1 en las que podrán ocupar destino las personas extranjeras

Ejército de Tierra

– Regimiento de Infanteria «Soria» 9.

– Rgto.de.Inf. «Galicia» n.º 64 de Cazadores de Montaña.

– Rgto. de Inf. «América» n.º 66 de Cazadores de Montaña.

– Regimiento de Infanteria «Napoles» n.º 4 de Paracaidistas.

– Regimiento de Infanteria «Saboya» n.º 6.

– Regimiento de Infanteria «Asturias» 31.

– Regimiento Acorazado «Cordoba» n.º 10.

– Regimiento de Infanteria «La Reina» n.º 2.

– Regimiento de Caballería «Lusitania» n.º 8 de Paracaidistas.

– Regimiento de Caballería «España» 11.

– Regimiento de Caballería «Farnesio» n.º 12.

– Reg. Acorazado «Alcázar de Toledo» 61 (Santovenia de Pisuerga).

– Regimiento Acorazado «Pavia» 4.

– Grupo de Artillería de Campaña XII.

– Regimiento de Transmisiones 1 (Huesca).

ANEXO III
Plazas del ciclo de selección número 1 bis

Plazas correspondientes al ciclo de selección número 1 Bis de la convocatoria de 2022 de acceso a la condición de Militar de Tropa y Marinería

1. Fechas

1.6 Fecha de inicio plazo de solicitudes: 24 de mayo de 2022.

1.7 Fecha límite de solicitud de citas: 6 de junio de 2022.

1.8 Fecha de ingreso en el centro de formación: 7 de noviembre de 2022.

1.9 Fecha de fin del periodo de orientación y adaptación a la vida militar: 21 de noviembre de 2022.

1.10 Fecha de comienzo de la fase de formación militar general: 22 de noviembre de 2022.

1.11 Fecha de antigüedad de incorporación a las Escalas de Tropa y Marinería: 31 de enero de 2023.

2. Factor multiplicador

Si el número de aspirantes supera en 2,5 veces las plazas ofertadas, la Comisión Permanente de Selección, conforme a la base 8.5 del anexo I, podrá establecer un factor multiplicador para la limitación del número de aspirantes para realizar la fase segunda del proceso de selección.

3. Plazas

Se publica un total de 173 plazas distribuidas entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, según los apartados 3.1, 3.2 y 3.3 de este anexo.

3.1 Ejército de Tierra

Número de plazas ofertadas: 92.

Código Especialidad fundamental Destino durante el compromiso inicial Duración compromiso Número de plazas CFOR

Nivel de estudios

(*)

Vacantes con baremo fase concurso diferente

Nivel de pruebas físicas CSCE Observaciones
  INF / ILG REGIMIENTO DE INFANTERIA «NAPOLES» N.º 4 DE PARACAIDISTAS – PARACUELLOS DE JARAMA (MADRID) 2 años 1 CEFOT2 3 0017 D   5A0 5C8 5F3
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 4 CEFOT1 3 0018 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0004 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0006 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0016 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0013 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0012 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0011 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO ACORAZADO «CASTILLA» N.º 16 – BADAJOZ 2 años 1 CEFOT1 3 0001 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 13 CEFOT1 3 0018 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 4 CEFOT1 3 0004 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 4 CEFOT1 3 0006 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 3 CEFOT1 3 0016 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 3 CEFOT1 3 0013 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0008 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 4 CEFOT1 3 0012 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0005 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «LA REINA» N.º 2 – CORDOBA 2 años 3 CEFOT1 3 0011 D   5A0
  INF / IMZ REGIMIENTO DE INFANTERIA «ASTURIAS» 31 – MADRID 2 años 1 CEFOT1 3 0001 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 4 CEFOT1 3 0018 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 2 CEFOT1 3 0004 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0006 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0016 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0013 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0008 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0012 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CORDOBA» N.º 10 – CORDOBA 2 años 1 CEFOT1 3 0011 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «CASTILLA» N.º 16 – BADAJOZ 2 años 1 CEFOT1 3 0017 D   5A0
  CAB REGIMIENTO ACORAZADO «PAVIA»4 – ZARAGOZA 2 años 1 CEFOT1 3 0017 D   5A0
  CAB REG. ACORAZADO «ALCÁZAR DE TOLEDO» 61 (SANTOVENIA DE PISUERGA) – SANTOVENIA DE PISUERGA (VALLADOLID) 2 años 1 CEFOT1 3 0001 D   5A0
  CAB REGIMIENTO DE CABALLERÍA «ESPAÑA» 11 – ZARAGOZA 2 años 1 CEFOT1 3 0001 D   5A0
  CAB REGIMIENTO DE CABALLERÍA «FARNESIO» N.º 12 – SANTOVENIA DE PISUERGA (VALLADOLID) 2 años 1 CEFOT1 3 0017 D   5A0
  ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 2 CEFOT2 3 0018 D   5A0
  ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 1 CEFOT2 3 0004 D   5A0
  ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 1 CEFOT2 3 0006 D   5A0
  ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 1 CEFOT2 3 0016 D   5A0
  ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 1 CEFOT2 3 0013 D   5A0
  ART / ACA GRUPO DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA X – CORDOBA 2 años 1 CEFOT2 3 0012 D   5A0
  ING BATALLÓN DE ZAPADORES XII – MADRID 2 años 2 CEFOT2 3 0003 D   5A0
  ING BATALLÓN DE ZAPADORES XII – MADRID 2 años 1 CEFOT2 3 0002 D   5A0
  ING REGIMIENTO DE INGENIEROS 1 – CASTRILLO DEL VAL (BURGOS) 2 años 3 CEFOT2 3 0003 D   5A0
  ING REGIMIENTO DE INGENIEROS 1 – CASTRILLO DEL VAL (BURGOS) 2 años 3 CEFOT2 3 0002 D   5A0
  ING REGIMIENTO DE PONTONEROS Y ESPECIALIDADES DE INGENIEROS 12 – ZARAGOZA 2 años 3 CEFOT2 3 0003 D   5A0
  ING REGIMIENTO DE PONTONEROS Y ESPECIALIDADES DE INGENIEROS 12 – ZARAGOZA 2 años 3 CEFOT2 3 0002 D   5A0
  TRS BATALLÓN DE CG. DE LA BRIGADA «GUZMÁN EL BUENO» X – CORDOBA 2 años 1 CEFOT2 3 0018 D   5A0
  TRS BATALLÓN DE CG. DE LA BRIGADA «GUZMÁN EL BUENO» X – CORDOBA 2 años 3 CEFOT2 3 0005 D   5A0
 Total plazas. 92    

Observaciones y Notas:

Observaciones:

– 5A0 El C.S.C.E. Abarcará en función del puesto/destino entre nivel 6 y 9.

– 5C8 Realizarán el curso de paracaidismo en la Escuela «Méndez Parada» de Alcantarilla (Murcia).

– 5F3 En caso de no superarlo, se les aplicará la base 10.8 de la convocatoria.

Notas:

– Los destinos correspondientes a las plazas que se ofertan, tendrán una permanencia máxima de seis (6) años, conforme al artículo 22 apartado 3 del reglamento de destinos del personal militar profesional aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.

– Los seleccionados en cada uno de los códigos de plazas, cuya duración de compromiso sea de 2 años, podrán optar por un compromiso de 3 años.

– La duración de la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental será de ocho semanas para todas las especialidades fundamentales.

– El nivel de estudios 3 se corresponde con el título de graduado en educación secundaria obligatoria o sus equivalentes.

– 0001 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Actividades Comerciales.

– 0002 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Construcción.

– 0003 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación.

– 0004 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.

– 0005 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones.

– 0006 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Mecanizado.

– 0008 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Soldadura y Calderería.

– 0011 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización.

– 0012 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones de Producción de Calor.

– 0013 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Mantenimiento Electromecánico.

– 0016 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Carrocería.

– 0017 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.

– 0018 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

CFOR Centro de Formación:

– CEFOT1: Centro de Formación de Tropa N.º 1 Cáceres.

– CEFOT2: Centro de Formación de Tropa N.º 2 San Fernando (Cádiz).

Especialidades fundamentales:

– INF/ILG: Infantería/Infantería Ligera.

– INF/IMZ: Infantería/Infantería Mecanizada.

– CAB: Caballería.

– ART/ACA: Artillería/Artillería de Campaña.

– ART/AAA: Artillería/Artillería Antiaérea.

– ING: Ingenieros.

– TRS: Transmisiones.

3.2 Armada

Número de plazas ofertadas: 38.

Código Especialidad fundamental Destino durante el compromiso inicial Duración compromiso Número de plazas CFOR

Nivel de estudios

(*)

Vacantes con baremo fase concurso diferente

Nivel de pruebas físicas CSCE Observaciones
  IMT TERCIO NORTE (FERROL) - FERROL (A CORUÑA) 2 años 1 EIMGAF 3 0017 D   6A6
  OSM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN BILBA0) 2 años 2 ESCAÑO 3 0005 C   6A6 6T8
  EPM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN BILBA0) 2 años 2 ESCAÑO 3 0004 C   6A6
  EPM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN BILBA0) 2 años 1 ESCAÑO 3 0015 C   6A6
  APM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN BILBA0) 2 años 2 ESENGRA 3 0010 C   6A6
  APM BUQUES, UNIDADES ZONA NORTE (FERROL, TUY, MARIN, SAN SEBASTIAN BILBA0) 2 años 1 ESENGRA 3 0009 C   6A6
  IMT TERCIO DE ARMADA-BRIGADA DE INFANTERIA MARINA (SAN FERNANDO) - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 2 EIMGAF 3 0017 D   6A6
  IMT TERCIO SUR (SAN FERNANDO) - SAN FERNANDO (CADIZ) 2 años 2 EIMGAF 3 0017 D   6A6
  IMT UNIDAD DE SEGURIDAD BASE NAVAL (ROTA) - ROTA (CADIZ) 2 años 1 EIMGAF 3 0017 D   6A6
  OSM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) - 2 años 3 ESCAÑO 3 0005 C   6A6 6T8
  EPM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) 2 años 2 ESCAÑO 3 0004 C   6A6
  EPM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) 2 años 2 ESCAÑO 3 0015 C   6A6
  APM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) 2 años 2 ESENGRA 3 0010 C   6A6
  APM BUQUES, UNIDADES ZONA SUR (ROTA, SAN FERNANDO, CADIZ, MALAGA, AYAMONTE, CEUTA) 2 años 2 ESENGRA 3 0009 C   6A6
  IMT TERCIO LEVANTE (CARTAGENA) - CARTAGENA (MURCIA) 2 años 2 EIMGAF 3 0017 D   6A6
  OSM FLOTILLA DE SUBMARINOS - CARTAGENA (MURCIA) 2 años 2 ESCAÑO 3 0005 C   6A6 662 6T8
  EPM FLOTILLA DE SUBMARINOS - CARTAGENA (MURCIA) 2 años 1 ESCAÑO 3 0004 C   6A6 662
  EPM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 1 ESCAÑO 3 0004 C   6A6
  EPM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 1 ESCAÑO 3 0015 C   6A6
  APM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 1 ESENGRA 3 0010 C   6A6
  APM BUQUES Y UNIDADES DE CARTAGENA - 2 años 1 ESENGRA 3 0009 C   6A6
  IMT UNIDAD DE SEGURIDAD DE CANARIAS (LAS PALMAS) – LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. 2 años 1 EIMGAF 3 0017 D   6A6
  EPM BUQUES Y UNIDADES DE CANARIAS - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. 2 años 1 ESCAÑO 3 0004 C   6A6
  IMT AGRUPACIÓN MADRID - MADRID 2 años 2 EIMGAF 3 0017 D   6A6
 Total plazas. 38  

Observaciones y Notas:

Observaciones:

– 6A6 C.S.C.E. Abarcará en función del puesto/destino entre nivel 3 Y 9.

– 6S4 Instrumento: TUBA-BAJO

– 6S6 vacante sujeta superación reconocimiento médico específico Juan Sebastián Elcano. No superarlo pasarán a disposición ALPER asignación nuevo destino.

– 6S7 Vacante sujeta a lo dispuesto en el artículo 3.3.i de la convocatoria.

– 662 Deberán realizar el curso de aptitud correspondiente, de no superarlo pasarán a disposición del ALPER para asignación nuevo destino.

– 6T8 Para las vacantes especialidad fundamental OSM se deberá estar en posesión de la nacionalidad española con una antigüedad mínima de 5 años.

Notas:

– La duración de la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental será de 22 semanas para las especialidades de APM, EPM, MNM y OSM; y de 24 semanas para las especialidades de IMT y MUS.

– El nivel de estudios 3 se corresponde con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes.

– 0004 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.

– 0005 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones.

– 0009 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Cocina y Gastronomía.

– 0010 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Servicios en Restauración.

– 0015 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones.

– 0017 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.

CFOR Centro de Formación.

– ESCAÑO: Escuela de Especialidades «Antonio de Escaño», Ferrol (A Coruña).

– ESENGRA: Escuela de Especialidades Fundamentales E.N. La Graña, Ferrol (A Coruña).

– EIMGAF: Escuela de Infantería de Marina «General Albacete y Fuster», Cartagena (Murcia).

Especialidades Fundamentales:

– OSM: Operaciones y Sistemas.

– EPM: Energía y Propulsión.

– APM: Aprovisionamiento.

– MNM: Maniobra y Navegación.

– IMT: Infantería de Marina.

– MUS: Música.

3.3 Ejército del Aire

Número de plazas ofertadas: 43.

Código Especialidad fundamental Destino durante el compromiso inicial Duración compromiso Número de plazas CFOR

Nivel de estudios

(*)

Vacantes con baremo fase concurso diferente

Nivel de pruebas físicas CSCE Observaciones
  HOS GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0009 C N.4  
  HOS AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0009 C N.4  
  HOS ZONA RESIDENCIAL DE LOS COGORROS - CERCEDILLA (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0009 C N.3  
  HOS COLEGIO MAYOR UNIVERSITARIO BARBERÁN - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0009 C N.2  
  AAD AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0019 C N.4  
  AAD AGRUPACIÓN DEL ACUARTELAMIENTO AÉREO DE GETAFE - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0019 C N.4  
  AAD MAESTRANZA AÉREA DE SEVILLA - SEVILLA 36 meses 1 ETESDA 3 0019 C N.4 735 72C
  AER MUSEO DE AERONÁUTICA Y ASTRONÁUTICA - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0007 C N.4  
  AER AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0006 C N.6  
  AER ALA 35 - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0007 C N.6 735 72C
  AER MAESTRANZA AÉREA DE MADRID - MADRID 36 meses 2 ETESDA 3 0006 C N.6  
  AER ALA 37 - VILLANUBLA (VALLADOLID) 36 meses 1 ETESDA 3 0006 C N.6  
  AER CENTRO LOGÍSTICO DE MATERIAL DE APOYO - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0006 C N.5  
  AER ALA 11-MORON- - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 1 ETESDA 3 0006 C N.6 735 72R
  AER MAESTRANZA AÉREA DE ALBACETE - ALBACETE 36 meses 1 ETESDA 3 0008 C N.5  
  AER ACADEMIA GENERAL DEL AIRE - SAN JAVIER (MURCIA) 36 meses 1 ETESDA 3 0006 C N.6  
  AER ALA 49 - PALMA 36 meses 1 ETESDA 3 0006 C N.6  
  AER ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 3 ETESDA 3 0008 C N.6  
  AMI GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0002 C N.5  
  AMI GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0012 C N.5  
  AMI CASA DEL SUBOFICIAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0014 C N.4  
  AMI ALA 35 - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0012 C N.6  
  AMI AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE CUATRO VIENTOS - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0002 C N.6  
  AMI ACADEMIA BÁSICA DEL AIRE - VALVERDE DE LA VIRGEN (LEÓN) 36 meses 1 ETESDA 3 0002 C N.5  
  AVE ALA 35 - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0017 C N.6  
  AVE AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE ZARAGOZA - ZARAGOZA 36 meses 1 ETESDA 3 0018 C N.6  
  AVE ALA 49 - PALMA 36 meses 1 ETESDA 3 0018 C N.6  
  AVE AGRUPACIÓN ACUARTELAMIENTO AÉREO DE EL PRAT - EL PRAT DE LLOBREGAT (BARCELONA) 36 meses 1 ETESDA 3 0016 C N.5  
  AVE ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 0017 C N.6  
  AEL GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0004 C N.6  
  AEL AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE TORREJÓN - TORREJÓN DE ARDOZ (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0013 C N.6  
  AEL CENTRO LOGÍSTICO DE TRANSMISIONES - GETAFE (MADRID) 36 meses 1 ETESDA 3 0004 C N.6  
  AEL ALA 11-MORON- - MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA) 36 meses 3 ETESDA 3 0013 C N.6  
  AEL ALA 46 - TELDE (LAS PALMAS) 36 meses 1 ETESDA 3 0004 C N.6  
  AEL ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AÉREA NÚM. 9 - MOTRIL (GRANADA) 36 meses 1 ETESDA 3 0004 C N.6 735 72C
  AAD GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0019 C N.4 735 72C
  AER GRUPO DE APOYO DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL - MADRID 36 meses 1 ETESDA 3 0008 C N.5  
  AVE AGRUPACIÓN ACUARTELAMIENTO AÉREO DE EL PRAT - EL PRAT DE LLOBREGAT (BARCELONA) 36 meses 1 ETESDA 3 0018 C N.5  
 Total plazas. 43  

Observaciones y Notas:

Observaciones:

– 711 Deberán superar un curso de aptitud paracaidista.

– 735 Será de aplicación lo establecido en el punto 10.8 de la convocatoria.

– 736 Para tripulante aéreo.

– 737 Para la escuadrilla de honores.

– 745 Deberán superar reconocimiento médico en el CIMA correspondiente al grupo II.

– 778 Para permanecer en este destino deberá superarse el plan de instrucción de la unidad.

– 7XX Exigencia indistinta, tener en vigor el reconocimiento médico aeronáutico (CIMA) del grupo II o del grupo IV.

– 72A Las personas aspirantes deberán superar reconocimiento médico en el CIMA correspondiente al grupo III.

– 72C Para permanecer en este destino deberá obtener la habilitación personal de seguridad (HPS) confidencial.

– 72R Para permanecer en este destino deberá obtener la habilitación personal de seguridad (HPS) reservado.

– 74C Será de aplicación lo establecido en el punto 10.10 de la convocatoria.

– 74D Será de aplicación lo establecido en el punto 10.11 de la convocatoria.

– 74G Como paracaidista.

– 74L Deberán superar el curso de nadador/buceador.

– 7A5 Trompeta.

– 7HO Vacante sujeta a lo dispuesto en la base 3.3.I).

– 7U0 para las instalaciones del CLOMA en Cuatro Vientos.

Notas:

– La duración de la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental será de aproximadamente tres meses para todas las especialidades.

– El nivel de estudios 3 se corresponde con el título de graduado en educación secundaria obligatoria o sus equivalentes.

– 0002 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Construcción.

– 0004 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.

– 0006 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Mecanizado.

– 0007 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Montaje de Estructuras e Instalación de Sistemas Aeronáuticos.

– 0008 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Soldadura y Calderería.

– 0009 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Cocina y Gastronomía.

– 0012 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalaciones de Producción de Calor.

– 0013 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Mantenimiento Electromecánico.

– 0014 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Instalación y Amueblamiento.

– 0016 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Carrocería.

– 0017 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.

– 0018 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

– 0019 Se barema con 30 puntos en la fase de concurso a quienes posean la titulación de Técnico en Gestión Administrativa.

CFOR Centro de Formación.

– ETESDA: Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– GR: Centro de Formación de MTM de la Guardia Real (Madrid).

Especialidades fundamentales:

– AAD - Administración. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas Aeronáuticas. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas Aeronáuticas.

– AAR - Auxiliar de Mantenimiento de Armamento. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas Aeronáuticas. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Academia Básica de Aire (León).

– ACO - Auxiliar de Mando y Control. Formación básica: dos meses en el ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Mando, Control y Telecomunicaciones (ETESDA) (Cuatro Vientos-Madrid).

– AEL - Auxiliar de Mantenimiento de Electrónica. Formación básica: dos meses en el ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Mando, Control y Telecomunicaciones (Cuatro Vientos-Madrid).

– AER - Auxiliar de Mantenimiento Aeromecánico. Formación básica: dos meses en el ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Academia Básica de Aire (León).

– AMI - Auxiliar de Mantenimiento de Infraestructuras. Formación básica: dos meses en el ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Academia Básica de Aire (León).

– ASA - Apoyo Sanitario. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas Aeronáuticas. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas Aeronáuticas.

– AVE - Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos. Formación básica: dos meses en el ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en el Escuadrón de Enseñanza de Automoción (Getafe-Madrid).

– CFO - Cartografía e Imagen. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas Aeronáuticas. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en el Centro Cartográfico y Fotográfico (CECAF) (Cuatro Vientos-Madrid).

– HOS - Hostelería. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– MUS - Música. Formación básica: dos meses en el ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Academia Básica de Aire (León).

– OES - Operador de Equipos y Sistemas. Formación básica: dos meses en ETESDA/Sección Departamental de Instrucción y Adiestramiento dependiente del Departamento de Instrucción y Adiestramiento de la ETESDA. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Mando, Control y Telecomunicaciones (Cuatro Vientos-Madrid).

– OPA - Operaciones en Plataforma Aérea. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– PFA - Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– PFA - Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones (plazas para la Guardia Real). Formación básica: dos meses en la Guardia Real. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

– SCI - Contraincendios. Formación básica: dos meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo. Formación específica y de especialidad fundamental: tres meses en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (Zaragoza).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/02/2022
  • Fecha de publicación: 12/02/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA, por Resolución 452/38388/2022 de 4 de octubre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-16923).

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