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De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), y a la vista de la dificultad que entraña el periodo vacacional para la resolución de los concursos general 1-G-22 y específico 1-E-22 para la provisión de puestos de trabajo convocados por este Departamento y la imposibilidad de cumplir los plazos establecidos,
Este Ministerio, resuelve declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo del plazo máximo de seis meses que señala en la base décima.1 de los concursos general y específico convocados por Resoluciones de 20 de mayo, de la Subsecretaría, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de mayo, número 127.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 27 de julio de 2022.–El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Pablo Garde Lobo.
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