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Documento BOE-A-2021-9830

Orden JUS/596/2021, de 10 de junio, por la que se nombran los Tribunales calificadores de la oposición libre para obtener el título de Notario, convocada por Resolución de 26 de enero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2021, páginas 72061 a 72062 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2021-9830

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de enero de 2021 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (BOE de 29 de enero) se convocó la oposición libre para obtener el título de Notario. En dicha Resolución se acordó la actuación de dos Tribunales calificadores de la oposición, a celebrar en el Colegio Notarial de Madrid.

En la composición de los Tribunales se ha tenido en cuenta el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

A propuesta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5, 9 y 10 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado y en la base sexta de la Resolución de 26 de enero de 2021, por la que se convoca oposición libre para obtener el título de Notario, dispongo:

Primero.

Nombrar los Tribunales calificadores de la oposición libre para la obtención del título de Notario, convocada por Resolución de 26 de enero de 2021 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que estarán compuestos por los siguientes miembros:

Tribunal número 1

Presidente: Don Juan Pérez Hereza, Notario de Madrid.

Vocales:

Doña Eva María Fernández Medina, Notaria de Madrid.

Doña Esperanza Castellanos Ruiz, Catedrática de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid.

Don Jesús Antonio Broto Cartagena, Magistrado de Primera Instancia número 60 de Madrid.

Doña Marta García de la Calzada, Abogada del Estado en la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo.

Don Ernesto Calmarza Cuencas, Registrador de la Propiedad de Algete.

Secretario: Don Joaquín Fernández-Cuervo Infiesta, Notario de Getafe.

Tribunal número 2

Presidente: Don Valerio Pérez de Madrid Carreras, Notario de Madrid.

Vocales:

Don Antonio Domínguez Mena, Notario de Madrid.

Doña Cristina de Amunátegui Rodríguez, Catedrática de Derecho Civil en la Universidad Complutense de Madrid.

Don Álvaro Echevarría Pérez, Abogado del Estado en la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Doña Susana Jiménez Bautista, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Alcalá de Henares (actualmente en comisión de servicios en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo).

Doña Belén Menéndez García, Registradora de la Propiedad de Illescas número 2.

Secretaria: Doña Teresa de Jesús Andrés Jiménez, Notaria de Villarejo de Salvanés.

Segundo.

Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de cinco de sus miembros. En ausencia del Presidente o del Secretario, hará sus veces el vocal notario. Si el Tribunal se hubiera constituido con varios notarios, la ausencia del Presidente se cubrirá por el Secretario, y la de éste, por un vocal registrador.

Tercero.

Todas las dudas y cuestiones que se presenten durante la práctica de los ejercicios de oposición serán resueltas por el Tribunal. Si no hubiera unanimidad, prevalecerá el criterio de la mayoría y, en caso de empate, decidirá el voto del Presidente.

Cuarto.

Este Tribunal estará clasificado en la categoría prevista en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de mayo de 2002).

Quinto.

Contra esta orden se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 10 de junio de 2021.–El Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/06/2021
  • Fecha de publicación: 14/06/2021
Referencias anteriores
  • PUBLICA los Tribunales calificadores de la oposición convocada por Resolución de 26 de enero de 2021 (Ref. BOE-A-2021-1300).

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