Contingut no disponible en valencià
En ejecución de la Resolución 48/2021, de 30 de abril, por la que se estiman varios recursos de reposición presentados contra la Resolución de 23 de diciembre de 2020, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala de Ayudantes de Archivos y Biblioteca de la Universidad de Oviedo, publicada en el BOE de fecha 22 de enero de 2021 y en el BOPA de 26 de enero de 2021, el Rector de la Universidad de Oviedo, al amparo de lo dispuesto en los arts. 60 x) y 110.2 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, resuelve:
Anular la base 3.5.3 de la convocatoria y los apartados 1.1 (fase de concurso) y 2 (valoración de la fase de concurso) del anexo I de la Resolución, cuya redacción pasa a ser la siguiente:
«Base 3.5.3. Certificación acreditativa de los servicios prestados en la Universidad de Oviedo o en otra Administración Pública como funcionarios de la Escala de Ayudantes de Archivos y Biblioteca (Grupo A, Subgrupo A2) o como personal laboral en una categoría profesional de Biblioteca, de Grupo retributivo equivalente y de contenido sustancialmente coincidente con el de las plazas convocadas.
Anexo I de la Resolución de 23 de diciembre de 2020:
Apartado 1.1. Fase de concurso: No tendrá carácter eliminatorio. Se valorarán, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, los servicios prestados en la Universidad de Oviedo o en otra Administración Pública como funcionarios de la Escala de Ayudantes de Archivos y Biblioteca (Grupo A, Subgrupo A2) o como personal laboral en una categoría profesional de Biblioteca, de Grupo retributivo equivalente y de contenido sustancialmente coincidente con el de las plazas convocadas.
Apartado 2. Valoración de la fase de concurso:
En la fase de concurso se valorarán los servicios prestados en la Universidad de Oviedo o en otra Administración Pública como funcionarios de la Escala de Ayudantes de Archivos y Biblioteca (Grupo A, Subgrupo A2) o como personal laboral en una categoría profesional de Biblioteca, de Grupo retributivo equivalente y de contenido sustancialmente coincidente con el de las plazas convocadas, hasta un máximo de 14,00004 puntos, a razón de 0,38889 puntos por mes de servicios.»
Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes en los términos establecidos en las bases de la convocatoria a partir de la publicación de esta Resolución. A efectos de valoración de méritos, la fecha de cierre será la de finalización del primer plazo de presentación de instancias.
Mantener todas las actuaciones realizadas por el Tribunal hasta la fecha, sin que sea necesario que los aspirantes ya admitidos en el proceso presenten una nueva instancia, y ello sin perjuicio de la posibilidad de aportar nueva documentación a la vista de la modificación producida en las bases de la convocatoria.
Advertir a los interesados que contra la presente Resolución, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, a tenor de lo dispuesto en los arts. 110.1 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, 26 de mayo de 2021.–El Rector, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid