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Documento BOE-A-2021-8571

Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2021, páginas 62740 a 62766 (27 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-8571

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 184 de 31 de julio de 2018), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, y en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 2 de abril de 2019) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso, por los sistemas de ingreso libre y promoción interna, al Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020.

Esta convocatoria, a fin de facilitar el acceso a la información, figurará en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, y en el apartado «Empleo público» del portal del Ministerio de Cultura y Deporte: [http://www.culturaydeporte.gob.es], y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Los procesos selectivos previstos en esta Resolución se rigen por la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, («Boletín Oficial del Estado» núm. 174, del 22 de julio) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, y se desarrollarán de acuerdo con las siguientes

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 45 plazas correspondientes a la oferta de empleo público de 2018 del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305, 41 por el sistema de ingreso libre y 4 plazas por el sistema de promoción interna de las comprendidas en los Anexos I y V del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, en los Ministerios de Cultura y Deporte, Defensa y Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Las plazas correspondientes al sistema de ingreso libre son para su cobertura en el Ministerio de Cultura y Deporte, Ministerio de Defensa y Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Del total de plazas correspondientes al sistema general de ingreso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

1.2 Igualmente, se convocan 41 plazas correspondientes a la oferta de empleo público de 2019 del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305, por el sistema de ingreso libre y 2 plazas por el sistema de promoción interna de las comprendidas en los Anexos I y VI del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, en los Ministerios de Cultura y Deporte, Defensa, Ciencia e Innovación y Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Las plazas correspondientes al sistema de ingreso libre son para su cobertura en el Ministerio de Cultura y Deporte, Defensa y Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Del total de plazas correspondientes al sistema general de ingreso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

1.3 Podrá participar en este proceso selectivo, en el turno de promoción interna, el personal laboral fijo encuadrado en el Anexo II del IV CUAGE en los términos indicados en el apartado 6 relativo a los requisitos de participación, así como el personal laboral fijo de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, en los términos señalados en el mismo apartado 6.

1.4 Los aspirantes que soliciten participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, y en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, si las plazas reservadas para personas con discapacidad por ingreso libre quedasen desiertas, no se podrán acumular a las del turno general.

En el supuesto de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias (ingreso libre o promoción interna).

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de ingreso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso, en su caso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente.

3. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «B», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública, de 21 de julio de 2020 («Boletín Oficial del Estado» núm. 201, del 24 de julio).

Según lo establecido por las Ofertas de Empleo Público de los años 2018 y 2019, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición será de doce meses.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Subsecretaria de este Departamento dictará una resolución en el plazo máximo de un mes, por la que declara aprobada la lista de admitidos y excluidos. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación este proceso selectivo, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 11, se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en la base específica 11, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

4. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el Anexo II a esta convocatoria.

5. Titulación

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.

6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las bases comunes, deberán cumplir también, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes:

Pertenencia a Cuerpo o categoría profesional:

Personal funcionario de carrera: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): Personal laboral fijo: pertenecer como personal laboral fijo al grupo 1G-ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, del Anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrolle funciones de dirección y coordinación de procesos de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y museos o instituciones análogas.

Antigüedad:

Personal funcionario de carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Personal laboral fijo: Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G-ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, del Anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.

También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando las funciones que se señalan en el apartado precedente de esta misma base.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, mediante el certificado de discapacidad y habrán de expresarlo en el modelo de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, realizando la petición en el modelo de solicitud de participación en la convocatoria y debiendo aportar la documentación referida en la base específica 8.9.a) de la presente convocatoria.

El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes. También aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para ello será necesaria la aportación del dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.

7.3 En cumplimiento del artículo 3.8 del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, y del artículo 3.9 del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019, a las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad, en los ejercicios que superen con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima, se les conservará la puntuación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si los aspirantes optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en aquel en la convocatoria inmediata anterior.

8. Solicitudes

8.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, que prevé la obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado, las personas que participen en el presente proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos exclusivamente a través de medios electrónicos. La presentación de la instancia se realizará por vía electrónica a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, http://administracion.gob.es/PAG/ips, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.

Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS: DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve Permanente y Cl@ve Ocasional (Cl@ve Pin).

8.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma, así como la falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen o de encontrarse exento del mismo, determinará la exclusión del aspirante.

8.3 Los interesados dispondrán de un plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

8.4 Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio), por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa indicada en el apartado 9 de la presente base específica salvo si el interesado consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.

8.5 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.

8.6 Los aspirantes sólo podrán presentar una solicitud por cada uno de los procesos selectivos convocados. Igualmente, quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con discapacidad (CRD), únicamente podrán presentar una solicitud por este cupo. La presentación de más de una solicitud en los procesos selectivos será causa de exclusión.

8.7 Cumplimentación de solicitudes:

La inscripción se cumplimentará y se presentará por vía electrónica en el modelo 790 de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y liquidación de tasas de derechos de examen, según las siguientes instrucciones:

Los interesados realizarán su inscripción on line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips).

Para ello, seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación electrónica permitirá lo siguiente:

– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.

– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

– El pago electrónico de tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.

– La subsanación, en su caso, de la solicitud en el plazo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, bien completando o modificando los datos que fueran erróneos, bien adjuntando a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: cau.060@correo.gob.es.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el apartado 9 de la presente base específica si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».

En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Cultura y Deporte. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

8.8 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV de la presente convocatoria.

8.9 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no constar el consentimiento para el acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se deberá solicitar por el interesado en la oficina de los servicios públicos de empleo. En ella deberá constar que se cumplen los requisitos señalados y debe ser presentada por el interesado junto con el resto de la documentación. En cuanto a la acreditación de las rentas, en caso de no constar el consentimiento para el acceso, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta, que deberá aportar el interesado.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID y, siempre que no conste oposición expresa del interesado al acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos, manifestada en la solicitud.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

8.10 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

8.11 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:

a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

b) Los aspirantes extranjeros incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.

c) Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

8.12 En cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, los datos serán incorporados al tratamiento denominado «Recursos Humanos» cuyo responsable es la Subsecretaría de Cultura y Deporte. Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de gestionar las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello.

Los aspirantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos personales, cuando procedan, en la sede electrónica del Ministerio, presencialmente en las oficinas de registro o por correo postal.

Se puede consultar la información adicional sobre protección de datos en el portal del Ministerio de Cultura y Deporte (https://www.culturaydeporte.gob.es), apartado «Servicios al ciudadano > Protección de datos > Transparencia e Información».

9. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

10. Tribunal

10.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

10.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

10.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

10.4 En los supuestos de llamamiento único, los opositores que no comparezcan a realizarlos decaerán en su derecho, salvo los casos de fuerza mayor fehacientemente justificados. Dichos casos de fuerza mayor serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer –en tal circunstancia– la realización de una única convocatoria extraordinaria en la fecha que él determine.

10.5 La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios constituye el órgano de apoyo al tribunal calificador en la organización y ejecución de este proceso selectivo.

10.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.

11. Relaciones con la ciudadanía

11.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Museos Estatales, Plaza del Rey n.º 1, 28004-Madrid. Teléfono: 91 701 70 00, ext.: 32542. Dirección de correo electrónico: personal.sgme@cultura.gob.es.

11.2 A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte (https://www.culturaydeporte.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/empleo-publico/personal-funcionario.html) y en la página web del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es).

12. Declaración responsable

En la participación del presente proceso selectivo tanto aspirantes como miembros del Tribunal y asesores técnicos y personal colaborador se responsabilizan y asumen, desde el punto de vista de su propia actuación personal, las medidas higiénicas y sanitarias a cumplir. Conforme a ello, todos los aspirantes, miembros del Tribunal, asesores técnicos y personal colaborador de este proceso selectivo, deberán presentar una declaración responsable prevista en el Anexo IV de las presente Bases, en la que se acredite conocer y aceptar las medidas de salud pública vigentes al respecto.

13. Lista de candidatos

De acuerdo con el artículo 3.18 del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2018, y con el artículo 3.19 del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral, nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal de 17 de noviembre de 2010, los Tribunales podrán elaborar una lista de candidatos en el proceso selectivo por ingreso libre.

En esta lista figurarían aquellos candidatos que, habiendo participado en el presente proceso selectivo por el turno de ingreso libre, y no habiéndolo superado, sí hubieren obtenido la puntuación que el Tribunal considere suficiente. La lista se ordenará en función de la puntuación obtenida.

La lista así confeccionada tendría validez hasta la publicación de la nueva lista de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.

Para poder formar parte de la lista, los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente convocatoria.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se haría público en la página web del Ministerio convocante.

14. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá imponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 7 de mayo de 2021.–La Subsecretaria de Cultura y Deporte, Andrea Gavela Llopis.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

1.1 Primer ejercicio.

Turno libre:

Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de un tema general de carácter cultural, a escoger por el opositor entre dos elaborados y libremente propuestos por el Tribunal, cuyo contenido estará relacionado con las materias del Grupo «Museología y Gestión Cultural» del Anexo II de esta convocatoria. Para la realización de esta parte del ejercicio el Tribunal podrá aportar a los opositores la documentación que estime necesaria para el desarrollo del mismo.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito del tema general de esta parte será de dos horas.

La segunda parte consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de un tema correspondiente al grupo de «Legislación» del Anexo II escogido por el opositor entre los dos sorteados por el Tribunal en presencia de los aspirantes.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito del tema de esta parte será de una hora y media.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los conocimientos, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento de los temas, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de quince minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: la primera parte se calificará de 0 a 17 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 8,5 puntos. La segunda parte se calificará de 0 a 13 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 6,5 puntos. La puntuación máxima del ejercicio será de 30 puntos, debiéndose obtener una mínima de 15 puntos para superarlo.

Turno de promoción interna:

Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de un tema general de carácter cultural, a escoger por el opositor entre dos elaborados y libremente propuestos por el Tribunal, cuyo contenido estará relacionado con las materias del grupo «Museología y Gestión Cultural» del Anexo II de esta convocatoria. Para la realización de esta parte del ejercicio el Tribunal podrá aportar a los opositores la documentación que estime necesaria para el desarrollo del mismo.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de dos horas.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los conocimientos, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento del tema, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre el tema expuesto por un tiempo máximo de diez minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 15 puntos.

A los aspirantes, tanto de ingreso libre como de promoción interna, que obtengan en este ejercicio una calificación superior al 80 por ciento de la calificación máxima prevista, se les conservará para la convocatoria inmediata siguiente la calificación obtenida, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean idénticos.

1.2 Segundo ejercicio.

Turno libre:

Consistirá en la exposición oral en idioma castellano ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto durante un tiempo no superior a cuarenta y cinco minutos tres temas. Para la elección de estos temas se seguirá el siguiente proceso:

En primer lugar, se extraerán al azar en presencia del Tribunal, tres grupos de temas de entre los cuatro bloques incluidos en Anexo II, apartado B «Temas específicos» del programa de esta convocatoria: «1) Museos y Colecciones», «2) Patrimonio artístico, científico-técnico y militar», «3) Patrimonio arqueológico», «4) Patrimonio antropológico y artes decorativas».

En segundo lugar, se extraerán al azar en presencia del Tribunal, dos temas de cada uno de los tres grupos seleccionados en el sorteo descrito anteriormente. El aspirante elegirá tres temas para su exposición, uno por cada bloque. El orden de su exposición seguirá la numeración dada a los bloques del párrafo anterior.

El aspirante dispondrá de veinte minutos para la preparación de este ejercicio, sin posibilidad de consultar ningún tipo de documentación. Durante la exposición podrá utilizar el guion que, en su caso, haya realizado durante el referido tiempo de preparación.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento, así como el orden de la exposición y la claridad en la expresión. Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de quince minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de 0 a 12 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 6 puntos. La puntuación máxima será de 36 puntos debiéndose obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

Turno de promoción interna:

Consistirá en la exposición oral en idioma castellano ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto, durante un tiempo no superior a cuarenta y cinco minutos, de tres temas.

En primer lugar, se extraerán al azar en presencia del Tribunal, tres grupos de temas de entre los cuatro bloques incluidos Anexo II, apartado B «Temas específicos» del programa de esta convocatoria: «1) Museos y Colecciones», «2) Patrimonio artístico, científico-técnico y militar», «3) Patrimonio arqueológico», «4) Patrimonio antropológico y artes decorativas».

En segundo lugar, se extraerán al azar en presencia del Tribunal, dos temas de cada uno de los tres grupos seleccionados en el sorteo descrito anteriormente. El aspirante elegirá tres de los seis temas extraídos, independientemente del grupo de temas al que pertenezcan.

El aspirante dispondrá de veinte minutos para la preparación de este ejercicio, sin posibilidad de consultar ningún tipo de documentación. Durante la exposición podrá utilizar el guion que, en su caso, haya realizado durante el referido tiempo de preparación.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento, así como el orden de la exposición y la claridad en la expresión. Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de quince minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de 0 a 12 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 6 puntos. La puntuación máxima será de 36 puntos debiéndose obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

1.3 Tercer ejercicio.

Turno libre y promoción interna:

Consistirá en una prueba dividida en dos partes sobre el idioma extranjero escogido por el aspirante entre los siguientes: alemán, francés, inglés, italiano y portugués.

En la primera parte, el aspirante deberá realizar la traducción directa, por escrito, en castellano, de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal, para lo cual dispondrá de una hora. Para la realización de esta parte del ejercicio los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.

En la segunda parte, se realizará por escrito el resumen en castellano de un texto profesional, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido por el aspirante, para lo cual dispondrá de una hora y media. En esta segunda parte del ejercicio no se permitirá la utilización de diccionario.

Ambas partes serán posteriormente leídas ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal valorará el conocimiento del idioma escogido, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano. Concluida la exposición, el Tribunal dispondrá de un periodo máximo de quince minutos para dialogar con el aspirante en la lengua elegida para la realización de la prueba correspondiente. Se valorará la fluidez, la claridad en la exposición, la riqueza de vocabulario y la pronunciación.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25 B) del modelo de solicitud para participar en la convocatoria.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 7,5 puntos. En este ejercicio el Tribunal deberá estar asistido por uno o más asesores especialistas de idiomas.

1.4 Cuarto ejercicio.

Turno libre:

Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con los temas 1.7 a 1.27 del temario de «Legislación», y temario de «Museología y Gestión Cultural» del apartado A «Temas generales» y el apartado B «Temas específicos» del programa que figura como Anexo II a esta convocatoria.

El aspirante podrá utilizar únicamente los materiales puestos a disposición de los opositores por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

La segunda parte consistirá en la catalogación de cinco piezas elegidas por el opositor de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas en apartado B «Temas específicos» del programa del Anexo II de esta convocatoria (tres de «Patrimonio artístico y científico-técnico», tres de «Patrimonio arqueológico e histórico-militar» y tres de «Patrimonio antropológico y artes decorativas») teniendo el opositor que elegir, al menos, una de cada especialidad.

El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

Ambas partes del ejercicio deberán ser leídas posteriormente ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio durante un periodo máximo de veinte minutos.

Calificación: La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 12,5 puntos. En la segunda parte la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 4 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 10 puntos.

La puntuación máxima del ejercicio será de 45 puntos, debiéndose obtener una mínima de 22,5 puntos para superarlo.

Turno de promoción interna:

Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con los temas 1.7 a 1.27 del temario de «Legislación», y temario de «Museología y Gestión Cultural» del apartado A. «Temas generales» y el apartado B. «Temas específicos» del programa que figura como Anexo II a esta convocatoria. El aspirante podrá utilizar únicamente los materiales puestos a disposición de los opositores por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

La segunda parte consistirá en la catalogación de cuatro piezas elegidas por el opositor de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas en el Apartado B «Temas específicos» del programa del Anexo II de esta convocatoria (tres de «Patrimonio artístico, científico-técnico y militar», tres de «Patrimonio arqueológico» y tres de «Patrimonio antropológico y artes decorativas») teniendo el opositor que elegir, al menos, una de cada especialidad.

El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora y media. Ambas partes del ejercicio deberán ser leídas posteriormente ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio durante un periodo máximo de quince minutos.

Calificación: La primera parte se calificará de 0 a 25 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 12,5 puntos. En la segunda parte la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 10 puntos. La puntuación máxima del ejercicio será de 45 puntos, debiéndose obtener una mínima de 22,5 puntos para superarlo.

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso.

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes, habiendo participado por el sistema de promoción interna, hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 23 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»:

2.1 Personal funcionario de carrera.

2.1.1 Antigüedad.

Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgará la siguiente puntuación:

Un año: 1 punto.

Dos años: 1,5 puntos.

Tres años: 2 puntos.

Cuatro años: 2,5 puntos.

Cinco años o más: 3 puntos.

2.1.2 Grado personal consolidado.

Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:

Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 puntos.

2.1.3 Trabajo desarrollado.

Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» como funcionario del subgrupo A2, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 8 puntos:

Hasta el nivel 18 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,50 puntos.

Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo A2.

A los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso.

Asimismo, se otorgarán 3 puntos a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros Organismos no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General del Estado.

2.1.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.1.5 Cursos de formación.

La superación o impartición, en los últimos cinco años, de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 15 horas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición, siempre que no figuren reseñados en el Anexo VI que se cita a continuación.

La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como Anexo VI a esta convocatoria.

2.2 Personal laboral fijo.

2.2.1 Antigüedad.

Por los servicios efectivos prestados en la Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:

1 año: 1 punto.

2 años: 1,5 puntos.

3 años: 2 puntos.

4 años: 2,5 puntos.

5 años o más: 3 puntos.

2.2.2 Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal laboral fijo: 4 puntos.

2.2.3 Trabajo desarrollado.

Por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G-ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, del Anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado se otorgará la siguiente puntuación:

Un punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 8 puntos.

Se otorgará la misma puntuación por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones de las que se reseñan en la base específica número 6 de la presente convocatoria

2.2.4 Experiencia realizando, con carácter interino o temporal, funciones propias del Cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.2.5 Cursos de formación.

La superación o impartición, en los últimos cinco años, de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos acreditados por el trabajador, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 15 horas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición, siempre que no figuren reseñados en el Anexo VII que se cita a continuación.

La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como Anexo VII a esta convocatoria.

3. Curso Selectivo.

El curso selectivo será organizado por la Secretaría General de Cultura y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo convocado. El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan. El curso selectivo será de hasta seis meses de duración. Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Secretaría General de Cultura, como período de prácticas. Dicha estancia podrá realizarse en Unidades de la Secretaría General de Cultura, en organismos adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.

La Secretaría General de Cultura, designará una Comisión de Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo incorporándose al que tuviese lugar con las pruebas selectivas de igual carácter inmediatamente posteriores, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

4. Calificación final.

Para los aspirantes por ingreso libre que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición.

Para los aspirantes por promoción interna que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

En unos y otros, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo al siguiente criterio:

1. Mayor puntuación en el cuarto ejercicio.

2. Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

3. Mayor puntuación en el primer ejercicio.

4. Mayor puntuación en el tercero ejercicio.

No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II
Programa

A. Temas generales

1. Legislación

1.1 La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Estructura. Principios Constitucionales y Valores Superiores. Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Su protección y garantía.

1.2 La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

1.3 La Corona en la Constitución de 1978. Las Cortes Generales. Democracia directa y representativa.

1.4 El Gobierno: formación, composición, funciones y responsabilidad. La Administración Pública: principios constitucionales informadores de su actuación.

1.5 El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.

1.6 La organización territorial del Estado en la Constitución de 1978: Comunidades Autónomas y Administración Local.

1.7 La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. La Ley del Gobierno.

1.8 La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los derechos de los ciudadanos en la Ley. El Procedimiento administrativo común: concepto, naturaleza, caracteres y fases.

1.9 Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

1.10 Políticas de integración de las personas con discapacidad. Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

1.11 La ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su estatuto. Funciones.

1.12 La ética pública. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades.

1.13 El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Acceso al empleo público y formas de provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.

1.14 El contrato: concepto y clases. Elementos de los contratos. El préstamo. El comodato. El depósito. El seguro.

1.15 La Ley de Contratos del Sector Público. Tipos contractuales. Preparación de los contratos. Procedimiento de adjudicación. Efectos, cumplimiento y extinción.

1.16 Los Presupuestos Generales del Estado. Características y estructura. El Presupuesto como instrumento de planificación. Procedimiento de elaboración de los presupuestos. Principales capítulos presupuestarios. Ejecución presupuestaria. Modificaciones presupuestarias. Control presupuestario.

1.17 La Constitución de 1978 y la cultura. El reparto competencial en materia de cultura. La legislación estatal sobre patrimonio histórico: antecedentes y normativa actual.

1.18 Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos por España. Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión Europea.

1.19 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.

1.20 Tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional. Importación y exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedades de los bienes culturales.

1.21 Tráfico ilícito de bienes culturales. Normativa y métodos operativos de protección. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del patrimonio histórico.

1.22 Modos de adquisición de bienes culturales por las administraciones públicas.

1.23 Las medidas de fomento del patrimonio histórico español según la legislación vigente. El patrocinio y el mecenazgo: concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del Estado.

1.24 Normativa estatal en materia de museos. El Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos y otra normativa reguladora.

1.25 La normativa estatal y autonómica actual en materia de patrimonio histórico y de museos: análisis comparado.

1.26 Normativa sobre propiedad intelectual. Los museos y la propiedad intelectual.

1.27 El Ministerio de Cultura y Deporte. Organización, competencias, organismos y políticas públicas en materia de cultura, patrimonio y museos.

2. Museología y Gestión Cultural

2.1 La noción de patrimonio, sus revisiones y ampliaciones: del patrimonio histórico artístico a su significación actual. Valor, musealización, gestión y uso.

2.2 El concepto de museo: origen, evolución y actualidad de una institución cultural. El papel del museo en la construcción de identidades.

2.3 Museología. Definición y evolución. Corrientes teóricas actuales.

2.4 Organismos, centros y asociaciones nacionales e internacionales en el ámbito de los museos.

2.5 Historia del museo en España. Su nacimiento y etapas fundamentales en los siglos XIX y XX. Rasgos específicos y contexto europeo.

2.6 Panorama contemporáneo de los museos en España. Titularidad y gestión. Expansión numérica y pluralismo tipológico. El museo y los hábitos culturales.

2.7 La planificación en la gestión de las instituciones museísticas. La planificación estratégica y operativa. Herramientas de planificación.

2.8 Modelos de organización, gestión y financiación en los museos. La gestión de calidad en las instituciones museísticas.

2.9 La participación de la sociedad civil en el museo. La colaboración público-privada. Modelos y perspectivas.

2.10 La política de incremento de colecciones: planificación y criterios. La función del museo en la valoración y peritaje de bienes culturales: criterios, deontología y supuestos de aplicación.

2.11 El coleccionismo privado en España. El mercado de bienes culturales en la actualidad.

2.12 Criterios y condicionantes para la definición del sistema de documentación en el museo. Técnicas y procedimientos documentales en la gestión de las colecciones.

2.13 La investigación en el museo: objetivos y ámbitos de actuación. El papel de los museos en el espacio europeo de investigación y en la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

2.14 La conservación preventiva en el museo. Condiciones ambientales, factores de alteración y criterios de conservación de los bienes culturales.

2.15 Almacenamiento, manipulación, embalaje y transporte de bienes culturales en el museo. Criterios y sistemas.

2.16 La restauración de bienes culturales. Evolución histórica y criterios actuales.

2.17 La arquitectura de los museos. Historia y tendencias actuales. La Integración del museo en el entorno: factores sociales, económicos y culturales.

2.18 La concepción espacial del museo. Sus áreas y características. Bases para el programa arquitectónico.

2.19 Concepción y desarrollo de la exposición permanente. Relato y estrategias comunicativas.

2.20 Técnicas y recursos del montaje expositivo. Tendencias actuales en museografía.

2.21 Exposiciones temporales: definición, comisariado, gestión y organización. El papel de las exposiciones temporales en la estrategia del museo.

2.22 El turismo cultural en España. Características, agentes y desafíos. Los museos y el turismo cultural.

2.23 El público en el museo. Métodos y ámbitos de investigación. Resultados y aplicaciones en la formulación de las políticas de público.

2.24 El museo como espacio de aprendizaje. La mediación cultural. El museo como agente de cambio social y desarrollo.

2.25 Marketing cultural en los museos. Planteamientos estratégicos. Objetivos y ámbitos de actuación. El mercado cultural. Productos y servicios culturales. La comunicación: marca, posicionamiento y herramientas.

2.26 El museo en su dimensión digital: usuarios y modos de relación. Recursos digitales para la gestión del conocimiento en los museos.

2.27 La comunicación pública en los museos: principios, estrategias y herramientas para la proyección de las instituciones culturales.

2.28 Los profesionales de museos en España: evolución y situación actual. Perfiles profesionales.

2.29 La ética en las instituciones museísticas. Aspectos definidores de una teoría y práctica profesional.

2.30 Criterios para la planificación de la seguridad en el museo: del análisis de riesgos a los planes de emergencia.

2.31 La perspectiva de género en la interpretación del patrimonio y en los museos: objetivos y análisis desde una visión transversal.

2.32 El museo en la sociedad actual. Dinámicas sociales, sostenibilidad y accesibilidad. La Agenda 2030.

2.33 Agentes e instituciones españolas responsables de la promoción y cooperación cultural en el exterior. Los programas Iber en los museos.

2.34 Economía de la cultura en España. Las industrias culturales y creativas: análisis y retos del sector. La cuenta satélite de la cultura. El papel de los museos.

2.35 Estadísticas e indicadores culturales en España: definición, características y principales resultados. Sociología del ocio y la cultura: prácticas y hábitos en la población española. Resultados de los museos españoles.

B. Temas específicos

1. Museos y Colecciones

1. El Museo Nacional del Prado: historia y formación de sus colecciones.

2. El Museo Nacional de Escultura: historia, sus colecciones y sus sedes.

3. El marqués de la Vega Inclán y la creación del Museo del Greco, el Museo del Romanticismo y el Museo Casa de Cervantes.

4. Museos de artista: la tradición europea y principales ejemplos españoles. El caso del Museo Sorolla.

5. Museos de coleccionista: historia y formación de las colecciones del Museo Cerralbo y el Museo Nacional de Cerámica y de las Artes Suntuarias «González Martí».

6. Los museos de arte contemporáneo en España. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: historia y formación de sus colecciones.

7. El Museo Arqueológico Nacional: historia y formación de colecciones.

8. El Museo Nacional de Arte Romano: historia y formación de colecciones.

9. El Museo de Altamira: la protección y gestión de un bien Patrimonio Mundial.

10. La protección e investigación del patrimonio subacuático en España. El Museo Nacional de Arqueología Subacuática. ARQUA.

11. El Museo Sefardí: historia y formación de sus colecciones.

12. El Museo Nacional de Antropología: Historia y formación de sus colecciones.

13. El Museo del Traje. CIPE (Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico): historia y formación de sus colecciones.

14. El Museo de América: historia y formación de colecciones. Sus relaciones culturales con América. El americanismo en la museología española.

15. El Museo Nacional de Artes Decorativas: historia y formación de sus colecciones.

16. El Museo Nacional de Ciencias Naturales y el Museo Nacional de Ciencia y Tecnología: historia y formación de colecciones.

17. Historia y formación de colecciones de los principales museos militares en España.

18. El Patrimonio Nacional: especificidad institucional y ámbito de acción.

2. Patrimonio Artístico, Científico-Técnico y Militar

1. La historia del arte como disciplina. Desde el positivismo a la renovación teórica y metodológica en el siglo XX. Las tendencias interdisciplinares. Usos históricos de la obra de arte.

2. Las colecciones reales españolas. Formación y evolución a lo largo de la historia.

3. Las artes figurativas en la Edad Media. El medievo religioso: el culto de las imágenes y los orígenes de la iconografía cristiana. El medievo profano: de la iconografía caballeresca a los bestiarios.

4. Las artes plásticas de los Países Bajos en el siglo XV. Los primitivos flamencos. Su presencia en España: las relaciones socio-culturales y los principales artistas.

5. La escultura española en el siglo XVI. Su inserción en la cultura artística internacional: entre el gusto flamenco y el gusto italiano. La diversidad tipológica. Escultores destacados.

6. El Greco. Formación pictórica y teórica, la experiencia italiana, su etapa de madurez en España. El Greco y el manierismo. Su descubrimiento en el siglo XX.

7. Velázquez. Vida y Obra. Su influencia en la Corte y en la pintura posterior.

8. La pintura barroca. Principios teóricos, temas dominantes y recursos formales. Auge del retrato y aparición de nuevos géneros. Los maestros de la pintura barroca en España.

9. El barroco escultórico religioso. La imagen devocional al servicio de la Contrarreforma en España. Tipologías escultóricas, focos nacionales y grandes maestros.

10. El desarrollo del arte en los virreinatos americanos: circulación y creación de modelos y técnicas a través de las colecciones españolas.

11. Goya: su contexto y su significado histórico. La etapa cortesana y popular. Goya y la Ilustración. Las obras de la guerra y el exilio. Goya, anticipador de la pintura contemporánea.

12. El movimiento romántico europeo y su marco socio-cultural. La visión romántica de España.

13. Pintura y Escultura española del Siglo XIX. Grandes géneros y principales autores.

14. Las artes gráficas. El dibujo: su naturaleza y función en relación con las otras artes. El grabado: su función artística y social. Dibujo y grabado en España entre los siglos XVI y XVIII.

15. La fotografía: significado y efectos de su invención. Documentalismo y denuncia social. Los experimentalismos artísticos del siglo XX. Grandes fotógrafos en España. La fotografía como arte en la actualidad.

16. El arte de vanguardia en el primer tercio del siglo XX. Sus principios estéticos. La pluralidad de corrientes: del cubismo a los surrealistas. La contribución de los artistas españoles.

17. Picasso. Formación y contexto histórico. Sus etapas creativas. Su proyección internacional.

18. Las artes en la segunda mitad del siglo XX. Corrientes informalistas en los años 50 y la abstracción española. Los nuevos realismos: pop art. Arte y geometría: minimalismo. La desmaterialización del objeto artístico y el compromiso del artista: land art y arte conceptual.

19. Cultura visual, la imagen y sus usos en el siglo XXI. Su repercusión en museos y centros de arte.

20. Las expediciones científicas españolas en los siglos XVIII y XIX y su repercusión en las colecciones estatales.

21. El patrimonio científico y técnico en España. Colecciones universitarias y de centros de investigación.

22. El patrimonio histórico-militar en España.

3. Patrimonio Arqueológico

1. La arqueología como disciplina. Corrientes teóricas: de la arqueología positivista a las tendencias postprocesuales y la interdisciplinariedad.

2. Del objeto excavado al objeto musealizado: trabajo de campo y laboratorio en arqueología. Sistemas de documentación y datación.

3. Las sociedades cazadoras y recolectoras del Paleolítico en España: marco cronológico y cultural. Horizontes tecnológicos. Arte mueble y rupestre.

4. Las sociedades productoras del Neolítico en España: investigación y marco cronológico. Áreas principales y cultura material. Arte rupestre.

5. Manifestaciones culturales del tercer milenio en España: cambios tecnológicos, sociales y simbólicos. El megalitismo. El fenómeno campaniforme.

6. Las sociedades del Bronce en España: investigación y caracterización. Principales territorios y cultura material.

7. La Edad del Hierro en la Meseta y la fachada atlántica peninsular: investigación, caracterización y principales pueblos. Cultura material.

8. El contacto cultural en el Mediterráneo antiguo: arqueología fenicia, griega y púnica en España. Interacción con las culturas autóctonas.

9. La cultura ibérica: territorios, bases económicas, urbanismo y sociedad. Cultura material.

10. La escultura ibérica: soportes, contextos, temas y simbolismo.

11. La iconografía clásica: concepto, investigación e interdisciplinaridad. Imágenes en torno a la religión y los ritos, el poder y la vida cotidiana.

12. El retrato romano: concepto, contextos, soportes y tipos iconográficos. Evolución y principales talleres en Hispania.

13. Arqueología de las ciudades hispano-romanas: investigación, evolución, urbanismo y programas arquitectónicos.

14. Cultura hispano-judía: patrimonio inmaterial, arqueología y arquitectura.

15. La arqueología medieval en España: ámbitos cronológico-culturales, principales yacimientos y líneas de estudio.

16. Arqueología de época hispano- visigoda. Investigación y debates actuales en torno a la Antigüedad Tardía. Arquitectura y cultura material.

17. Arqueología de época andalusí. Investigación. Conjuntos monumentales e iconografía. Cultura material.

18. La numismática como fuente de conocimiento histórico. Principales colecciones españolas.

19. Las culturas andinas prehispánicas en las colecciones españolas.

20. El pensamiento religioso en las culturas mesoamericanas. Cultura material en las colecciones españolas.

21. Arqueología de las Edades Moderna y Contemporánea en España. Patrimonio industrial.

4. Patrimonio Antropológico y Artes Decorativas

1. Historia de los estudios de antropología, etnología y folclore en España. Corrientes teóricas actuales en antropología cultural ante el cambio social.

2. El etnocentrismo cultural y los museos exóticos. Del colonialismo a la multiculturalidad. Estado de la cuestión y tendencias actuales.

3. Culturas atlánticas en África a través de las colecciones españolas.

4. La religiosidad en Asia a través de las colecciones españolas.

5. Patrimonio inmaterial en la tradición cultural española.

6. Indumentaria y joyería tradicionales en España. Usos y tipologías. Bases antropológicas y tradiciones inventadas.

7. Antropología de la agricultura, la ganadería y la pesca en España.

8. Antropología de la música popular en España. Consideraciones socio-culturales. El repertorio tradicional español. Organología.

9. Juegos y juguetes en la tradición cultural española. Aproximaciones desde la antropología. De producción artesanal a la industrialización.

10. Mitología y religiosidad popular en la tradición cultural española: planteamientos teóricos y manifestaciones.

11. Espacio y vida doméstica en la España preindustrial. Mobiliario y equipamiento.

12. Manufacturas textiles en España. De la producción artesanal a la industrialización.

13. Vestir en España de los siglos XVI al XIX. Contextos e influencias. El traje a la española. Vestir a la francesa. La moda burguesa.

14. La moda en la España contemporánea. Grandes creadores y desarrollo industrial. Alta Costura, Prêt-à-porter y moda de masas. Autoría y reproductibilidad.

15. Poder secular y poder espiritual en la Edad Media: el ajuar de Corte y el ajuar eclesiástico.

16. Artes decorativas y origen del diseño. Del taller medieval a la producción en serie en la Edad Moderna.

17. Ornamentación y amueblamiento para la vida pública y la vida privada en la Edad Moderna. La cultura del interior.

18. La creación de las Reales Fábricas, su evolución e influencias en España.

19. De las artes industriales al diseño contemporáneo. Teoría y práctica en la creación de objetos de consumo en los siglos XIX y XX.

20. La imagen de lo español en las artes decorativas y el diseño. Entre el mito y la realidad.

21. El papel de las artes decorativas y del diseño en los intercambios culturales: la recepción de las «otras culturas» en Europa.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Encarnación Hidalgo Cámara. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña Cristina Juarranz de la Fuente. Cuerpo Superior Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Blanca Santamarina Novillo. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Doña Carmen López Montero. Cuerpo Técnico Especializado de OOPP de Investigación.

Don Miguel Hermoso Cuesta. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Begoña Torres González. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretario: Don Víctor Agustín Laquidaín Hergueta. Cuerpo Superior Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Isabel Rodríguez Marco. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Don Sergio Vidal Álvarez. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Don Borja Franco Llopis. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

ANEXO IV
Declaración Responsable

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ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos».

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» se dejará en blanco.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L», en el caso de sistema de Ingreso Libre, o «P», si se accede por el sistema de Promoción Interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Cultura y Deporte».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria (ver base 7 de la convocatoria).

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4 de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante de los indicados en la descripción del segundo ejercicio del Anexo I de esta convocatoria para la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición.

Para el turno libre, el importe de la tasa por derechos de examen será con carácter general de 30,79 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 15,40 euros. Para promoción interna, el importe de los derechos de examen, será con carácter general, de 15,40 euros y para las familias numerosas de carácter general, de 7,70 euros.

La solicitud se dirigirá a la Sra. Subsecretaria del Ministerio de Cultura y Deporte.

ANEXO VI

Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/123/8571_9428049_1.png

ANEXO VII

Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/123/8571_9428049_2.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/05/2021
  • Fecha de publicación: 24/05/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA la relación de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso-oposición, por Resolución de 26 de septiembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-16135).
  • SE MODIFICA:
    • la composición del Tribunal calificador, por Resolución de 10 de febrero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-2496).
    • el Tribunal calificador , por Resolución de 20 de octubre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-17614).
    • la composición del Tribunal calificador, por Resolución de 18 de octubre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-17480).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 23 de julio de 2021 (Ref. BOE-A-2021-12857).
  • SE APRUEBA la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo, por Resolución de 23 de julio de 2021 (Ref. BOE-A-2021-12724).

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