Por resolución del rector de la Universidad de Barcelona de 22 de junio de 2021, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) y en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» (DOGC) el 5 de julio de 2021, se convocó un concurso de acceso a tres plazas de profesores titular de universidad, que se encuentra actualmente en plazo de presentación de solicitudes.
Advertido error material en el área de conocimiento y en el perfil publicado por la plaza convocada del Departamento de Matemáticas e Informática, que no se corresponde a las necesidades de servicio de la Universidad de Barcelona, y que de acuerdo con el señalado por el artículo 56.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, iniciado un procedimiento, el órgano competente para resolverlo podrá adoptar de oficio las medidas provisionales que estime oportunas para garantizar la eficacia de la resolución, corresponde declarar la suspensión de la tramitación de la convocatoria de esta plaza para que los órganos competentes para su tramitación y aprobación revisen lo actuado y procedan a la rectificación, en su caso.
En virtud de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 73 del Estatuto de la Universidad de Barcelona, resuelvo:
Declarar la suspensión, atendiendo a lo expuesto en el cuerpo de esta resolución, de la convocatoria del concurso de acceso a varias plazas del cuerpo docente de profesores titulares de universidad convocado por resolución del rector de fecha 22 de junio de 2021, publicada el 5 de julio de 2021, únicamente en cuanto a la plaza:
Centro: Facultad de Matemáticas e Informática.
Departamento: Matemáticas e Informática.
Categoría: Profesor Titular de Universidad.
Área de conocimiento: Geometría y Topología.
Número de plazas: 1.
Perfil: Topología algebraica.
Ordenar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» (DOGC), y en la sede electrónica de la Universidad de Barcelona.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, e independientemente de su ejecución inmediata, los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación de la resolución, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. Asimismo, con carácter potestativo, previamente a la interposición del recurso contencioso administrativo se puede interponer recurso de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición.
Barcelona, 23 de julio de 2021.–El Rector, Joan Guàrdia Olmos.
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