Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación pro Real Academia Europea de Doctores Barcelona 1914 resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Xabier Añoveros Trias de Bes, don Carlos Aparicio Magallón, don José María Baldasano Recio, don Federico Borrás Pámies, don José María Bové Montero, don José Manuel Calavia Molinero, don Joaquín Callabed Carracedo, don José Ramón Calvo Fernández, doña María Ángels Calvo Torras, don Santiago Castellá Surribas, don Pedro Clarós Blanch, don Francisco de Borja Corcóstegui Guaraya, don Juan Francisco Corona Ramón, don Salvador de Broca Tella, don Pedro de Esteban Altirriba, doña Sonia Fernández Vidal, doña María Teresa Freixes Sanjuán, don Jorge Galiana Richart, don Juan Carlos García-Valdecasas Salgado, don Pedro Gascón Vilaplana, la entidad mercantil Ediciones Gráficas Rey S.L., don Miquel Lladó Casadevall, don Jaume Lslopis Casellas, don Javier Llovera Sáez, don Jordi Martí Pidelaserra, don Fermín Morales Prats, doña María Asunción Peiré García, don Joan-Francesc Pont Clemente, doña Marta Pulido Mestre, don Alejandro Pursals Puig, don Joan B. Renart Cava, don Alfredo Rocafort Nicolau, don José María Serra Renom, don Francisco Javier Tapia García, don Josep María Ustrell Torrent, la entidad mercantil Sociedad Anónima Vichy Catalán, don Rafael Ignasi Barraquer Compte, don Rafael Blesa González, don Luis Carriére Lluch, don Ramón Cugat Bertomeu, don Manel Dolcet Cort, doña María José Esteban Ferrer, don Miguel Ángel Gallo Laguna de Rins, don Francisco López Muñoz, don Joan Massons i Rabassa, don Laureano Molins López Rodó, don Enrique Morera Guajardo, don Aldo Olcese Santonja, don Manuel Puig Costa y don José Antonio Segarra Torres según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Barcelona don Álvaro Marqueño Ellacuria el 19 de diciembre de 2018 con el número 2405 de protocolo ratificada por otra otorgada ante la notaria de Villahermosa doña Marina Ruiz Risueño el 26 de diciembre de 2018 con el número 103 de protocolo
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Vía Laietana n.º 32, 3.º despacho 311, 08003 Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España
Cincuenta mil euros (50.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
El desarrollo de impulso de acciones o actividades de interés general de carácter académico, cultural, social, territorial, científico, educativo, económico y de fomento de la investigación, destinadas al impulso y apoyo de la real Academia Europea de Doctores Barcelona 1914. De forma más concreta:
Contribuir al progreso económico y social universal y a la extensión del conocimiento de forma prioritaria del espacio europeo, en un marco de libertades y de promoción de las iniciativas dirigidas a la extensión del conocimiento en su sentido más amplio.
Crear o impulsar actividades, premios y becas que incentiven el espíritu investigador en el ámbito universitario y su conexión con el ámbito empresarial y en particular la transferencia de tecnología.
Realizar, impulsar, promover o apoyar actividades de mecenazgo artístico, científico y cultural, principalmente en el ámbito de los fines de la Real Academia de Doctores Barcelona 1914 RAED.
Realizar, impulsar, promover o apoyar cursos, seminarios, jornadas, conferencias, encuentros, debates, foros, crear cátedras y cualquier otra actividad de divulgación de las ciencias, las artes, las técnicas, las humanidades y las letras, tanto en el ámbito nacional como internacional en beneficio del intercambio interdisciplinar y de extensión del conocimiento.
Don Alfredo Rocafort Nicolau, don Xabier Añoveros Trías de Bes, doña María Ángels Calvo Torras, Pedro Clarós Blanch, don Santiago Castellá Surribas, doña María Teresa Freixes Sanjuán, don Jordi Martí Pidelaserra, don Joan-Francesc Pont Clemente, doña María José Esteban Ferrer, doña Sonia Fernández Vidal y don José Manuel Calavia Molinero.
Cargos:
Presidente: Don Alfredo Rocafort Nicolau.
Vicepresidente 1.º: Don Xabier Añoveros Trías de Bes.
Vicepresidente 2.º: Pedro Clarós Blanch.
Vicepresidente 3.º: Doña María Ángels Calvo Torras.
Secretario General: Don Santiago Castellá Surribas.
Vicesecretario: Doña María Teresa Freixes Sanjuán.
Tesorero: Don Jordi Martí Pidelaserra.
Vocal 1.º: Don Joan-Francesc Pont Clemente.
Vocal 2.º: Doña María José Esteban Ferrer.
Vocal 3.º: Doña Sonia Fernández Vidal.
Vocal 4.º: Don José Manuel Calavia Molinero.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 8 de julio de 2019.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación pro Real Academia Europea de Doctores Barcelona 1914 su Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 11 de octubre de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.
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