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Documento BOE-A-2020-16517

Adenda número 1 al Acuerdo Administrativo Estándar entre el Gobierno del Reino de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), hecho en Nueva York, el 4 de diciembre de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 330, de 19 de diciembre de 2020, páginas 116810 a 116811 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2020-16517
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2020/12/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

ADENDA NÚMERO 1 AL ACUERDO ADMINISTRATIVO ESTÁNDAR ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y LA OFICINA DE LOS FONDOS FIDUCIARIOS DE ASOCIADOS MÚLTIPLES (OFFAM) DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD), HECHO EN NUEVA YORK, EL 4 DE DICIEMBRE DE 2020

El Gobierno del Reino de España (en lo sucesivo denominado «el Donante») y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples del PNUD, que actúa en calidad de Agente Administrativo (en lo sucesivo, «el Agente Administrativo») del Fondo Conjunto para los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) por su propia cuenta y por la de todas las organizaciones de las Naciones Unidas participantes, han convenido en lo siguiente:

Considerando que las organizaciones de las Naciones Unidas participantes que firmaron un Memorando de Entendimiento crearon el Fondo Conjunto para la Agenda 2030: Fondo Fiduciario de Asociados Múltiples para el apoyo integrado a las políticas orientadas al logro de los ODS (en lo sucesivo, «el Fondo»), que inició su actividad el 2 de junio de 2017 y la finalizará el 31 de diciembre de 2021, con las posibles modificaciones posteriores, como parte de su respectiva labor en el ámbito de la cooperación para el desarrollo, tal y como se especifica más exhaustivamente en el mandato del Fondo;

Considerando que el Gobierno del Reino de España (en lo sucesivo, «el Donante») y la OFFAM del PNUD (en lo sucesivo, «el Agente Administrativo») del Fondo Conjunto para los ODS (en lo sucesivo «el Fondo»), por su propia cuenta y por la de todas las organizaciones de las Naciones Unidas participantes, celebraron un Acuerdo Administrativo Estándar, firmado el 16 de abril de 2018, para formalizar una contribución de diez millones de dólares estadounidenses (10.000.000 USD) de apoyo al Fondo;

Considerando que el Comité Directivo aprobó en su reunión de 16 de noviembre de 2018 el mandato revisado por el que se sustituía el nombre del Fondo por el de Fondo Conjunto para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),

Dicha modificación actualizaba la fecha de finalización del Fondo fijada en el Acuerdo Administrativo Estándar al 30 de junio de 2030 para hacerla coincidir con la del mandato de dicho Fondo.

El Donante conviene en realizar una contribución adicional al Fondo de cinco millones de euros (5.000.000 EUR) en 2020 al fondo, según el calendario de pagos establecido en el Anexo B.

Esta nueva contribución eleva la contribución total del Donante al Fondo a la cantidad de diez millones de dólares estadounidenses (10.000.000 USD) y cinco millones de euros (5.000.000 EUR).

En consecuencia, el Acuerdo Administrativo Estándar entre los participantes se modifica como sigue:

Considerando que las organizaciones de las Naciones Unidas participantes que firmaron un Memorando de Entendimiento crearon el Fondo Conjunto para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (en lo sucesivo, «el Fondo»), que inició su actividad el 2 de junio de 2017 y la finalizará el 30 de junio de 2030(1)(en lo sucesivo, «la fecha de finalización»), con las posibles modificaciones posteriores, como parte de su respectiva labor en el ámbito de la cooperación para el desarrollo, tal y como se especifica más exhaustivamente en el mandato actualizado del Fondo.

(1) Fecha, según lo previsto en el mandato del Fondo, en la que se prevé que concluyan las operaciones del Fondo y que todas las actividades programáticas se hayan completado.

Todos los demás términos del Acuerdo Administrativo Estándar permanecen sin cambios. La presente Adenda entrará en vigor en la fecha en que la firmen los participantes.

En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados para ello por el participante correspondiente, firman el presente Acuerdo en dos originales, en inglés y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por el Donante:

Firma: ___________________

Nombre: S.E. D. Agustín Santos Maraver.

Cargo: Representante Permanente del Reino de España ante las Naciones Unidas.

Firmado en: Nueva York.

Fecha: 4 de diciembre de 2020.

Por el Agente Administrativo:

Firma: ___________________

Nombre: Jennifer Topping.

Cargo: Coordinadora Ejecutiva de la O FFAM.

Firmado en: Nueva York.

Fecha: 4 de diciembre de 2020.

* * * * *

La presente Adenda al Acuerdo Administrativo entró en vigor el 4 de diciembre de 2020, fecha en la que la firmaron los participantes, de conformidad con lo establecido en su penúltimo párrafo.

Madrid, 10 de diciembre de 2020.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.

ANEXO B
Calendario de pagos para la Adenda 1

Calendario de pagos:

Importe:

En el momento de la firma 5.000.000 de euros.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 04/12/2020
  • Fecha de publicación: 19/12/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 04/12/2020
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 10 de diciembre de 2020.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Ayuda al desarrollo
  • España
  • Fondos de dinero
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

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