Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Centro Europeo para la Difusión de las Ciencias Sociales (CEDCS) resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña María Esmeralda de Luis Martínez, doña María Laura Massimino Amoresano, don Fernando Fernández Lanza y don José Emilio Sola Castaño en virtud de escritura otorgada ante el notario de Madrid don Carlos Solís Villa el 6 de noviembre de 2019 con el número 1972 de protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle San Diego, n.º 15-2.º G 28801 Alcalá de Henares, Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: Treinta y cinco mil euros (35.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
La fundación tiene como fin el contribuir al avance de las Ciencias Sociales en el ámbito europeo, iberoamericano y en todos aquellos países con impronta colonial europea.
A tal efecto, propicia la investigación humanística cultural desde una concienciación europea e internacional no eurocéntrica y la aplicación de las tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) en la investigación y la difusión de las Ciencias Sociales.
Patronos:
Doña María Esmeralda de Luis Martínez, doña María Laura Massimino Amoresano, don Fernando Fernández Lanza y don José Emilio Sola Castaño.
Cargos:
Presidente: Don José Emilio Sola Castaño.
Vicepresidenta 1.ª: Doña María Esmeralda de Luis Martínez.
Vicepresidenta 2.ª: Doña María Laura Massimino Amoresano.
Secretario: Don Fernando Fernández Lanza.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 14 de junio de 2020.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Centro Europeo para la Difusión de las Ciencias Sociales (CEDCS) su Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 30 de junio de 2020.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.
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