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Documento BOE-A-2019-590

Resolución de 5 de noviembre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Elígete.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2019, páginas 4286 a 4287 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-590

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Eligete resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por Doña Sonia María García de Castro, Doña Margarita Miriam Díaz Aroca, Don José Luis Santamaría Abales y la entidad mercantil Pandamedia S.L. en virtud de las escrituras otorgadas ante el notario de Madrid Don Ignacio García-Noblejas Santa-Olalla el 1 de diciembre de 2017 con el número 3810 de protocolo, subsanadas por otras otorgadas ante el mismo notario los días quince de febrero de 2018 protocolo 456 y 6 de septiembre de 2018 protocolo 2591 respectivamente.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Calle Puerto de los Leones, número 22, 28220 Majadahonda, Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada en un 25% (7.500€) tal y como consta en certificación bancaria debiéndose aportar la cantidad restante, veintidós mil quinientos euros (22.500€) dentro de los cinco años siguientes a la escritura de constitución.

La Dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Trabajar activa y directamente en la sensibilización, concienciación y actuación, de manera preventiva, educativa o paliativa, en la erradicación de cualquier tipo de violencia y, en los mismos términos, el fomento y desarrollo de los valores individuales y colectivos en pos de la igualdad entre personas.

Quinto. Patronato.

Doña Margarita Miriam Díaz Aroca, Doña Eva Serrano Clavero y Doña Bisila África Bokoko Toichoa.

Cargos:

Presidenta: Doña Margarita Miriam Díaz Aroca.

Secretario no patrono: Don Pablo Daniel Fernández García.

Vocales: Doña Eva Serrano Clavero y Doña Bisila África Bokoko Toichoa.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 24 de septiembre de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Eligete su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de noviembre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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