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De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.1 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada al Ministro de Fomento, será publicada en el correspondiente Diario Oficial y en el «Boletín Oficial del Estado».
El Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, mediante Decreto 314/2019, de 30 de agosto, ha dispuesto el nombramiento de don Luis Ángel Ibarra Bentancort como Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
Dicho nombramiento ha sido comunicado debidamente al Ministro de Fomento.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido por el citado artículo de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispongo:
Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al Decreto 314/2019, de 30 de agosto, del Gobierno de Canarias, por el que se acuerda el nombramiento de don Luis Ángel Ibarra Betancort como Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
Madrid, 16 de septiembre de 2019.–El Ministro de Fomento, José Luis Ábalos Meco.
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