Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación North Pole resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
La fundación anteriormente citada fue constituida por doña Germina Christelle Eva Gervas en virtud de la escritura pública otorgada por el Notario de Madrid don Francisco Consegal García el cuatro de octubre de 2017 con el número 3337 de su protocolo.
El domicilio de la fundación quedó establecido en la Avenida del Valle número 36, 28003 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Contribuir al estudio y cuidado de la fauna, la preservación del ecosistema y de las especies autóctonas, y la promoción del medio rural, difundiendo entre la población los valores de la protección del medio ambiente y respeto de los animales, incluidos los domésticos y de compañía, y su hábitat, así como las peculiaridades propias de las formas de vida en el ámbito agrícola, pecuario y forestal. Igualmente tendrá por finalidad la cooperación al desarrollo, especialmente centrada en el acceso a la educación, su calidad y la mejora de las condiciones de vida de las personas y grupos menos favorecidos.
Doña Germina Christelle Eva Gervas, y la entidades mercantiles North Pole Properties S.L.U. y Canetonin S.L.U.
Cargos:
Presidenta: Doña Germina Christelle Eva Gervas.
Vicepresidente: North Pole Properties S.L.U. nombrando como persona física representante a don Eduardo Petrossi Valdés.
Secretario: Canetonin S.L.U. nombrando como persona física representante a don Francisco María Aparicio Valls.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Los Patronos fundadores acuerdan conferir poder a favor de doña Germina Christelle Eva Gervas para que pueda ejercer las facultades que resultan de la escritura pública otorgada por el Notario de Madrid don Francisco Consegal García el cuatro de octubre de 2017 con el número 3337 de su protocolo.
Fundamentos de Derecho
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 3 de abril de 2017.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación North Pole, su Patronato, cargos y el poder otorgado.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 31 de enero de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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