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Documento BOE-A-2018-2691

Orden ECD/188/2018, de 12 de febrero, por la que se autoriza la implantación de las enseñanzas de formación profesional de Grado Superior correspondientes a los títulos de Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica y de Técnico Superior en Administración y Finanzas en la Academia Básica del Aire de León, a partir del curso 2018-2019.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 27 de febrero de 2018, páginas 23048 a 23049 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-2691
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2018/02/12/ecd188

TEXTO ORIGINAL

La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, prevé que la formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas comprenderá la «formación técnica correspondiente a un título de formación profesional de grado superior» (artículo 45.1) y, en consecuencia, contempla que los centros docentes militares que tengan encomendada la formación de estos suboficiales puedan impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales de formación profesional, siempre que cuenten con la preceptiva autorización del Ministerio de Educación (artículo 55.3).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 65.2 de la citada ley, los planes de estudios para la obtención de títulos de formación profesional se aprobarán e implantarán conforme a la normativa específica del sistema educativo general.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional séptima «Régimen especial de los centros militares que imparten enseñanza de formación profesional» del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de formación profesional del sistema educativo.

Al amparo de esta misma normativa, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa ha solicitado la autorización para impartir los títulos de Mantenimiento de Aviónica (LOGSE) y Administración de Finanzas (LOE) de Grado Superior de Formación Profesional en la Academia Básica del Aire de León a partir del curso 2018-2019.

Vistos por la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial los informes favorables a la autorización, emitidos por parte de la Subdirección General de Inspección y de la Subdirección General de Orientación, Formación Profesional y Formación Profesional Dual del Ministerio de Educación Cultura y Deporte.

En virtud de lo expuesto, este Ministerio dispone:

Primero.

Autorizar a partir del curso 2018-2019, en la Academia Básica del Aire (La Virgen del Camino de León), la implantación de las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior, correspondientes a los siguientes títulos (Anexo):

A) El título de Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica (LOGSE), regulado por el Real Decreto 626/1995, de 21 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior de Mantenimiento de Aviónica y se fijan las correspondientes enseñanzas mínimas y por Real Decreto 203/1996, de 9 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica.

No obstante se hace constar, que el Ministerio de Defensa deberá sustituirlo mediante una nueva solicitud de autorización, una vez que se publiquen los cinco reales decretos que sustituyan a los dos títulos de Mantenimiento Aeromecánico y Mantenimiento de Aviónica existentes en la actualidad, aunque el alumnado que comience en el curso 2018-2019 el ciclo formativo de Mantenimiento de Aviónica autorizado en la presente orden podrá finalizar en el mismo.

B) El título de Técnico Superior en Administración y Finanzas (LOE), regulado por el Real Decreto 1584/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y se fijan las correspondientes enseñanzas mínimas y la Orden ECD/308/2012, de 5 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas.

Segundo.

El profesorado que imparta las enseñanzas autorizadas en esta orden, debe cumplir los requisitos de titulación requeridos en los reales decretos por los que se establecen estos títulos.

Tercero.

La autorización en el Centro de otras enseñanzas distintas a las de esta orden, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 del Reglamento de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero.

Cuarto.

Se faculta a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para modificar el número de unidades autorizadas.

Madrid, 12 de febrero de 2018.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo y Montojo.

ANEXO
Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior

Centro

Código

Localidad/Provincia

Ciclo Formativo

Unidades

Familia Profesional

Academia Básica del Aire.

2402233

La Virgen del Camino (León).

Mantenimiento Aviónica (LOGSE).

6

Mantenimiento Vehículos Autopropulsados.

Administración y Finanzas (LOE).

4

Administración y Gestión.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/02/2018
  • Fecha de publicación: 27/02/2018
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA en la forma indicada, por Orden EFP/696/2019, de 12 de junio (Ref. BOE-A-2019-9584).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición adicional 7 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2011-13118).
    • el art. 55.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19880).
Materias
  • Academias militares
  • Aeronaves
  • Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
  • Contabilidad
  • Ejército del Aire
  • Electrónica
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Enseñanza Militar
  • Formación profesional
  • León
  • Mecánica
  • Oficinas y despachos
  • Títulos académicos y profesionales

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