Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Synodo resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Abmas-Aqua, S.L.U.» en virtud de escritura otorgada ante el notario de Madrid Don Juan Aznar de la Haza el 22 de mayo de 2018 con el número 1698 de protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Bahía de Cartagena, n.º 19, 1.º-E, 28042 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada e ingresada según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
La defensa del medio ambiente y el fortalecimiento de la salud, con objeto de contrarrestar el uso de compuestos contaminantes en los sectores agroalimentario, medioambiental y de la salud, así como la formación y concienciación de las personas comprendidas en los citados sectores y del resto de la sociedad en general.
De investigación científica y de desarrollo tecnológico, a través del impulso y la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación en biotecnología y medicina.
Fomentar la economía social, para incluir en la sociedad a colectivos desfavorecidos, minoritarios y/o en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales o culturales.
De carácter cívico y cultural, para crear un nuevo concepto de ecosistema sostenibles a través del cual se pueda mejorar la salud, el bienestar y la calidad de vida de la población.
Don Antonio Guillermo Alvarado Ramírez, Doña Laura Hervás Simón, y Don David Alcedo González.
Cargos:
Presidente: Don Antonio Guillermo Alvarado Ramírez.
Vicepresidenta: Doña Laura Hervás Simón.
Secretario: Don David Alcedo González.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 22 de agosto de 2018.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Synodo, Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 29 de octubre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.
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