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Documento BOE-A-2018-16295

Resolución de 4 de septiembre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ceica (Centro de Estudio e Investigación contra el Cáncer).

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2018, páginas 116545 a 116546 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-16295

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación CEICA (Centro de Estudio e Investigación contra el Cáncer) resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Juan Felipe Córdoba Ortega, doña Heidi Johanna Orlando Gamboa y doña Fátima del Rosario Ortega Vélez en virtud de escritura otorgada ante el notario de Lleida don Jordi Puente González el 1 de marzo de 2018 con el número 232 de protocolo, rectificada por otra otorgada ante el mismo notario el 23 de mayo de 2018 con el número 540 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la plaza de España, número 2, escalera izquierda, número 9, piso 2, CP 25002 de Lleida, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada e ingresada en un 25 % (7.500 €) según se acredita con la correspondiente certificación bancaria, comprometiéndose a completar el desembolso total de la dotación en un plazo no superior a cinco años desde la fecha del otorgamiento de la escritura de constitución de la Fundación.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Promover la divulgación e investigación sobre el cáncer de forma activa a través de estudios y ensayos clínicos, dando máxima importancia a la epigenética.

Quinto. Patronato.

Don Juan Felipe Córdoba Ortega, doña Heidi Johanna Orlando Gamboa y doña Fátima del Rosario Ortega Vélez.

Cargos:

Presidente: Don Juan Felipe Córdoba Ortega.

Secretaria: Doña Heidi Johanna Orlando Gamboa.

Vocal: Doña Fátima del Rosario Ortega Vélez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente.

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 2 de agosto de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación CEICA (Centro de Estudio e Investigación contra el Cáncer) Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 4 de septiembre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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