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Documento BOE-A-2018-15544

Acuerdo de 18 de octubre de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se amplía el Acuerdo de 2 de febrero de 2017, por el que se atribuye en exclusiva el conocimiento de los asuntos civiles que puedan surgir al amparo de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, a diversos Juzgados de lo Mercantil de Andalucía, Canarias, Galicia y País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2018, páginas 110772 a 110773 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-15544
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2018/10/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

En aplicación del artículo 118.3 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 18 de octubre de 2018, ha acordado atribuir el conocimiento de las materias y litigios de propiedad industrial, al igual que ocurre con las comunidades autónomas de Cataluña, Madrid y Valencia, en aplicación del art. 118.3 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, en línea similar a los acuerdos de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de 21 de diciembre de 2016 y de 2 de febrero de 201, a los siguientes juzgados:

Tribunal Superior de Justicia Juzgado/s designado/s
Andalucía Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada
Canarias Juzgados de lo Mercantil números 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Galicia Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña
País Vasco Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao

Todo ello sin perjuicio de las normas de reparto que se aprueben entre los distintos juzgados de lo mercantil para la adecuada distribución y reparto de asuntos distintos a los de la materia objeto de especialización.

Por tanto la situación de los juzgados de lo mercantil con conocimiento de las materias y litigios de propiedad industrial, en aplicación del art. 118.3 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, a partir de este acuerdo quedaría como se refleja a continuación:

Tribunal Superior de Justicia Juzgado/s designado/s
Cataluña Juzgados de lo Mercantil números 1, 4 y 5 de Barcelona: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes y litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
Juzgados de lo Mercantil números 2, 6, 8 y 9 de Barcelona: litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
Madrid Juzgados de lo Mercantil números 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de Madrid: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
Comunidad Valenciana Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
Juzgados de lo Mercantil números 1 y 3 de Valencia: litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
Andalucía Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
Canarias Juzgados de lo Mercantil números 1 de Las Palmas de Gran Canaria: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
Galicia Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
País Vasco Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Este acuerdo producirá efectos desde el 1 de enero de 2019.

Madrid, 18 de octubre de 2018.–Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 18/10/2018
  • Fecha de publicación: 14/11/2018
  • Efectos desde el 1 de enero de 2019.
Referencias anteriores
Materias
  • Administración de Justicia
  • Cataluña
  • Comunidad Valenciana
  • Juzgados de lo Mercantil
  • Madrid
  • Reparto de asuntos

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