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Documento BOE-A-2018-14740

Resolución de 31 de agosto de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Uno Más Dos.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 26 de octubre de 2018, páginas 103983 a 103985 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-14740

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Uno Más Dos resultan los siguientes:
 

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Uno Más Dos Suma Valor, S.L.» en virtud de escritura otorgada ante el notario de Madrid don Antonio Luis Reina Gutiérrez el quince de febrero de 2018 con el número 1187 de protocolo subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 16 de mayo de 2018 con el número 3679 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Buganvilla, número 3, DP 28036 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La promoción de la asistencia social e inclusión social de colectivos desfavorecidos, en particular, de las personas refugiadas, apátridas, migrantes que huyen de conflictos bélicos o debido a la violación de los derechos humanos, para ayudarles en el desarrollo integral de su libertad, integridad y dignidad humana.

La Promoción del voluntariado social para atender a todas las personas sin excepción, cualquiera que sea su nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

La promoción de la igualdad de oportunidades.

La defensa del medio ambiente.

Quinto. Patronato.

Don Francisco Javier González Martínez, doña Lucía González Rodríguez-Sahagún, don Juan Carlos Salmador Segura y doña Claudia González Rodríguez-Sahagún.

Cargos:

Presidente: Don Francisco Javier González Martínez.

Vicepresidenta: Doña Lucía González Rodríguez-Sahagún.

Secretario: Don Juan Carlos Salmador Segura.

Vocal: Doña Claudia González Rodríguez-Sahagún.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 21 de mayo de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación UNO MÁS DOS Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 31 de agosto de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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