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Documento BOE-A-2018-13696

Resolución de 6 de julio de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Norai.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2018, páginas 97691 a 97692 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-13696

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación NORAI resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Global Business Development S.L.» en virtud de la escritura pública otorgada ante el Notario de Barcelona don Jaime Ruiz Cabrero el 18 de diciembre de 2017 con el número 1301 de protocolo, complementada por certificación de la Junta general extraordinaria y universal celebrada el 21 de junio de 2018 expedida por el Administrador Único con firma legitimada notarialmente.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en calle Velázquez, número 114, bajo derecha, 28006 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La ayuda al sostenimiento y formación académica y profesional de personas socialmente desfavorecidas, así como facilitar la disposición de vivienda.

Quinto. Patronato.

Don Antonio María Guerra Mercadal, doña Silvia Cortada García, don Antonio María Guerra Cortada, don Jose Carlos Ballbé Sala, don Jorge Guerra Cortada y doña Silvia Guerra Cortada.

Cargos:

Presidente: Don Antonio María Guerra Mercadal.

Vicepresidente: Doña Silvia Cortada García.

Secretario: Don Antonio María Guerra Cortada.

Vocales: Don Jose Carlos Ballbé Sala, don Jorge Guerra Cortada y doña Silvia Guerra Cortada.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

– El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

– La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

– El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

– El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

– La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

– El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 30 de abril de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, Resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación NORAI su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de julio de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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