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Documento BOE-A-2018-10368

Resolución de 6 de julio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2018, páginas 73727 a 73754 (28 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2018-10368

TEXTO ORIGINAL

Vacantes en la Administración de Justicia puestos de trabajo genéricos de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, dotados presupuestariamente, en el ámbito territorial gestionado por la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, procede su convocatoria en concurso de traslado, de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 43 y siguientes y disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Por todo ello, esta Dirección General ha dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos que se relacionan en Anexo I, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera. Puestos que se pueden solicitar.

1. Los funcionarios participantes podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el Anexo I, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los mantengan todos hasta la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de destino.

2. Las unidades identificadas como Fiscalía. Sección Territorial Alcobendas y Fiscalía. Sección Territorial Collado Villalba tienen su sede de forma provisional en la ciudad de Madrid.

2. Las vacantes se identificarán por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas vacantes anunciadas para ese número de orden del Cuerpo existentes en dicho órgano, y asimismo todas sus posibles resultas, en aquellos casos en los que se anuncien.

3. También podrán solicitar las plazas que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que estén ocupadas por funcionarios titulares adscritos provisionalmente; que se pretendan amortizar en virtud de proyecto de modificación de la plantilla orgánica, redistribución o reordenación de efectivos; o cuando la dotación asignada a un órgano judicial se encuentre sobredotada por uno o más funcionarios titulares, en cuyos casos no se generará ninguna resulta correspondiente a las plazas del Cuerpo de que se trate. Tampoco producirá resulta el funcionario que esté ocupando una plaza como adscrito provisional que participe en este concurso y obtenga una plaza con carácter definitivo. Podrán solicitarse intercaladas vacantes y resultas.

Las plazas que se anuncien únicamente en calidad de posibles resultas tienen que identificarse igualmente por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las posibles resultas que pudieran producirse para ese número de orden del Cuerpo correspondiente.

No tienen la consideración de resultas aquellas plazas que dejen desiertas los participantes en otros concursos simultáneos a éste.

A fin de que los posibles solicitantes puedan ejercer el derecho que se les reconoce de solicitar las resultas producidas por la resolución del concurso, desde la fecha de publicación de esta Resolución y durante el periodo de presentación de solicitudes, se expondrá en el Portal de la Justicia de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/justicia) y la página web del Ministerio (www.mjusticia.gob.es), la relación de órganos judiciales, fiscales y servicios de la Administración de Justicia de la misma naturaleza que los convocados que pueden solicitarse con indicación del número de orden de dichos órganos.

Los funcionarios participantes deberán asegurarse de que los números de orden de convocatoria que especifiquen en su instancia corresponden a los publicados para este concurso, tanto en el anexo I como en las resultas, a fin de evitar que se indiquen otros códigos correspondientes a otros concursos.

4. Las siglas VSM que aparecen en determinadas plazas significan que dichos órganos judiciales compatibilizarán sus funciones correspondientes al orden civil y penal con la materia relativa a la violencia sobre la mujer, según acuerdo de 22 de junio de 2005 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial («BOE» del 28). El resto de siglas que figuran en la columnas Denominación y ATP significan lo siguiente: AV (asistencia a la víctima); CP (centro penitenciario); DE (dedicación especial); GU (guardias); HE (horario especial); ML (medicina legal).

5. En este concurso general anual y a resultas, el número máximo de órganos judiciales que se podrá solicitar entre plazas vacantes y resultas, no podrá superar los 200 números de orden, entendiendo que cada número de orden comprende todas las vacantes anunciadas y posibles resultas, en su caso, del órgano judicial de que se trate. Se establece este límite de acuerdo con la facultad que permite el artículo 42 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, con objeto de agilizar el concurso dada la participación masiva de funcionarios y tratarse de un concurso general que afecta a los tres Cuerpos o Escalas y en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Marco suscrito entre el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas que han recibido el traspaso de competencias de medios personales y materiales.

6. No se admitirá ninguna modificación a la solicitud de destino formulada una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias. Tampoco se admitirá, una vez resuelto el concurso definitivamente, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por el hecho de haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia, por lo que, los funcionarios que participen en el concurso, deberán asegurarse de que todos los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados.

7. Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, en aquellos casos debidamente justificados.

8. Excepcionalmente podrán eliminarse alguna de las plazas anunciadas como vacantes o resultas, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.

9. En el supuesto de que se produzca una separación de jurisdicciones en algún partido judicial del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, las plazas afectadas por dicha separación, anunciadas en el anexo I de la presente convocatoria, y sus respectivas resultas, se entenderán referidas a los órganos judiciales con la nueva denominación.

Segunda. Requisitos y condiciones generales de participación.

1. Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de órganos judiciales de los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia los funcionarios pertenecientes a dichos Cuerpos o Escalas, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado; los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión y los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurra uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente, computándose los plazos, en este caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.2.c) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Los funcionarios en situación de servicio activo deberán mantener esta situación hasta la resolución definitiva del concurso. Aquellos que se encuentren en las situaciones de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, en el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la participación en el concurso. Tampoco serán excluidos los funcionarios en activo que pasen a la situación de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares.

En caso de que los funcionarios que se encuentren en las situaciones de activo, servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares pasaran, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva, serán excluidos de la participación en el concurso.

Si un funcionario en situación de excedencia voluntaria por estar prestando servicios como Letrado sustituto participa en el concurso solicitando el reingreso y, a lo largo del proceso del concurso, se le adscribe provisionalmente en el Cuerpo de Gestión, no se considerará que se modifica su situación administrativa a los efectos previstos en la base primera, punto 1. tampoco sería excluido por motivo de cambio de situación administrativa el funcionario adscrito provisional en el Cuerpo de Gestión, procedente de la situación de excedencia voluntaria por prestar servicios como Letrado sustituto, si, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, vuelve a ser nombrado como Letrado sustituto.

2. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio sólo podrán participar, para el mismo Cuerpo o Escala en el que están en activo, si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un período de dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo en el Cuerpo o Escala desde el que participa, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso Para el computo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha y como segundo año, el año natural siguiente (art. 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).

3. Los funcionarios reingresados al servicio activo mediante adscripción provisional (Artículo 68.c) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estarán excluidos de la limitación temporal prevista en el apartado 2 de esta base. Estarán obligados a solicitar todas las plazas vacantes y posibles resultas anunciadas correspondientes a su Cuerpo o Escala de la provincia donde se encuentren adscritos. De no participar en el primer concurso convocado con posterioridad a la adscripción provisional, pasarán a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el supuesto de que, existiendo plazas en la provincia de adscripción, no solicitare todos los puestos de trabajo o solicitare puestos de trabajo de otra provincia, y no obtuviere destino, se le adjudicará por el órgano competente de la Comunidad Autónoma transferida o del ámbito del Ministerio en el que estuvieren adscritos, con carácter definitivo una plaza en el ámbito de la provincia en la que estuviere adscrito provisional y, en su defecto, en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

En el caso de no obtener destino definitivo y que se hubiera cubierto el puesto de trabajo que ocupaba provisionalmente, se le adscribirá de nuevo de forma provisional a un puesto de trabajo vacante de cualquier oficina judicial o centro de destino ubicado en la provincia o en el área territorial en la que se hubieran agrupado las vacantes a efecto de concurso. Si no obtuviera destino definitivo en el siguiente concurso, se le adjudicará de forma definitiva cualquiera de los puestos de trabajo que resulten vacantes en dicho concurso en cualquier ámbito territorial (art. 69 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre). Deberán aportar, junto con su instancia, fotocopia del documento F1R por el que se les adscribió provisionalmente a la plaza en la que se encuentren desempeñando actualmente sus funciones.

4. Los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria establecida en el art. 506.d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (excedencia por prestación de servicios en el sector público), no tendrán ninguna restricción temporal para reingresar en el Cuerpo en el que figuren en dicha situación.

Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de excedencia voluntaria establecidas en el art. 506 letras e) y f) de la Ley Orgánica 19/2003 de 23 de diciembre que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (excedencia por interés particular y por agrupación familiar), sólo podrán participar en el concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido 2 años como mínimo desde que fueron declarados en tal situación.

5. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de familiares al amparo de lo dispuesto en el artículo 509 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sólo podrán concursar si han transcurrido los dos años establecidos en el art. 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

6. Los suspensos definitivos que se encuentren adscritos con carácter provisional (artículo 68.e) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre) deberán participar en este concurso con objeto de obtener un puesto de trabajo definitivo. De no participar en este concurso o no obtener el puesto de trabajo solicitado, se les destinará, en su caso, con carácter definitivo a cualquiera de los no adjudicados a los otros concursantes dentro del ámbito territorial correspondiente donde se encuentren adscritos.

7. Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que se encuentren adscritos provisionales por haber cesado como Letrados sustitutos, gozarán de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncien a concurso, puestos de trabajo genéricos en la localidad donde se encuentren adscritos, según lo establecido en el art. 70.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no perdiendo la preferencia si, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, vuelve a ser nombrado como Letrado sustituto. Si no pudieran llegar a ocupar tales puestos de trabajo por concurrir a ellos con otros funcionarios también con derecho preferente a quienes les fueren adjudicados, continuarán en situación de adscripción provisional hasta tanto se les pueda adjudicar puesto de trabajo definitivo en virtud de su participación en los sucesivos concursos y solicitud en ellos de todas las plazas vacantes en la localidad de adscripción.

De no pedir la preferencia indicada, no participar en el concurso o no solicitar todas las plazas vacantes del Anexo I de la localidad en la que se encuentren adscritos, aún cuando no haya sido anunciada la plaza en la que se encuentren adscritos provisionales, derivándose de ello la no obtención de puesto de trabajo, se les destinará, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma transferida o del ámbito del Ministerio en el que estuvieren adscritos, con carácter definitivo a cualquiera de los puestos no adjudicados.

Si dicha adscripción provisional se ha efectuado dentro del plazo de presentación de instancias no tienen obligación de concursar.

8. El funcionario que hubiere renunciado a un puesto de trabajo obtenido por concurso específico [artículo 68.a) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre], habiéndosele atribuido el desempeño provisional de un puesto de trabajo, gozará de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncie a concurso, un puesto de trabajo genérico en la misma localidad donde servía cuando se produjo su cese, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo que se convoquen en dicha localidad, según lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre. De no participar en el presente concurso se le adjudicará con carácter definitivo cualquiera de los puestos no adjudicados.

El funcionario que hubiere renunciado o que hubiera sido cesado de un puesto de trabajo obtenido por libre designación (artículos 62 y 68.a del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre) habiéndosele atribuido el desempeño provisional de un puesto de trabajo, gozará de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncie a concurso, un puesto de trabajo genérico en la misma localidad donde servía cuando se produjo su cese, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo que se convoquen en dicha localidad. De no participar en el presente concurso o no obtener ninguno de los destinos solicitados, se le adjudicará con carácter definitivo cualquiera de los puestos no adjudicados.

9. Regulación del derecho de preferencia a la localidad indicados en los puntos 7 y 8 de la presente base:

9.1. La preferencia extiende sus efectos a todos los número de orden vacantes de una localidad determinada, pero ello no implica que se deba adjudicar el primer número de orden de preferencia que solicite en su instancia el interesado, sino que la norma establece que el concursante con este derecho obtenga destino en cualquier número de orden anunciado como vacante en una localidad determinada, con las especificaciones que se indicarán en los puntos siguientes, por lo que, para ejercer este derecho habrán de solicitar obligatoriamente todos los números de orden de convocatoria vacantes del anexo I que se oferten en la localidad para la que se ejerce la preferencia y agrupar estas peticiones en los primeros números de orden de preferencia de la solicitud, ordenando el resto de los números de orden de convocatoria pedidos sin preferencia a continuación, entre los que también se podrán solicitar voluntariamente el resto de números de orden de convocatoria a resultas de la localidad para la que se ejerce la preferencia. Igualmente deberán solicitarlo en su instancia, especificando la localidad del destino en donde se encuentren adscritos en el apartado P-1, aportando fotocopias compulsadas de los documentos acreditativos de dicha preferencia (adscripción provisional, acta de posesión).

9.2. Si no obtuviere destino con su puntuación en alguno de los números de orden de convocatoria solicitados en la localidad para la que se ha ejercido la preferencia y no existieran otros funcionarios también con preferencia para la misma localidad y con mayor puntuación, se le adjudicará aquel número de orden de dicha localidad del anexo I que hubiere obtenido el concursante con menor puntuación, dirimiéndose en caso de empate entre varios concursantes por el número de escalafón, perdiendo éste el derecho a obtener destino en ese número de orden, pero pudiendo optar a los siguientes de su solicitud de participación.

9.3. No se tendrá en cuenta la preferencia si no cumple con los siguientes requisitos: solicitar todos los números de orden de convocatoria vacantes del anexo I de la localidad de que se trate en los primeros puestos de preferencia de la solicitud; hacer constar expresamente en el apartado P-1 del modelo de instancia la localidad para la que desea acogerse a la preferencia; y aportar fotocopias compulsadas de los documentos aludidos en el punto 9.1.

10. El funcionario rehabilitado adscrito provisionalmente a que se refiere el artículo 68.f) y el apartado 2 del artículo 72 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, deberá participar en el primer concurso de traslado que se convoque, con objeto de obtener un puesto de trabajo. De no participar en este concurso o no obtener el puesto de trabajo solicitado, se le destinará, en su caso, con carácter definitivo a cualquiera de los no adjudicados a los otros concursantes en cualquier ámbito territorial.

11. El funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado de forma forzosa, por motivo de reordenación de efectivos prevista en el art. 52 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, podrá participar en los concursos de traslados, aún cuando no hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido. A su vez, tendrá derecho preferente, por una sola vez, para obtener otro puesto del propio centro de trabajo (art. 51 Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero) con ocasión de concurso ordinario en que se ofrezca y tomando parte en el mismo.

Para poder ejercer dicho derecho deberá ajustarse a las siguientes especificaciones:

Solicitar en los primeros lugares de orden de preferencia de la solicitud aquellos puestos de trabajo pertenecientes al centro de trabajo para el que desea acogerse a la citada preferencia.

Indicar en el modelo de instancia marcado como V-3, en el apartado P-2, el centro de trabajo y localidad para la que desea acogerse a la preferencia.

Aportar fotocopia compulsada de su nombramiento con carácter forzoso para el centro de trabajo y localidad indicados en el apartado P-2.

En caso de que no se siguieran las instrucciones especificadas en los tres párrafos anteriores perderá, para el presente concurso, el derecho preferente que le reconoce el citado art. 52.c).

12. El funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado mediante un proceso de reasignación forzosa previsto en el artículo 67 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, podrá participar en los concursos de traslados, aún cuando no hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido en el art. 46.1 del mismo Reglamento. A su vez, tendrá derecho preferente para obtener un puesto de trabajo en su centro de destino de origen en el primer concurso de puestos genéricos en que se oferten plazas de dicho centro.

Para poder ejercer dicho derecho deberá ajustarse a las siguientes especificaciones:

Solicitar en los primeros lugares de orden de preferencia de la solicitud aquellos puestos de trabajo pertenecientes al centro de destino para el que desea acogerse a la citada preferencia.

Indicar en el modelo de instancia marcado como V-3, en el apartado P-2, el centro de trabajo y localidad para la que desea acogerse a la preferencia.

Aportar fotocopia compulsada de su nombramiento por reasignación forzosa para el centro de destino y localidad indicados en el apartado P-2.

En caso de que no se siguieran las instrucciones especificadas en los tres párrafos anteriores perderá, para el presente concurso, el derecho preferente que le reconoce el citado art. 67.

13. Los funcionarios que estén desempeñando un puesto singularizado por concurso específico o por libre designación podrán participar en el presente concurso siempre que hayan desempeñado el citado puesto al menos durante un año, contado desde la fecha de su toma de posesión (artículo 54 ó 62 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).

14. Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente en excedencia en el cuerpo en el que se encontraba en activo. No obstante, aquellos funcionarios que hubieren obtenido un puesto de trabajo por concurso específico podrán renunciar a éste, si antes de la finalización del plazo de toma de posesión, hubieren obtenido un destino definitivo en el presente concurso, quedando obligado el interesado a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, deberá el funcionario tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados, según lo establecido en el art. 53 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Si el concurso específico se resuelve con anterioridad a la resolución definitiva del concurso ordinario, previéndose también el transcurso del plazo posesorio de aquél, el funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico, no teniendo ya opción para el concurso ordinario. Si el concurso específico se resuelve con posterioridad al concurso ordinario, habiendo transcurrido el plazo posesorio de éste, perderá la opción para el concurso específico.

Tercera. Baremos.

La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar la antigüedad (art. 48.1.a) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre) y el conocimiento de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas, según lo establecido en el apartado b) del mismo artículo.

1. Antigüedad. Por los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala para el que participa se otorgará dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,00555556 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y hasta un máximo de 60 puntos.

Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el concursante posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el superior.

Cuarta. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta Resolución, el cual se confeccionará exclusivamente por los medios telemáticos indicados en el punto 8 de la presente base.

1. Anexo II. Recuadro V-1: Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas, presentarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II de esta Resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, en el plazo de 16 días hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro de Entrada de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia que corresponda a la unidad organizativa en que estuvieran destinados.

Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales del País Vasco, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, Madrid, Cantabria, Aragón, Asturias y La Rioja, interesados en las plazas que se oferten en este concurso, presentarán su solicitud al Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma de su actual destino. En el caso de los destinados en la Comunidad de Madrid, se dirigirá a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, sita en la calle Gran Vía, número 43. 28013, Madrid.

2. Anexo II. Recuadro V-2: Los funcionarios destinados en puestos de trabajo de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones que se encuentren en excedencia del art. 506. d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que deseen solicitar plazas ofertadas en el presente concurso, presentarán su solicitud, señalando el recuadro V-2 del anexo II de esta Resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, en el plazo de 16 días hábiles siguientes al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, 8, 28012 Madrid), dirigida a la siguiente dirección:

Ministerio de Justicia - Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración de Justicia - Sección Concursos - calle San Bernardo, 21 (28015 Madrid).

3. Anexo II. Recuadro V-3: Los solicitantes que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

– Los excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular.

– Los adscritos provisionales por haber reingresado desde la situación de suspensión definitiva.

– Los adscritos provisionales por haber reingresado al haber sido rehabilitados.

– Los participantes con adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo que no tengan reserva de puesto de trabajo.

– Los adscritos provisionales por cese o renuncia de un puesto obtenido por libre designación o por haber renunciado a un puesto obtenido por concurso específico.

– Los adscritos provisionales por haber reingresado al haber cesado como Letrados sustitutos.

– Los incursos en reordenación de efectivos del art. 52.c) del Real Decreto 249/96, de 16 de febrero, o en reasignación forzosa del art. 67 del Real Decreto 1451/2012, de 7 de diciembre.

Presentarán su solicitud, señalando el recuadro V-3 del anexo II de esta Resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, en el plazo de 16 días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, 8, 28012 Madrid), dirigida a la siguiente dirección:

Ministerio de Justicia - Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración. de Justicia - Sección Concursos - calle San Bernardo, 21 (28015 Madrid).

4. Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común. A efectos informativos, se indica que existe una relación de oficinas de registro de la Administración General del Estado actualizada, en la página www.administracion.gob.es/Encuentra tu oficina/Oficinas de Registro, la cual pueden consultar a efectos de la presentación de la instancia de participación en el concurso.

Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada en el Registro General del Ministerio de Justicia, Gerencias Territoriales o Departamentos de Justicia de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas correspondientes, antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán en las oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser remitidas. Los participantes en el concurso deberán enviar la instancia que contenga el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse pasado el plazo de presentación de instancias aquella que no cumpla este requisito, aunque posteriormente se pudiera acreditar tal extremo.

5. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados de cualquiera de las Administraciones Públicas.

Los excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector público según el art. 506 d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán acompañar a su solicitud de participación en el concurso una declaración de no encontrarse en situación de suspensión firme de funciones.

6. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias que simultáneamente a ésta se realicen por los Gobiernos Autónomos y se publiquen, así mismo, en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas respectivas.

Del mismo modo mediante una única instancia, deberán optar por participar desde el cuerpo en que el funcionario se encuentre en activo, o reingresar al servicio activo en otro cuerpo del que formen parte como excedentes. En caso de presentar dos instancias solicitando destinos en dos Cuerpos y Escalas distintos, serán anuladas las dos solicitudes, quedando, por tanto, el funcionario excluido de la participación en el concurso.

7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias, en el sentido de que no será posible modificar la misma. Si alguien desea rectificar su instancia podrá presentar una nueva solicitud, para el mismo Cuerpo/Escala en el que participaba, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la presentada anteriormente. También se podrá renunciar a la participación en el concurso antes de la finalización del plazo de alegaciones a la resolución provisional, según lo indicado en la base primera, punto 7.

8. Confección de solicitudes. Todas las solicitudes se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción.

Todos los funcionarios que participen en el presente concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, a nivel nacional, deberán rellenar la solicitud por medios telemáticos entrando en el Portal del Ministerio de Justicia, en la siguiente dirección www.mjusticia.gob.es/ciudadanos/Empleo público/Concursos de traslados/concurso de traslados ordinario gestion, tramitacion y auxilio 2018.

Una vez que hayan entrado en dicha página pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre «G.T.A. Concurso de traslados», y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando. También pueden consultar el Manual del Asistente de Inscripción web publicado en dicho portal y si tienen alguna duda pueden llamar al teléfono de Atención al Usuario 913904605

Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los datos grabados por el concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.

Los concursantes deberán presentar el modelo de instancia en el impreso definitivo generado por el asistente informático, no el borrador, ya que éste no tendría validez. Dicha presentación se realizará por el sistema ordinario, de acuerdo con lo especificado en los puntos 1 al 7 de la presente base.

Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través del asistente.

Se considerará válida la solicitud que tenga el sello del registro de entrada, dentro del plazo, con fecha posterior, quedando anulada, por tanto, la solicitud que tenga estampado el sello del registro de entrada con fecha anterior.

No serán admitidas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente de inscripción.

Quinta. Peticiones condicionadas.

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.

Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.

Sexta. Tramitación.

Las Unidades de Personal de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en donde hubiesen tenido entrada las solicitudes de participación en el presente concurso, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, efectuarán la baremación en base a los datos que figuran en las solicitudes.

Séptima. Adjudicaciones.

1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base tercera de esta convocatoria.

2. En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo.

Octava. Resolución provisional.

1. La presente convocatoria se resolverá provisionalmente de forma coordinada con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, de forma que se publiquen simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado», en el Portal del Ministerio de Justicia y en el Portal de Justicia de la Comunidad de Madrid.

2. La resolución provisional pondrá a disposición de los interesados en las página web de Ministerio de Justicia y de la Comunidad de Madrid los anexos III de todos los participantes, la relación de excluidos con las causas de exclusión y la relación en orden alfabético de las adjudicaciones.

El anexo III es la solicitud del concursante, con expresión de sus datos personales, de su situación administrativa, y el número de orden y la denominación de los destinos grabados en el Asistente de Inscripción con la preferencia deseada por el interesado, constando, además, con la información relativa al baremo de los méritos, el destino provisionalmente adjudicado, en su caso, y los números de orden rechazados y su causa.

3. Contra la resolución provisional, el anexo III y la relación de excluidos, cabrá formular alegaciones desde la fecha que se indique y durante el plazo que igualmente se establezca, para lo cual deberán aportar en dicho plazo la prueba documental oportuna y fotocopia sellada de la instancia que presentaron en su día, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, preferentemente a través de los números de fax que se indicarán en la resolución provisional del concurso o mediante su presentación en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, 8, 28012 Madrid), utilizando para ello el modelo que se adjunta a la presente convocatoria como anexo IV dirigido a la siguiente dirección:

Ministerio de Justicia. Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración de Justicia. Sección Concursos, calle San Bernardo, 21 (28015 Madrid).

De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su baremación y el destino provisionalmente adjudicado.

Dichas alegaciones serán comprobadas, se resolverá lo que proceda en derecho y el resultado será reflejado en la resolución definitiva del concurso, por lo que no será notificado personalmente a los interesados.

Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionalmente adjudicados pueden sufrir modificaciones en la resolución definitiva, como consecuencia de los errores que hubieran podido producirse en la gestión de las instancias. En cualquier caso, los destinos asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso

Novena. Resolución definitiva y plazo posesorio.

1. Una vez resueltas las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá definitivamente, de forma coordinada con los órganos competentes de las Comunidades autónomas con competencias transferidas.

2. Las resoluciones del concurso podrán separarse por Cuerpos, a fin de que los ceses de los funcionarios concursantes puedan ser escalonados en el tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera ser perjudicial para el servicio público.

3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

4. El plazo de toma de posesión será de tres días naturales si no implica cambio de localidad del funcionario; ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.

Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la resolución definitiva del concurso.

5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.

Décima. Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.

Undécima. Limitación para concursar.

Aquellos funcionarios que obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán participar en otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Duodécima. Recursos.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Justicia en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de julio de 2018.–El Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Pedro Irigoyen Borja.

ANEXO I

Madrid

Cuerpo: Gestión PA

N..º Orden

Denominación

ATP

Localidad

Provincia

Vacante

Resultas

Idioma

14893

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

3

N

6442

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

6445

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

6448

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

N

11548

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

N

14032

JUZGADO DE LO PENAL N.º 5.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

14035

JUZGADO DE LO PENAL N.º 6.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

4361

OFICINA DE REGISTRO Y REPARTO.

GESTION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

13037

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1.

GESTION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

2

N

13043

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 (REG. CIVIL).

GESTION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

2

N

13040

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

GESTION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

1.

N

4370

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

GESTION P.A.

ALCORCÓN

MADRID

1

X

N

4413

OFICINA DECANATO.

GESTION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

N

4401

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

GESTION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

4

N

4404

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

GESTION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

3

N

4407

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

GESTION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

N

11510

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

GESTION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

3

N

14899

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 8.

GESTION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

3

N

10743

JDO. DE PAZ DE EL BOALO.

GESTION P.A. SECRETARIA

BOALO, EL

MADRID

1

N

4436

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

GESTION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

X

N

4439

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

GESTION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

X

N

10746

JDO. DE PAZ DE COLMENAR DE OREJA.

GESTION P.A. SECRETARIA FUNCIONES

COLMENAR DE OREJA

MADRID

1

N

4428

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 (VSM).

GESTION P.A.

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

X

N

10749

JDO. DE PAZ DE DAGANZO DE ARRIBA.

GESTION P.A. SECRETARIA

DAGANZO DE ARRIBA

MADRID

1

N

9923

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL).

GESTION P.A.

FUENLABRADA

MADRID

1

X

N

14896

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7.

GESTION P.A.

FUENLABRADA

MADRID

3

N

4494

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 (REG. CIVIL).

GESTION P.A.

GETAFE

MADRID

1

X

N

4509

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

GESTION P.A.

LEGANÉS

MADRID

1

X

N

623

SECRETARÍA AUDIENCIA PROVINCIAL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

190

SECRETARIA DE GOBIERNO

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

201

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

3

X

N

569

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 8 CIVIL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

602

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 19 CIVIL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

605

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 20 CIVIL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

555

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 3 PENAL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

558

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 4 PENAL (MENORES)

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

614

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 23 PENAL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1046

JUZGADO DECANO

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

3

X

N

1724

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 36

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1734

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 41

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1738

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 43

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1756

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 50

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1797

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 67

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1806

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 70

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

14058

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 99

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2762

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 23

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2792

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 33

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2807

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 38

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2831

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 46

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2840

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 49

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7135

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 7

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7140

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 9

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7146

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 11

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

7160

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 16

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7176

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 22

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7179

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 23

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

7191

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 27

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7195

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 29

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7198

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 30

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7204

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 32

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

7210

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 34

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

7216

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 36

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7219

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 37

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

11602

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 38

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

14958

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 42

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

10256

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

10259

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

10262

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

10265

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 4

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

11618

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 7

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

13000

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 9

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

11168

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º 3

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

12225

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º 9

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

6368

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2 (EJECUTORIAS)

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

6374

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4 (EJECUTORIAS)

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

6397

JUZGADO DE LO PENAL N.º 12 (EJECUTORIAS)

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

13514

JUZGADO DE LO PENAL N.º 32 (EJECUTORIAS)

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

960

REGISTRO CIVIL N.º 1

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

12534

FISCALÍA PROVINCIAL

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

1050

SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS

GESTION P.A.

MADRID

MADRID

4

X

N

12231

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º 1

GESTION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

6460

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2

GESTION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

14435

JUZGADO DE LO PENAL N.º 6

GESTION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

4555

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1

GESTION P.A.

NAVALCARNERO

MADRID

1

X

N

4558

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL)

GESTION P.A.

NAVALCARNERO

MADRID

2

X

N

11519

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4

GESTION P.A.

NAVALCARNERO

MADRID

1

X

N

4565

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL)

GESTION P.A.

PARLA

MADRID

1

X

N

4574

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4

GESTION P.A.

PARLA

MADRID

2

X

N

14504

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL)

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

4

N

14447

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

3

N

14450

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

X

N

14453

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

X

N

14456

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

X

N

14459

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 1

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

X

N

14465

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 3

GESTION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

X

N

13527

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2

GESTION P.A.

TORRELAGUNA

MADRID

2

N

4600

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL)

GESTION P.A.

VALDEMORO

MADRID

1

X

N

4603

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2

GESTION P.A.

VALDEMORO

MADRID

1

X

N

4606

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 (VSM)

GESTION P.A.

VALDEMORO

MADRID

1

X

N

Cuerpo: Tramitación PA

N.º Orden

Denominación

ATP

Localidad

Provincia

Vacante

Resultas

Idioma

13419

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 (FAMILIA).

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

14894

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

4

N

12098

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

6443

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

X

N

6446

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

3

X

N

6449

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

3

X

N

11549

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

X

N

14033

JUZGADO DE LO PENAL N.º 5.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

3

X

N

14036

JUZGADO DE LO PENAL N.º 6.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

X

N

12538

FISCALÍA DE ÁREA.

TRAMITACION P.A.

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

4

X

N

13038

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1.

TRAMITACION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

3

X

N

13044

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

5

X

N

13041

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

TRAMITACION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

1

X

N

13050

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5.

TRAMITACION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

2

X

N

13056

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

ALCOBENDAS

MADRID

1

X

N

4402

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

5

X

N

4405

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

3

X

N

4408

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

2

X

N

4411

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

2

X

N

11511

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

3

X

N

13003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

X

N

14900

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 8.

TRAMITACION P.A.

ARGANDA DEL REY

MADRID

4

N

4437

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

5

X

N

4440

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

2

X

N

4443

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

3

X

N

4449

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

4

X

N

11925

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

4

N

14421

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 8.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

2

X

N

13422

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º 1.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

X

N

13186

FISCALÍA. SECCIÓN TERRITORIAL.

TRAMITACION P.A.

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

X

N

4420

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1.

TRAMITACION P.A.

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

X

N

4423

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

COLMENAR VIEJO

MADRID

3

X

N

4426

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

TRAMITACION P.A.

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

X

N

11928

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

X

N

4459

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

COSLADA

MADRID

1

X

N

4471

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

COSLADA

MADRID

2

X

N

11514

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

TRAMITACION P.A.

COSLADA

MADRID

1

X

N

9924

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

FUENLABRADA

MADRID

2

X

N

14897

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7.

TRAMITACION P.A.

FUENLABRADA

MADRID

4

N

9938

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 1.

TRAMITACION P.A.

FUENLABRADA

MADRID

1

X

N

4484

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

2

X

N

4492

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

3

N

4495

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

2

X

N

4498

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

1

X

N

6452

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

1

X

N

6455

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

3

X

N

11208

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

2

X

N

14427

JUZGADO DE LO PENAL N.º 5.

TRAMITACION P.A.

GETAFE

MADRID

2

X

N

624

SECRETARÍA AUDIENCIA PROVINCIAL.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

191

SECRETARIA DE GOBIERNO.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

202

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

582

AUDIENCIA PROVINCIAL. SECCIÓN N.º 12 CIVIL.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1048

JUZGADO DECANO.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

1771

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 57.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

1804

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 69.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2712

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 6.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2733

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 13.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

2793

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 33.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7122

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7138

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 8.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7150

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 12.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7152

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 13.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

7158

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 15.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7167

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 18.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7170

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 19.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7183

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 24.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

7186

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 25.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

3

N

7192

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 27.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7194

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 28.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

7199

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 30.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7202

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 31.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7208

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 33.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

7211

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 34.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

7217

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 36.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

13506

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 40.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

14959

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 42.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

5

N

11163

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º 1.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

13467

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º 11.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

6386

JUZGADO DE LO PENAL N.º 8.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

6395

JUZGADO DE LO PENAL N.º 11.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

X

N

6403

JUZGADO DE LO PENAL N.º 14.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

6405

JUZGADO DE LO PENAL N.º 15.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

6411

JUZGADO DE LO PENAL N.º 17.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

6417

JUZGADO DE LO PENAL N.º 19.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

6420

JUZGADO DE LO PENAL N.º 20.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

6431

JUZGADO DE LO PENAL N.º 24.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

12984

JUZGADO DE LO PENAL N.º 29.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

2

N

12987

JUZGADO DE LO PENAL N.º 30.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

N

961

REGISTRO CIVIL N.º 1.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

3

X

N

12535

FISCALÍA PROVINCIAL.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

194

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. OFICINA DE REGISTRO Y REPARTO.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

1

X

N

1053

CLÍNICA MÉDICO FORENSE.

TRAMITACION P.A.

MADRID

MADRID

3

X

N

4550

OFICINA DECANATO.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

1

X

N

4532

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

4

X

N

4534

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

1

X

N

4537

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

2

X

N

4540

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

3

X

N

4543

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

1

X

N

4546

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

2

X

N

14430

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 8.

TRAMITACION P.A.

MAJADAHONDA

MADRID

2

X

N

1824

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

1827

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

6458

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

4

N

6461

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

3

N

6464

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

11552

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

2

X

N

14436

JUZGADO DE LO PENAL N.º 6.

TRAMITACION P.A.

MÓSTOLES

MADRID

4

N

4556

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1.

TRAMITACION P.A.

NAVALCARNERO

MADRID

2

N

4559

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

NAVALCARNERO

MADRID

3

X

N

11520

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

NAVALCARNERO

MADRID

1

X

N

4566

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

PARLA

MADRID

1

X

N

4569

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

PARLA

MADRID

1

X

N

4575

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

PARLA

MADRID

4

N

4578

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

PARLA

MADRID

1

X

N

11002

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

POZUELO DE ALARCÓN

MADRID

2

X

N

4586

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

MADRID

1

X

N

11934

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

MADRID

1

X

N

14505

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

6

N

14448

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2.

TRAMITACION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

N

14454

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

TRAMITACION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

X

N

14457

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5.

TRAMITACION P.A.

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

X

N

13528

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

TORRELAGUNA

MADRID

2

X

N

4601

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

TRAMITACION P.A.

VALDEMORO

MADRID

1

X

N

4604

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

TRAMITACION P.A.

VALDEMORO

MADRID

1

X

N

11523

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

TRAMITACION P.A.

VALDEMORO

MADRID

2

X

N

11937

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

TRAMITACION P.A.

VALDEMORO

MADRID

1

X

N

Cuerpo: Auxilio Judicial

N.º Orden

Denominación

ATP

Localidad

Provincia

Vacantes

Resultas

Idioma

12081

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

12084

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

12087

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

12090

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

3

N

13420

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 (FAMILIA).

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

N

14895

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

12096

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

12099

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

12102

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

12105

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

14391

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

X

N

6444

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

6447

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

N

6450

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

11550

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

2

N

14037

JUZGADO DE LO PENAL N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

1

N

4360

SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS.

AUXILIO JUDICIAL

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

3

X

N

4366

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

1

X

N

13045

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

2

X

N

13048

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

1

N

13042

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

1

N

13057

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

1

N

13060

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

1

N

13190

FISCALÍA. SECCIÓN TERRITORIAL.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

2

N

4369

SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS.

AUXILIO JUDICIAL

ALCOBENDAS

MADRID

4

X

N

4387

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

2

N

4372

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

2

X

N

4375

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

1

X

N

4378

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

1

X

N

4384

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

1

X

N

11200

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

2

N

11509

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

ALCORCÓN

MADRID

1

X

N

10741

JDO. DE PAZ DE ALPEDRETE.

AUXILIO JUDICIAL

ALPEDRETE

MADRID

1

N

4400

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

ARANJUEZ

MADRID

1

N

4390

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

ARANJUEZ

MADRID

2

N

14046

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

ARANJUEZ

MADRID

2

N

4403

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

N

4406

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

N

4409

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

N

4412

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

N

11512

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

2

N

13004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

1

X

N

14901

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 8.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

2

N

4418

SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS.

AUXILIO JUDICIAL

ARGANDA DEL REY

MADRID

3

X

N

4454

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

2

X

N

4438

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

N

4441

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

N

4444

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

N

4447

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

N

4450

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

N

4453

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

COLLADO VILLALBA

MADRID

1

N

4421

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

COLMENAR VIEJO

MADRID

2

N

4424

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

COLMENAR VIEJO

MADRID

2

N

4427

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

N

11929

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

X

N

13007

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

COLMENAR VIEJO

MADRID

1

X

N

4460

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

COSLADA

MADRID

3

N

4463

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

COSLADA

MADRID

2

N

4466

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

COSLADA

MADRID

1

N

4469

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

COSLADA

MADRID

1

N

4472

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

COSLADA

MADRID

2

N

11515

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

COSLADA

MADRID

1

N

8428

JDO. DE PAZ DE EL ESCORIAL.

AUXILIO JUDICIAL

ESCORIAL, EL

MADRID

1

N

9925

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

FUENLABRADA

MADRID

1

X

N

14898

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

FUENLABRADA

MADRID

1

N

4482

SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS.

AUXILIO JUDICIAL

FUENLABRADA

MADRID

1

X

N

4490

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

1

N

4493

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

1

N

4496

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

2

N

13010

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

2

N

6453

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

1

N

10447

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

1

N

11209

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

2

N

12542

FISCALÍA DE ÁREA (GETAFE-LEGANÉS).

AUXILIO JUDICIAL

GETAFE

MADRID

1

X

N

8438

JDO. DE PAZ DE HUMANES DE MADRID.

AUXILIO JUDICIAL

HUMANES DE MADRID

MADRID

1

N

4530

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

LEGANÉS

MADRID

1

X

N

4511

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

LEGANÉS

MADRID

1

X

N

4514

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

LEGANÉS

MADRID

2

N

4517

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

LEGANÉS

MADRID

1

X

N

4520

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

LEGANÉS

MADRID

2

X

N

12206

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 8.

AUXILIO JUDICIAL

LEGANÉS

MADRID

1

X

N

625

SECRETARÍA AUDIENCIA PROVINCIAL.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

192

SECRETARIA DE GOBIERNO.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

2

X

N

203

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

1049

JUZGADO DECANO.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

2

X

N

1643

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

N

2734

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 13.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

2767

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 24.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

2794

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 33.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

12976

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N..º 52.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

14960

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 42.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

2

N

6367

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

N

6435

JUZGADO DE LO PENAL N.º 25.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

N

13504

JUZGADO DE LO PENAL N.º 31.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

14085

JUZGADO DE LO PENAL N.º 36 (VSM).

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

14088

JUZGADO DE LO PENAL N.º 37 (VSM).

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

7609

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

7612

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

7615

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

11614

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

3

N

11784

JUZGADO DE MENORES N.º 7 (EJECUTORIAS).

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

962

REGISTRO CIVIL N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

3

X

N

1052

SERVICIO COMÚN DE NOTIFICACIONES Y EMBARGOS.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

1054

CLÍNICA MÉDICO FORENSE.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

1056

INSTITUTO ANATÓMICO FORENSE.

AUXILIO JUDICIAL

MADRID

MADRID

1

X

N

4551

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

MAJADAHONDA

MADRID

1

N

4535

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

MAJADAHONDA

MADRID

1

N

4538

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

MAJADAHONDA

MADRID

1

N

4541

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

MAJADAHONDA

MADRID

1

N

4544

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

MAJADAHONDA

MADRID

1

N

4547

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

MAJADAHONDA

MADRID

1

N

8442

JDO. DE PAZ DE MEJORADA DEL CAMPO.

AUXILIO JUDICIAL

MEJORADA DEL CAMPO

MADRID

1

N

1822

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

1

N

1828

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

1

N

7224

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

2

N

6459

JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

2

N

6462

JUZGADO DE LO PENAL N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

1

X

N

6465

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

2

N

11553

JUZGADO DE LO PENAL N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

2

N

14437

JUZGADO DE LO PENAL N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

MÓSTOLES

MADRID

2

N

4557

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1.

AUXILIO JUDICIAL

NAVALCARNERO

MADRID

2

N

4560

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

NAVALCARNERO

MADRID

2

N

4563

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 (VSM).

AUXILIO JUDICIAL

NAVALCARNERO

MADRID

2

N

11521

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

NAVALCARNERO

MADRID

2

N

13523

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

NAVALCARNERO

MADRID

1

N

4567

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

PARLA

MADRID

1

N

4570

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

PARLA

MADRID

1

N

4576

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

PARLA

MADRID

1

N

11932

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

PARLA

MADRID

2

N

13013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

PARLA

MADRID

1

N

11689

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

POZUELO DE ALARCÓN

MADRID

1

N

11518

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

POZUELO DE ALARCÓN

MADRID

1

X

N

14443

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

POZUELO DE ALARCÓN

MADRID

1

X

N

8454

JDO. DE PAZ DE LAS ROZAS DE MADRID.

AUXILIO JUDICIAL

ROZAS DE MADRID, LAS

MADRID

1

N

4587

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

MADRID

2

N

11935

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

MADRID

1

X

N

8467

JDO. DE PAZ DE SAN SEBASTIAN DE LOS REYES.

AUXILIO JUDICIAL

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

MADRID

1

X

N

4593

OFICINA DECANATO.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

N

14506

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 (REG. CIVIL).

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

N

14449

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

N

14452

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

N

14455

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

N

14458

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

2

N

14464

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

N

14467

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 3.

AUXILIO JUDICIAL

TORREJÓN DE ARDOZ

MADRID

1

N

13529

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2.

AUXILIO JUDICIAL

TORRELAGUNA

MADRID

2

N

8474

JDO. DE PAZ DE TORRELODONES.

AUXILIO JUDICIAL

TORRELODONES

MADRID

1

N

10766

JDO. DE PAZ DE VALDEMORILLO.

AUXILIO JUDICIAL

VALDEMORILLO

MADRID

1

N

4608

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 (VSM).

AUXILIO JUDICIAL

VALDEMORO

MADRID

2

N

11524

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4.

AUXILIO JUDICIAL

VALDEMORO

MADRID

2

N

11938

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5.

AUXILIO JUDICIAL

VALDEMORO

MADRID

2

N

12194

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6.

AUXILIO JUDICIAL

VALDEMORO

MADRID

1

N

13532

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7.

AUXILIO JUDICIAL

VALDEMORO

MADRID

1

N

1

2

3

4

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/07/2018
  • Fecha de publicación: 23/07/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 9 de enero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-629).

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