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Documento BOE-A-2017-13473

Orden EIC/1129/2017, de 19 de octubre, de autorización administrativa de cesión parcial de la cartera de contratos de seguros de decesos por parte de UMAS, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija, a Eterna Aseguradora, SA, Compañía de Seguros y Reaseguros, y de revocación a la entidad cedente de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de decesos.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 22 de noviembre de 2017, páginas 113254 a 113255 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-13473

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las entidades UMAS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, y ETERNA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS han presentado con fecha 23 de diciembre de 2016, en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión en virtud de la cual la entidad UMAS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA realizará una cesión parcial de la cartera de contratos de seguros de decesos a la entidad ETERNA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS.

Asimismo, la entidad UMAS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, ha presentado solicitud de revocación de autorización administrativa para operar en el ramo de decesos, ramo 19 según la clasificación prevista en el Anexo de la Ley 20/2015.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 89 y 169.3.a) de la Ley 20/2015, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para autorizar la operación de cesión y revocar la autorización administrativa para operar en el ramo de decesos a la entidad UMAS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión parcial de la cartera de contratos de seguros de decesos por parte de la entidad UMAS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, a la entidad ETERNA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS.

Segundo.

Revocar la autorización administrativa a la entidad UMAS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, para operar en el ramo de decesos, ramo 19 según la clasificación prevista en el Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 19 de octubre de 2017.–El Ministro de Economía, Industria y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Irene Garrido Valenzuela.

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