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Documento BOE-A-2017-10596

Orden INT/877/2017, de 26 de julio, por la que se concede subvención directa a Cruz Roja Española, para su participación en la Operación Paso del Estrecho y en otras actividades de protección civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 15 de septiembre de 2017, páginas 91643 a 91655 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-10596

TEXTO ORIGINAL

Cruz Roja Española, como entidad colaboradora del Sistema Nacional de Protección Civil, viene cooperando con el Ministerio del Interior mediante la realización de acciones en el marco de la Operación Paso del Estrecho (OPE) y otras actividades de protección civil. En particular, durante las fases de salida y retorno de la operación aporta recursos humanos y medios materiales a fin de prestar soporte de información y orientación como apoyo al módulo de asistencia social establecido por Protección Civil, la atención urgente mediante la aplicación de técnicas de primeros auxilios en apoyo a los módulos sanitarios, o el transporte de personas, incluido el sanitario, entre otras acciones. Asimismo participa en operaciones de prevención y actividades de carácter operativo en materia de protección civil, tales como la instalación y gestión de áreas de albergue provisional y asistencia social, el establecimiento de puntos de distribución de alimentos y productos básicos de abrigo e higiene a favor de personas afectadas por situaciones de emergencia de ámbito nacional, la organización de dispositivos de atención psicosocial a los afectados por situaciones de emergencia, o la participación en las tareas de evaluación y coordinación de emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior.

Las actividades de colaboración realizadas por estas entidades, en la medida en que contribuyen al ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de protección civil, acreditan la concurrencia de razones de interés público, social y humanitario que justifican la concesión directa de una subvención a dicha entidad al amparo del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En su virtud el 15 de junio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 561/2017, de 2 de junio, por el que se regula la concesión de diversas subvenciones directas del Ministerio del Interior. En el articulo 1 a) del Real Decreto 561/2017 se regula la concesión de una subvención directa a la Cruz Roja Española por su participación en la Operación Paso del Estrecho y otras actividades de protección civil.

En el artículo 3.1 del Real Decreto 561/2017 se autoriza la concesión directa de la subvención atendiendo a la concurrencia de razones de interés público, social y humanitario que determinan la improcedencia de su convocatoria pública, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c), en relación los apartados 2 y 3 del artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y se establece que la concesión de las subvenciones se realizará mediante orden del Ministro del Interior.

Finalmente, el artículo 3.2 del citado Real Decreto señala que la concesión de las subvenciones se realizará mediante orden del Ministro del Interior.

Así, en virtud de lo establecido por el Real Decreto 561/2017 de 2 de junio, y una vez verificado por este centro directivo que la Cruz Roja Española reúne todos los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones, según lo exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por su Reglamento de desarrollo, el Ministro del Interior, como titular del órgano competente para la concesión de esta subvención dispongo:

Articulo 1. Objeto y beneficiario de la subvención.

Se concede a la Cruz Roja Española una subvención directa por importe de trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos euros (341.400.000 €), con el fin de financiar su participación en labores asistenciales durante la Operación Paso del Estrecho, y en otras actividades de Protección Civil, según se recoge en los Anexos del I al VI de esta Orden Ministerial.

Artículo 2. Crédito presupuestario.

El importe de la subvención de 341.400.000 € definida en el apartado anterior se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Estado para el año 2017, Sección 16 «Ministerio del Interior», Servicio 01 «Subsecretaría», Programa 134M «Protección Civil», concepto 489 «A la Cruz Roja Española, por su participación en la Operación Paso del Estrecho y en otras actividades de protección civil ».

Artículo 3. Régimen de compatibilidad con otras ayudas.

La subvención otorgada a Cruz Roja Española será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin que, en ningún caso, la suma de las distintas aportaciones pueda superar el importe total de los gastos en que haya incurrido o pueda incurrir Cruz Roja Española por su participación en las acciones descritas en este Orden Ministerial

Artículo 4. Obligaciones del beneficiario.

Además de las obligaciones generales previstas para los beneficiarios de subvenciones en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Cruz Roja Española, en su condición de beneficiaria de la subvención directa prevista en esta Orden Ministerial, quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones específicas tal y como se establece en el artículo 7 del Real Decreto 561/2017 de 2 de junio:

a) Realizar las actividades objeto de esta subvención. El plazo para la realización de las actividades objeto de esta subvención y descritas en los anexos del I al VI se ejecutarán durante todo el ejercicio 2017.

b) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los fondos recibidos, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.

c) Conservar toda la documentación original justificativa de la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas.

Artículo 5. Procedimiento de pago de la subvención.

1. Las propuestas de resolución de concesión deberá ser aceptada por Cruz Roja Española en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de su notificación, entendiéndose que renuncian a la subvención si no se produce la aceptación expresa en el plazo indicado según se establece en el artículo 3.4 del Real Decreto 561/2017, de 2 de junio.

Las resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurridas en reposición en el plazo de un mes ante el órgano concedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

2. El pago de las subvenciones se hará efectivo dentro del mes siguiente a la resolución de concesión. El Ministerio del Interior a través de La Dirección General de Protección Civil y Emergencias ordenará el libramiento de los fondos a través de un pago único.

Articulo 6. Justificación de la subvención.

Los beneficiarios justificarán ante el Ministerio del Interior, antes del 31 de marzo de 2018, la aplicación de las subvenciones percibidas, presentando al efecto una memoria y una cuenta justificativa, firmada por quien ostente la representación legal de Cruz Roja Española con el contenido previsto en el artículo 72.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que acrediten el cumplimiento del objeto de la subvención.

En todo caso, Cruz Roja Española estará obligada a aportar:

a) Memoria final detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, que describirá los objetivos y resultados conseguidos conforme a la subvención concedida.

b) Certificado de la entidad perceptora de que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto concedido y proyecto presentado.

c) Relación numerada secuencialmente de los gastos realizados, ordenada por partidas presupuestarias.

d) Declaración de las actividades realizadas, con descripción detallada de aquellas que han sido financiadas con la subvención y su coste, así como resumen de aquellas otras que hayan sido financiadas con fondos propios u otras subvenciones.

e) Certificado del perceptor acreditativo del importe, procedencia y aplicación de subvenciones distintas que hayan financiado actividades objeto del plan de actuación.

f) La totalidad de los recibos, facturas, nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cuyo importe haya sido abonado con cargo a la subvención concedida, y entre otros:

– En lo que se refiere al personal contratado, contrato de trabajo y documentos Tc2 de los trabajadores contratados.

– En lo que se refiere a la participación de voluntarios, facturas con los gastos de desplazamiento, manutención, vestuarios y seguros voluntarios.

g) Otros gastos:

Facturas de gastos telefónicos.

Facturas de reparaciones de vehículos puestos a disposición del Plan de Acción para 2017.

Factura de repostaje de los vehículos puestos a disposición del Plan de actuación 2017.

Facturas de material de emergencia y sanitario utilizado en el plan de acción para 2017.

Artículo 7. Incumplimientos y reintegro de la subvención.

1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, de los intereses devengados por la subvención, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos recogidos en los artículos artículo 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

2. El procedimiento para el reintegro se regirá por lo dispuesto en los artículos 41 a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el capítulo II del título III de su Reglamento de desarrollo.

3. En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por las entidades beneficiarias una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.

Madrid, 26 de julio de 2017.–El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido Álvarez.

ANEXO I
Acciones a desempeñar por Cruz Roja Española

Dentro de las acciones a desempeñar por Cruz Roja Española, como entidad colaboradora del Sistema Nacional de Protección Civil y beneficiaria de esta subvención nominativa, cabe destacar las siguientes:

1. Participación de la Cruz Roja Española en la Operación Paso del Estrecho 2017, aportando los recursos humanos y materiales que se establecen en el anexo II.

Se contemplan actuaciones en casos puntuales a lo largo del año en periodos vacacionales cortos.

2. Participación en operaciones de prevención y actividades de carácter operativo en materia de protección civil, tales como:

– La instalación, organización y gestión de áreas de Albergue Provisional y Asistencia Social (anexo III).

– El establecimiento de puntos de distribución de alimentos, bebidas, elementos básicos de productos de abrigo e higiene, a favor de las personas que se vean afectadas por situaciones de emergencia en el ámbito nacional (anexo IV).

– La organización de dispositivos de atención psicosocial a las víctimas y afectados por situaciones de emergencia (anexo V).

– La participación de Equipos de apoyo a las tareas de Evaluación y Coordinación de Emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior (anexo VI).

– Participación de la Cruz Roja Española en la realización de dos ejercicios durante el año 2017, de alerta y solicitud de movilización de los recursos humanos y materiales de Cruz Roja.

ANEXO II
Participación de Cruz Roja Española en la «Operación Paso del Estrecho 2017»

El Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, es responsable de la Coordinación General de la «OPE 2017», y ha considerado oportuna y necesaria la colaboración de Cruz Roja Española en dicha operación, al igual que en ediciones anteriores. En tal sentido se encaminarán sus actuaciones de forma preferente en las áreas de atención social y sanitaria, transporte sanitario, dinamización y actividades de ocio para la infancia.

Igualmente el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias facilitará, a través de las autoridades portuarias afectadas por la OPE, las instalaciones adecuadas para las tareas encomendadas a Cruz Roja Española en el Plan Especial OPE 2017.

El ámbito de actuación de Cruz Roja en la «OPE 2017» será: los Puertos de Algeciras, Tarifa, Almería, Alicante, Málaga, Motril, Ceuta y Melilla, el Área de Emergencia de Los Barrios y el Área de regularización del tráfico en Tarifa, durante las fechas siguientes:

Fase salida: Desde el 23 de junio al 2 de septiembre (Algeciras, Málaga, Almería, Motril y Alicante).

Fase retorno: Desde el 24 de julio al 8 de septiembre (Ceuta y Melilla).

Como quiera que el Comité Estatal de Coordinación (CECO) del Plan especial de protección civil Operación Paso del Estrecho es el órgano competente para determinar las fases del período estival, el calendario final de cobertura se ajustará a lo que determine el citado Comité Estatal y las indicaciones que el Coordinador General establezca.

También, a requerimiento del Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias,Cruz Roja establecerá los dispositivos básicos de asistencia sanitaria y social, en los periodos cortos de vacaciones, a lo largo del año, en los que puedan producirse aglomeraciones de pasajeros en los puertos de la Operación Paso del Estrecho.

Las actividades a realizar por Cruz Roja están encuadradas en el Plan Especial de Protección Civil para la «OPE 2017» bajo los criterios y coordinación de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias a través del Coordinador General de la «OPE 2017» a nivel estatal y a nivel provincial a través de la coordinación efectiva realizada por los Jefes de Unidad de Protección Civil de las Delegaciones y Subdelegaciones afectadas.

Las acciones a desarrollar por Cruz Roja Española en la «OPE 2017» serán las siguientes:

– Orientación social:

Atención mediante el soporte de información y orientación como apoyo al módulo de asistencia social establecido por Protección Civil en cada Puerto. Registro de casos y atención personalizada de los mismos, con especial atención a los niños, dinamizando actividades de ocio y tiempo libre para ellos.

Por otra parte, se programarán rutas en cada puerto que alcancen los puntos de mayor concentración de vehículos y personas. En el caso de Algeciras, esta función se realizará también en el área alternativa de emergencia de Los Barrios, si las condiciones obligan a su apertura.

– Primeros auxilios:

Atención urgente mediante la aplicación de técnicas de socorrismo y primeros auxilios «in situ» y apoyo a los módulos sanitarios atendidos por personal facultativo, en caso de existir esta figura asistencial. Su área de actuación serán todos los recintos portuarios OPE y el área alternativa de Emergencia de Los Barrios, si ésta es activada.

– Transporte de personas:

Disposición específica en cada puerto de un vehículo de transporte de personal como mínimo de cinco plazas, destinados a facilitar el transporte de aquellas personas que requieran acudir a una consulta médica y no precisen un transporte sanitario mediante vehículo ambulancia.

– Transporte sanitario terrestre:

Disposición específica en cada puerto de vehículo/os ambulancia tipo «B» destinadas a proporcionar a aquellas personas que requieran una evacuación a un centro sanitario de referencia establecido en cada caso.

Estas evacuaciones serán ordenadas por los módulos de atención sanitaria dispuestos en cada Puerto y según el criterio facultativo del médico responsable, en caso de existir esta figura asistencial.

La disposición de este servicio será la que se acuerde en los días en donde se prevea, de acuerdo a la información que disponga el Coordinador General de la Operación perteneciente a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a una afluencia alta de viajeros y vehículos o en las situaciones declaradas de emergencia de acuerdo a lo contenido en el Plan Especial de protección civil para la Operación Paso del Estrecho.

En los períodos de tiempo en que no exista presencia física de vehículo ambulancia de Cruz Roja Española, las situaciones de urgencia y compromiso vital que puedan surgir serán derivadas a los servicios de salud públicos y de referencia y concretamente a los Sistemas de urgencia y emergencia médica establecidos por las Comunidades Autónomas y por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en los ámbitos territoriales de su competencia.

– Enlace con las Unidades de Protección Civil:

Para garantizar las comunicaciones con los centros de coordinación de Protección Civil, establecidos en cada puerto, así como desde el Centro Nacional de Coordinación de Cruz Roja Española y el Centro Nacional de Emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, se reforzará el sistema de comunicaciones a través de la Red SIRDE.

Cuando se constate un posible número creciente e importante de pasajeros y vehículos en los Puertos durante determinados períodos vacacionales de corta duración, se deja a criterio del Coordinador General de la Operación Paso del Estrecho perteneciente a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior la solicitud a Cruz Roja Española de dispositivos de cobertura preventiva en estos Puertos y en estos períodos con expresión de las fechas en que es necesaria la presencia de Cruz Roja así como los recursos materiales y humanos que han de tener presencia y aquellos que hay que asegurar su disponibilidad en caso de una razonable potencial situación de emergencia, que no pueda atender la Autoridad Portuaria afectada.

El plazo mínimo para realizar estas solicitudes será de 7 días naturales. Sin perjuicio de las situaciones declaradas de emergencia sobrevenida, como por ejemplo las causadas por los fenómenos meteorológicos adversos.

Para afrontar con garantías el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Coordinación General de la Operación Paso del Estrecho 2017, Cruz Roja Española garantizará la disponibilidad de los medios humanos y materiales que a continuación se detallan y que podrán ser modificadas a criterio del Coordinador General en base a las necesidades que en cada caso puedan necesitarse al inicio de la OPE.

El nivel de cobertura de los servicios dispuestos por cruz roja española en los diferentes puntos en los que se desarrolla la operación paso del estrecho, se establecerá con arreglo al siguiente calendario (orientativo):

A) Puertos peninsulares (Algeciras, Tarifa, Málaga, Almería, Motril y Alicante)

Periodo actividad

Algeciras Tarifa

Málaga

Almería

Motril

Alicante

23/06 a 24/07

Normal.

1 vehículo.

Ambulancia.

Orientación social.

Dinamización Ocio.

1 Vehículo de transporte de Personal.

Orientación social.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Botiquín.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Dinamización Ocio.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

25/07 a 11/08

Intensa.

3 Vehículo.

Ambulancia.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Botiquín.

Dinamización Ocio.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Botiquín.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social Botiquín.

Dinamización Ocio.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Botiquín.

Dinamización Ocio.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Botiquín.

27/08 a 02/09

Normal.

1 Vehículo.

Ambulancia.

25/07 a 5/08

Área de Emergencia.

1 Vehículo.

Ambulancia.

Tienda 103 m2.

Climatización frío.

Moto generador y Torre de iluminación.

B) Puertos continentales (Ceuta y Melilla)

Periodo y actividad

Ceuta

Melilla

24/07 a 14/08 Normal.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social Botiquín.

Orientación social.

Botiquín.

15/08 a 8/09 Intensa.

1 Vehículo de Transporte de Personal.

Orientación social.

Botiquín

Orientación social.

Botiquín.

La disponibilidad de prestar servicios de transporte sanitario terrestre por carretera de carácter urgente será definida en calendario aparte por el Coordinador General de la Operación, cuando exista una previsión de afluencia de viajeros y vehículos que así lo aconseje con carácter preventivo y hasta un máximo de: (Algeciras 3 UD, Málaga, Motril, Almería, Alicante y Ceuta 1 UD).

Todo ello sin perjuicio de las situaciones de Emergencia que la Dirección General de Protección Civil y Emergencias pueda declarar y en donde, a través de los Coordinadores Locales de la OPE dependientes de las Subdelegaciones y Delegaciones del Gobierno, se determinará las actividades que haya que realizar Cruz Roja Española.

Los recursos humanos que dispondrá cruz roja española en las diferentes etapas de la operación son los siguientes:

Puerto de Algeciras/Tarifa:

1 Coordinador Local.

3 Coordinadores Adjuntos.

105 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

23 de junio al 24 de julio

7

7

7

21

25 de julio al 11 de agosto

7

7

7

21

27 de agosto al 2 de septiembre

15

15

15

45

25/07 a 5/08 (Área de Emergencia)

6

6

6

18

Totales

35

35

35

105

En el puerto de Tarifa habrá presencia de un vehículo de transporte de personal para realizar servicios de transporte al Centro de Sanitario de la localidad más cercana, durante los períodos de embarque de viernes a domingo en el período que media del 17 de julio al 11 de agosto.

– Se incrementan el número total para atender incidencias y refuerzos en caso de necesidad.

Puerto de Málaga:

1 Coordinador Local.

12 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

23 de junio al 24 de julio

3

3

0

6

25 de julio al 11 de agosto

3

3

0

6

Totales

6

6

0

12

Puerto de Almería:

1 Coordinador Local.

24 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

23 de junio al 24 de julio

6

6

0

12

25 de julio al 11 de agosto

6

6

0

12

Totales

12

12

0

24

Puerto de Motril:

1 Coordinador Local.

22 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

23 de junio al 24 de julio

5

5

0

10

25 de julio al 11 de agosto

6

6

0

12

Totales

11

11

0

22

Puerto de Alicante:

1 Coordinador Local.

16 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle.

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

23 de junio al 24 de julio

3

3

0

6

25 de julio al 11 de agosto

5

5

0

10

Totales

8

8

0

16

Puerto de Ceuta:

1 Coordinador Local.

19 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle.

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

25 de julio al 15 de agosto

4

4

0

8

16 de agosto al 9 de septiembre

4

4

3

11

Totales

8

8

3

19

Puerto de Melilla:

1 Coordinador Local.

24 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle.

Fechas

Mañana

Tarde

Noche

Total

25 de julio al 15 de agosto

4

4

4

12

16 de agosto al 9 de septiembre

4

4

4

12

Totales

8

8

8

24

Las referencias a las personas que colaboran con carácter voluntario y que son distribuidas por turnos, se refieren a los puestos de actividad que serán cubiertos en los citados turnos, lo que implica que el número de personas voluntarias que participarán finalmente será previsiblemente mayor, aún cuando no es posible cuantificarlo en global ni por Puerto. (Se puede estimar un ratio de 1,5 personas por puesto de actividad).

Se podrán establecer otras fechas distintas a las acordadas en el CECO con el fin de adaptarse a las incidencias que se puedan presentar en un determinado puerto y en función de las necesidades de horarios y de personal, a petición expresa del Coordinador Provincial al Coordinador Nacional y de acuerdo con los responsables provinciales y nacionales de la Cruz Roja.

Presupuesto

Contratación personal remunerado

Euros

1 Coordinador Nacional

12.154,22

7 Coordinadores locales.

1 Coordinador en Algeciras durante 4 meses.

1 Coordinador en cada uno de los siguientes Puertos; Málaga, Almería, Motril, Alicante, Ceuta y Melilla durante 3 meses.

37.770,50

3 Coordinadores adjuntos.

En el puerto de Algeciras durante 3 meses.

16.579,83

Total

66.504,55

Participación de voluntarios:

Gastos de desplazamiento

9.000,00

Gastos de manutención y alojamiento

87.000,00

Vestuario

11.000,00

Total

107.000,00

Actividad a realizar (7 puertos):

Disponibilidad de vehículos transporte/ambulancia.

Puertos de Algeciras Tarifa, Málaga, Almería, Motril, Alicante, y Ceuta.

19.000,00

Ocio y tiempo libre para la infancia.

Puertos de Algeciras, Motril, Almería.

2.495,45

Total

21.495,45

Total partida

195.000,00

ANEXO III
Instalación, organización y gestión de áreas de albergue provisional y asistencia social

La Cruz Roja Española mantiene disponibles los 365 días del año (24 h) una serie de recursos humanos y materiales, que se detallan a continuación.

Estas áreas estarán dimensionadas con una capacidad máxima de 1.000 personas en espacios preferiblemente cerrados (colegios, polideportivos, recintos feriales, etc.).

La activación de estos recursos se realizará a través del Centro Nacional de Emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, según el protocolo de actuación establecido al efecto entre ambas instituciones.

Cruz Roja Española proporcionará los medios de transporte que sean, en cada caso, necesarios para trasladar los recursos a las zonas establecidas previamente por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, para lo cual mantendrá disponibles los siguientes recursos propios que a continuación se relacionan:

– Un camión de transporte de mercancías.

– Dos camiones todo terreno porta contenedores.

– Dos contenedores transporte de mercancías.

– Un vehículo todo terreno transporte personal.

– Un vehículo todo terreno transporte mixto.

El tiempo de respuesta para su disposición para el desplazamiento hacia el lugar de la intervención, a partir de la orden de movilización, no superará las 8 horas; Para lo que Cruz Roja tendrá dispuestos los mecanismos que sean necesarios, en todo caso.

Cruz Roja Española establecerá las medidas técnico organizativas necesarias para garantizar el suministro de determinados elementos, que a continuación se relacionan, necesarios para la instalación y organización de las Áreas de Albergue Provisional.

Modulo para mil personas en albergues provisionales:

– Mil camas campaña.

– Mil sacos de dormir.

– Dos mil mantas rojas con parche de CR.

– Mil bolsas de aseo individual.

– Tres termos distribuidor bebidas.

– Seis isotermos.

Cruz Roja garantizará el suministro, disposición y montaje de todos los medios y recursos materiales necesarios para la disposición de un Área de Albergue Provisional y Asistencia Social, con las siguientes particularidades:

– Albergues ubicados en espacios cerrados (colegios, polideportivos, recintos feriales, etcétera), el número de personas afectadas que se pueden asistir es de un máximo de 1.000 por un periodo de 7 días de estancia.

– El tiempo de respuesta en disponer de estas áreas de albergue provisional no debe ser superior a las 48 horas, una vez haya sido dada la orden de movilización por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias y los medios (humanos y materiales) hayan llegado a la zona afectada.

– Se dispondrá de un suministro de productos alimentarios y de primera necesidad a las personas que estén alojadas en las áreas de albergue social.

– Se elaborará y mantendrá un censo detallado de las personas acogidas en los Albergues Provisionales. Esta información se trasladará al responsable de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias que en cada caso corresponda.

De forma coordinada, con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, se podrá disponer de equipos de intervención psicosocial en las áreas de albergue.

Para todo ello, Cruz Roja Española pondrá a disposición de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias los siguientes recursos humanos:

Albergue

Dirección

Instalación

Manejo

50 Personas.

1 Responsable.

12 Socorristas.

1 Jefe de Equipo.

2 Operadores célula control.

5 Socorristas.

1.000 Personas.

1 Responsable.

50 Socorristas.

1 Jefe de Equipo.

10 Operadores célula control.

1 Psicólogo.

1 Trabajador Social.

1 Profesional salud.

50 Socorristas.

La Dirección General de Protección Civil y Emergencias realizará las gestiones en cada caso necesarias con las Administraciones Públicas o con los particulares que sea oportuno de acuerdo a la legislación vigente para facilitar los espacios útiles para este fin, que contarán preferiblemente, como mínimo, de nueve metros cuadrados para cada persona albergada incluidos espacios comunes, en el caso de espacios cerrados.

Los lugares y las instalaciones seleccionados contarán, en lo posible, con los elementos mínimos de suministro de agua potable para consumo y de saneamiento y evacuación de residuos.

La participación de la Cruz Roja en la instalación, organización y gestión de áreas de albergue provisional y asistencia social será subvencionada por la DGPCE hasta un importe de 81.088,00 €

ANEXO IV
Disposición de una red de recursos móviles para el abastecimiento y distribución de alimentos, bebidas y elementos básicos de abrigo e higiene

Cruz Roja Española tiene un Convenio de Colaboración con la Fundación Solidaridad Carrefour por el cual, la citada Fundación pone a disposición de Cruz Roja la capacidad de abastecimiento de alimentos y elementos básicos de abrigo e higiene que tiene el Grupo Empresarial Carrefour en la totalidad del territorio Español mediante su red de plataformas logísticas y su red de Hipermercados.

Este Convenio permite disponer de los alimentos y elementos básicos de abrigo e higiene en un tiempo no superior a 12 horas a partir de su demanda, con la siguiente hipótesis de cobertura; artículos de consumo para mil personas durante siete días y la subvención de la citada Fundación para ello.

Así mismo Cruz Roja Española dispone de una red de recursos móviles a nivel nacional que permiten establecer puntos desde donde realizar tareas de distribución de alimentos y elementos básicos de abrigo e higiene. Esta red de recursos móviles se encuentra ubicada en los siguientes puntos geográficos:

Galicia, Asturias, Castilla y León, Madrid, Castilla La Mancha, Extremadura, Andalucía, La Rioja, Comunidad Valenciana, Canarias, Ceuta, Melilla.

Cada uno de estos recursos móviles está compuesto por:

– Un Jefe de Equipo.

– Cuatro socorristas.

– Un vehículo todo terreno.

– Un vehículo de transporte de personal y mercancías.

También se dispone de un Remolque que cuenta en su interior, con una tienda de 36 m2, un moto generador de 12.000 watios, una torre de iluminación y dos termos distribuidores de bebidas calientes, así como de mobiliario y otros accesorios.

Cada recurso móvil está definido para atender a doscientas personas cada ocho horas.

El tiempo previsto para partir hacia el lugar de intervención es de 6 horas.

Cruz Roja Española proporcionará los recursos materiales y humanos a trasladar a las zonas establecidas previamente por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, para lo cual mantendrá disponibles los siguientes recursos propios que a continuación se relacionan:

– Un Camión porta contenedores.

– Un Contenedor Cafetería.

– Trece Vehículo todo terreno.

– Trece Remolque puesto avituallamiento.

La participación de la Cruz Roja en anexo la disposición de una red de recursos móviles para el abastecimiento y distribución de alimentos, bebidas y elementos básicos de abrigo e higiene será subvencionada por la DGPCE hasta un importe de 12.000,00 €.

ANEXO V
Disponibilidad de ocho Equipos de Respuesta Inmediata en Emergencias (ERIE) especializados en intervención psicosocial

Los equipos de Intervención Psicosocial de Cruz Roja Española tienen como principal objetivo proporcionar una adecuada atención integradora a las víctimas, familiares y allegados que se vean afectados por una situación de emergencia, con la finalidad de satisfacer las necesidades psicológicas, sociales y sanitarias que puedan presentar en los primeros momentos de la crisis, brindando servicios de acompañamiento, primeros auxilios psicológicos y apoyo emocional.

La capacidad de intervención de los equipos se centra en la fase de emergencia, iniciando su actuación en los primeros momentos de la crisis y finalizando su intervención en la fase de resolución que generalmente coincide con la repatriación y funeral de las víctimas, en el supuesto de personas fallecidas.

Los equipos tienen un carácter multidisciplinar siendo su composición la siguiente:

– Un jefe de equipo,

– Un psicólogo,

– Un médico/ enfermero,

– Un trabajador social

– Diez socorristas de acompañamiento.

La adscripción de las personas con estos puestos de actividad es con carácter voluntario.

Cruz Roja Española asume el compromiso de disponibilidad máximo de 8 Equipos ERIE, cuyo tiempo de respuesta será de 6 horas para estar preparados para intervenir en cualquier punto del territorio Español.

Las funciones más específicas a realizar por parte de los Equipos ERIE en el ámbito del presente Plan de Acción, se centrarían en:

– Valorar necesidades psicosociales presentes en los diferentes escenarios de intervención (Aeropuerto, Puertos, Estaciones Ferrocarril y Autobuses, salas de recepción de víctimas y familiares, hoteles, hospitales, capillas ardientes,…) para proporcionar servicios de acompañamiento, primeros auxilios psicológicos y apoyo emocional.

– Coordinación interinstitucional para la correcta organización del dispositivo de intervención Psicosocial.

– Organizar áreas de recepción de víctimas y familiares, recopilando datos básicos para la localización e identificación, cubriendo las necesidades básicas, facilitando información disponible y garantizando espacios de intimidad.

– Asesorar a los gestores de la emergencia, en caso de demanda, sobre aspectos psicosociales que inciden negativamente en la salud de los afectados (organización de capillas ardientes, mecanismos óptimos de información y comunicación de malas noticias, técnicas de manejo de los rumores sociales...).

– Prestar apoyo Psicosocial a las víctimas, familiares y allegados, normalizando las reacciones de los afectados para prevenir la aparición de cuadros psicopatológicos y facilitar la pronta vuelta a la normalidad.

– Ayudas para iniciar la elaboración del duelo y/o intervención en crisis con familiares desaparecidos.

– Valoración de las necesidades de la salud tanto física como mental de los familiares, de manera coordinada con la respuesta de los recursos sanitarios de la zona.

– Detección de aquellos casos donde sea necesario remitir a los afectados a la red de salud mental y/o servicios sociales, facilitando su derivación.

– Identificación de los grupos de riesgo (menores, ancianos, familiares no acompañados) estableciendo medidas de especial seguimiento y apoyo.

De todas las actuaciones que se realicen se dará la oportuna información a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias a través del enlace que en cada caso se designe.

La participación de la Cruz Roja en la disposición de ocho equipos de respuesta inmediata en emergencia (ERIE) especializados en intervención psicosocial será subvencionada por la DGPCE hasta un importe de 20.000,00 €.

ANEXO VI
Disponibilidad de un equipo de apoyo a las tareas de evaluación y coordinación de emergencias

La disponibilidad de un Equipo de personas para dar apoyo a las tareas de Evaluación y Coordinación de Emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, compuesto como máximo por 6 personas:

– Dos conductores con carnet de conducir BTP.

– Un técnico experto en intervención psicosocial.

– Un técnico experto en logística en emergencias (Abastecimiento y Albergue).

– Un técnico experto en salud en emergencias.

– Un técnico experto en comunicaciones e informática en emergencias.

Todos ellos con capacitación específica en materia de evaluación de necesidades en la población afectada por situaciones de emergencia y en la prestación de asesoramiento en cuanto a las capacidades de Cruz Roja Española, que puedan ponerse a disposición de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

La puesta a disposición a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias de estos miembros de Cruz Roja Española, no será superior a las 3 horas, a partir de haber recibido la correspondiente orden de movilización. El lugar de encuentro será la sede de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias en la C/ Quintiliano, 21 de Madrid.

Esta puesta a disposición, una vez realizada la movilización de la totalidad o parte de este Equipo no superará los siete días como máximo, en caso de necesidad de ampliar este plazo de tiempo, como consecuencia de las necesidades de la operación puesta en marcha, se acordará la ampliación de la misma de mutuo acuerdo.

La participación de la Cruz Roja en la disponibilidad de un equipo de apoyo a las tareas de evaluación y coordinación de emergencias será subvencionada por la DGPCE hasta un importe de 6.000,00 €.

La Dirección General de Protección Civil y Emergencias subvencionará hasta un total de 27.312 € en concepto de los gastos de administración y gestión en que incurre Cruz Roja Española y que representan un 8% de los gastos del total de la Subvención.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/07/2017
  • Fecha de publicación: 15/09/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 249 de 16 de octubre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-11857).

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