Contido non dispoñible en galego
La Junta Electoral Central, en sesión de 2 de junio de 2016, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Acordar la distribución de espacios gratuitos en los términos de la propuesta formulada por la Comisión de Radio y Televisión a la que se refiere el artículo 65 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
2.º Anunciar en el «Boletín Oficial del Estado» que en esta fecha la Junta Electoral Central ha acordado la distribución de espacios gratuitos en los medios de comunicación de titularidad pública de ámbito nacional en favor de las entidades políticas concurrentes al proceso electoral convocado. Dicha distribución está publicada en la página web de la Junta Electoral Central. Las entidades políticas interesadas pueden formular los recursos que estimen pertinentes en defensa de su derecho, recursos que deberán obrar en la Secretaría de la Junta Electoral Central antes de las 11 horas del lunes 6 de junio.
Los recursos formulados en tiempo y forma estarán a disposición de las formaciones políticas interesadas en la Secretaría de la Junta Electoral Central, en horario de registro, a efectos de que puedan formular alegaciones hasta el martes 7 de junio a las 19 horas.
El presente Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en virtud de lo dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2016.–El Presidente de la Junta Electoral Central, Carlos Granados Pérez.
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