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Documento BOE-A-2016-522

Resolución de 21 de diciembre de 2015, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se aprueba el módulo de formación teórica complementaria destinado a los pilotos militares de helicóptero en virtud de la Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2016, páginas 5175 a 5176 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2016-522
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/12/21/(3)

TEXTO ORIGINAL

El procedimiento y las condiciones para la obtención, por pilotos de helicópteros al servicio de las Fuerzas armadas españolas y de la Guardia Civil, de los títulos, licencias y determinadas habilitaciones requeridos a los pilotos de helicópteros civiles, han sido establecidos por la Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio, que regula la valoración de la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas españolas o de la Guardia Civil, para la obtención de los títulos y licencias requeridos a los pilotos de helicópteros civiles.

Como desarrollo de la citada Orden, se publicó la Instrucción 450/14803/2013, de 8 de abril de 2013, del Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa, por la que se dictan las normas y procedimientos para la obtención de los títulos, licencias y determinadas habilitaciones requeridas a los pilotos de helicópteros civiles, por personal militar y de la Guardia Civil con experiencia adquirida como piloto de helicóptero militar.

Reunida el 20 de octubre de 2015 la Comisión Asesora de acreditación y valoración regulada en el capítulo III de la citada Orden PRE 2059/2011, concluyó que el Ministerio de Defensa propondría un procedimiento para la implantación de un Módulo de Formación Teórica Complementaria, necesario para que los pilotos militares de helicópteros puedan completar los requisitos teóricos establecido en el Anexo III de la cita Orden PRE 2059/2011. El Ministerio de Defensa envió el citado protocolo el pasado 20/11/2015.

En razón de lo anteriormente expuesto, resuelvo:

Primero.

Aprobar el Módulo de Formación Teórica Complementaria, necesario para que los pilotos militares de helicópteros puedan completar los requisitos teóricos establecidos en el Anexo III de la Orden PRE 2059/2011, de acuerdo con el procedimiento establecido en esta Resolución y que se incluye como Anexo a la misma.

Segundo.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de diciembre de 2015.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Isabel Maestre Moreno.

ANEXO
Modulo de formación teórica complementaria destinado a los pilotos militares de helicóptero en virtud de la Orden PRE 2059/2011

1. Descripción del curso de formación teórica complementaria

Conforme establece la Instrucción 450/14803/2013, de 8 de abril de 2013 del Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, el personal en activo al servicio de las Fuerzas Armadas españolas o de la Guardia Civil podrá completar la formación teórica complementaria precisa para la obtención de los títulos, licencias y habilitaciones reguladas en esta Orden mediante la superación de cursos teóricos complementarios impartidos por el Ala de Enseñanza 78 (Escuela de Helicópteros) del Ejército del Aire.

A tal efecto se ha desarrollado con «EasyProf» (herramienta de autoría oficial para la creación de cursos y acciones formativas en el Campo Virtual Corporativo de Defensa, CVCDEF) un Módulo de Formación Teórica Complementaria (FTC) para helicópteros que permite acreditar a determinados pilotos, según su formación, el resto de los conocimientos teóricos necesarios para la obtención de la titulación CPL/IR (H), conforme a la norma PART-FCL.

El citado Módulo se realiza en la modalidad on-line dentro del CVCDEF, siendo tutorizado por la Jefatura de Estudios del Ala a través de la Sección o Punto de Enseñanza a Distancia, conforme a los requisitos pedagógicos establecidos para el desarrollo de acciones formativas virtuales, según el Diseño Instructivo del Sistema de Enseñanza a Distancia del CVCDEF, así como a todas las especificaciones y requisitos técnicos estipulados para implantar acciones formativas en el CVCDEF, quedando estructurado en tres áreas:

a. Legislación Aérea.

b. Factores Humanos.

c. Procedimientos Operacionales.

Cada área está compuesta por Unidades Didácticas y, a su vez, cada Unidad Didáctica por Unidades de Aprendizaje. En cada Unidad de Aprendizaje se encuentran los contenidos objeto de estudio y una autoevaluación al respecto. El alumno debe aprobar la autoevaluación de cada Unidad de Aprendizaje según la nota de corte estipulada (75%) para poder proseguir con la Unidad de Aprendizaje siguiente y así sucesivamente.

2. Implantación del módulo

El Módulo FTC PART -FCL tiene una duración de tres meses. A tal efecto, conforme a la Instrucción 450/14803/2013, de 8 de abril de 2013 del Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, la Dirección de Enseñanza del Ejército del Aire coordinará las respectivas convocatorias con el resto de los Órganos Gestores.

Durante la realización del Módulo, el alumno dispondrá de un tutor on-line para cada una de las áreas que lo componen. La comunicación con el tutor, así como con el resto de compañeros matriculados, se realizará a través de las «Herramientas de Comunicación» del CVCDEF.

Tras la realización del curso on-line el alumno tendrá que superar un examen presencial en el Ala 78 (Base Aérea de Armilla). Los resultados serán remitidos a la Dirección de Enseñanza por la Jefatura del Ala.

El Director de Enseñanza del Ejército del Aire, una vez recibidos los resultados del curso, remitirá los correspondientes certificados de superación del mismo a los Órganos Gestores para su entrega a los interesados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/12/2015
  • Fecha de publicación: 21/01/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 22/01/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio (Ref. BOE-A-2011-12634).
  • CITA Instrucción 450/14803/2013, de 8 de abril de 2013 (BOD nº 212, de 29 de octubre).
Materias
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea
  • Bases aéreas
  • Certificaciones
  • Formación profesional
  • Fuerzas Armadas
  • Licencias
  • Navegación aérea
  • Pilotos de aviación

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