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Documento BOE-A-2016-1674

Resolución de 29 de enero de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia sobre el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) en versión web, para la cesión del código fuente de la aplicación informática e intercambio de información.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2016, páginas 12907 a 12911 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-1674

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 26 de enero de 2016, Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 29 de enero de 2016.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, sobre el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) en versión Web, para la cesión del código fuente de la aplicación informática e intercambio de información

En Madrid, a 26 de enero de 2016

REUNIDOS

De una parte, doña María Salomé Adroher Biosca, Directora General de Servicios para la Familia y la Infancia, nombrada por Real Decreto 247/2012, de 23 de enero (B.O.E. n.º 20, de 24 de enero), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencia para celebrar convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas y a la delegación de competencias contenida en el apartado sexto, 1b) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias (B.O.E. de 1 de febrero).

Y de otra, doña Violante Tomás Olivares, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, nombrada por Decreto de la Presidencia n.º 26/2015, de 4 de julio, en nombre y representación de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el citado Decreto.

Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

MANIFIESTAN

Que siendo la información un instrumento técnico de fundamental importancia en el sector de los Servicios Sociales, se considera necesaria la colaboración entre las distintas Administraciones Públicas en las que se genera la misma.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad es el Departamento de la Administración General del Estado al que le corresponde, en virtud del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, desempeñar las funciones en materia de cohesión e inclusión social, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma le confiere competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desean formalizar un Convenio de colaboración entre ambos.

Que tal convenio es acorde al espíritu que informa la citada Ley 30/1992, en cuanto a lo que recoge el artículo 4 de la misma sobre las relaciones que deben regir entre las Administraciones Públicas.

Que la evaluación y análisis de la demanda de los usuarios es un instrumento técnico de fundamental importancia en el sector de los servicios sociales para adecuar los recursos existentes a las necesidades planteadas y diseñar futuros programas de actuación.

Que dentro de las instancias de colaboración técnica, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad tiene cedida a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia una licencia de uso para la implantación y explotación del paquete informático del mencionado sistema de información, modo local, en las Corporaciones Locales de su ámbito territorial.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha desarrollado una nueva versión de SIUSS para su trabajo en Web.

Que el nuevo escenario exige el alojamiento de SIUSS en el servidor de la Comunidad Autónoma, a fin de que pueda adaptar desarrollos específicos, e implica, necesariamente, la cesión del código fuente de la citada versión por parte del Ministerio.

De conformidad con lo expuesto, las partes firmantes desean formalizar el presente convenio, al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Constituye el objeto del presente convenio, la colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la cesión del Código Fuente de la aplicación SIUSS Web.

Segunda. Obligaciones y compromisos de las partes.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad concede a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia una licencia gratuita, no exclusiva, de ámbito limitado al territorio y ámbito competencial de la misma, del código fuente de la aplicación SIUSS Web desarrollada por el Ministerio.

Dicha concesión de licencia se produce bajo las siguientes condiciones:

1. Autoriza a la Comunidad Autónoma a:

• Utilizar para sí una sola copia de la aplicación. En caso de no renovación del Convenio, por denuncia expresa de la Comunidad Autónoma, y si este no fuese sustituido por otro en el que ésta se compromete a remitir al Ministerio los datos de SIUSS de su ámbito territorial, en los términos recogidos en el apartado 3 de la Cláusula, dejará de utilizar el código fuente que se hubiera extraído de la aplicación para su uso independiente de la misma.

• Instalar la aplicación en la ubicación que la Comunidad Autónoma determine.

• Utilizar la aplicación para propósitos que no contravengan aquellos para los que se diseñó inicialmente por el Ministerio.

• Modificar la aplicación para sus propias necesidades siempre que dicha modificación no contravenga el punto anterior. Cualquier modificación se pondrá a disposición del Ministerio de forma gratuita para su posible aprovechamiento en otra Comunidad Autónoma.

La licencia no autoriza otros usos más que los descritos anteriormente y en especial no autoriza a:

• Obtener un beneficio o rendimiento económico basado en todo o en parte, directa o indirectamente en la aplicación, exceptuando la atención de la propia instalación de la Comunidad Autónoma amparada por esta licencia.

• Distribuir la aplicación y documentación de la misma, modificada o no, sin la autorización expresa, condicionada y constatable del Ministerio.

• Imponer limitación alguna al Ministerio sobre sus derechos de autor.

2. Las condiciones de soporte y actualización son:

• El Ministerio pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma una dirección/URL de la Red Sara desde la cual ésta pueda descargar el código de la aplicación según se vayan liberando las diferentes versiones evolutivas y/o correctivas junto con todos los elementos necesarios para la construcción de la misma.

• El Ministerio excluye de la descarga el código que no es compartible bien por razón de derechos de autor, bien por razones de aplicabilidad. Dichos componentes deben ser adquiridos o sustituidos o suplidos por la Comunidad Autónoma. En concreto en el momento de firmar el presente convenio se excluyen los siguientes componentes:

– Librería externa ‘Access_JDBC40’ para la descarga de datos en formato Microsoft Access.

– Servicio interno del Ministerio para la validación de certificados electrónicos de firma denominado ‘Servcert’.

• La Comunidad Autónoma se compromete a mantener en todas las pantallas y pestañas de la aplicación el logo del Ministerio e inicial de ayuda el texto: «Aplicación desarrollada inicialmente por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad».

• La aplicación no es un sistema acabado, sino que se encuentra en proceso de desarrollo y mejoras. Por tanto puede contener defectos o fallos inherentes al proceso de desarrollo de este tipo de programas, sin que estos hechos supongan motivo de responsabilidad de ningún tipo para el Ministerio más allá de realizar su mejor esfuerzo para solucionarlos.

• El Ministerio no será responsable de los daños y perjuicios de cualquier clase, directos o indirectos, materiales o morales, que pudieran derivarse de la licencia o del uso de la aplicación.

• La entrega del código se hace como está, es decir tal y como lo utiliza el Ministerio en sus instalaciones, sin asumir éste ninguna responsabilidad, garantía, adaptación, soporte o apoyo especial. En concreto el Ministerio no se compromete a considerar ningún cambio o versión especial de la aplicación a petición única de la Comunidad Autónoma.

• No corresponde al Ministerio el soporte de ningún tipo (funcional, de conectividad, infraestructura, etc.) asociado al uso de la aplicación cedida por parte de los usuarios funcionales de la misma.

• El Ministerio atenderá las incidencias que reporte la Comunidad Autónoma en las mismas condiciones que al resto de Comunidades Autónomas. Es decir, atendiendo únicamente las incidencias que se den o reproduzcan en la aplicación instalada en el Ministerio.

A estos efectos la Comunidad Autónoma deberá reportar únicamente las incidencias que consiga reproducir en alguno de los entornos productivos del Ministerio, aportando las evidencias que obtenga de estos en su reporte. El Ministerio no atenderá reportes ni apoyará cualquier investigación o análisis que no vengan con estas evidencias.

• El Ministerio se compromete a informar a la Comunidad Autónoma, al menos una vez al año, del alcance de las funcionalidades nuevas y/o a modificar durante el mismo, junto con una estimación del mes en que se prevé su puesta en producción.

3. La Comunidad Autónoma se compromete a enviar, anualmente, al Ministerio, y, a efectos, exclusivamente estadísticos, la información necesaria para la explotación de los datos, mediante descargas de los mismos, adaptadas a la última versión de la Interfaz SIUSS Web de Explotación de Datos. Dicha información se referirá a la disponible en la Comunidad de todas las Unidades de Trabajo Social, incluida la de aquellas que no utilicen SIUSS como herramienta de gestión para los servicios sociales comunitarios municipales.

Tercera. Compromisos económicos.

El presente convenio no conlleva compromisos económicos.

Cuarta. Jurisdicción.

Este Convenio se formaliza de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y tiene carácter administrativo, quedando excluido del ámbito del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al amparo del artículo 4.1 c), siendo la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la competente para conocer de los conflictos a que la ejecución del convenio pudiera dar lugar.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

La Comisión Delegada del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia interpretará el convenio y conocerá de las discrepancias a que su ejecución pudiera dar lugar.

La comisión de seguimiento velará por el cumplimiento de las cláusulas del convenio y decidirá sobre las posibles revisiones futuras referentes a lo convenido y que afecten al conjunto de las Comunidades Autónomas.

Esta comisión se reunirá al menos una vez al año, debiéndose reflejar en un acta, los temas tratados y los acuerdos alcanzados en su caso.

Respecto al funcionamiento de la citada comisión se estará a lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados.

Sexta. Vigencia y extinción del convenio.

El presente convenio tiene vigencia de tres años desde su firma, pudiendo prorrogarse por el mismo período, por acuerdo expreso de las partes, con anterioridad al fin de su vigencia.

No obstante la vigencia establecida en el párrafo anterior, el convenio también se extinguirá por fuerza mayor, mutuo acuerdo de las partes, imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de su objeto o por resolución, ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por las partes intervinientes a instancia de la parte cumplidora.

Séptima. Modificación del convenio.

Los términos del presente convenio de colaboración podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del convenio.

Octava. Fin vigencia anterior convenio.

El convenio suscrito con fecha 12 de julio de 1994 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia mantendrá su vigencia temporal hasta el momento en el que la Comunidad Autónoma comunique al Ministerio la finalización del proceso de implantación de SIUSS WEB.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman, por duplicado ejemplar, el presente convenio, en el lugar y fecha al principio expresados.– Por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, M.ª Salomé Adroher Biosca, Directora General de Servicios para la Familia y la Infancia.–Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Violante Tomás Olivares, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.

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