De conformidad con la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial; la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 21 de diciembre de 2016, ha acordado atribuir en exclusiva el conocimiento de los asuntos civiles a los siguientes juzgados:
Tribunal Superior de Justicia |
Juzgado/s designado/s |
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Cataluña |
Juzgados de lo Mercantil números 1, 4 y 5 de Barcelona: patente y diseño industrial. |
Juzgados de lo Mercantil números 2, 6, 8 y 9: marcas. |
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Madrid |
Juzgados de lo Mercantil números 7, 8, 9 y 10 de Madrid. |
Comunidad Valenciana |
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia: patentes. |
Juzgados de lo Mercantil números 1 y 3: marcas y diseño industrial. |
Todo ello sin perjuicio de las normas de reparto que se aprueben entre los distintos juzgados de lo Mercantil, para el supuesto de que sean varios los juzgados de esa clase que en la misma ciudad que asuman el conocimiento de esa materia y de la compensación en el reparto de asuntos que procediera efectuar, respecto de aquellos juzgados que no asuman dicha materia.
– Este acuerdo producirá efectos desde el 1 de abril de 2017.
– Publicar el acuerdo de especialización en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de diciembre de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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