Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-9030

Resolución de 14 de julio de 2015, del Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se crean y suprimen ficheros de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 2015, páginas 72444 a 72456 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-9030
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/07/14/(6)

TEXTO ORIGINAL

El 17 de junio de 2015 se autorizó por el Consejo Rector del Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), la creación y supresión de ficheros de datos de carácter personal del CIBER.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Asimismo el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece a través de los artículos 53 y 54, especificaciones en cuanto a la forma y contenido de la disposición o acuerdo. En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas estatutariamente, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero.

Se crean los ficheros incluidos en el anexo I, II, III, IV, V, y VI de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Segundo.

Se modifica el fichero incluido en el anexo VII de esta Resolución, indicando las modificaciones producidas en el mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, y el artículo 54.2 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.

Se suprimen los ficheros incluidos en el anexo VIII de esta Resolución en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, y el artículo 54.3 del Reglamento de desarrollo.

Cuarto.

Los ficheros que se recogen en los anexos de esta Resolución se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Quinto.

Quedan derogadas las Resoluciones del Consejo Rector y de la Comisión Permanente del Centro de Investigación Biomédica en Red en Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Centro de Investigación Biomédica en Red en Enfermedades Raras (CIBERER); Centro de Investigación Biomédica en Red en Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Centro de Investigación Biomédica en Red en Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Centro de Investigación Biomédica en Red en Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM); Centro de Investigación Biomédica en Red en Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Centro de Investigación Biomédica en Red en Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), por las que se crean y modifican los ficheros de datos de carácter personal de los mismos incluidos en el Anexo VIII de esta Resolución.

Sexto.

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Séptimo.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de julio de 2015.–El Presidente del Consejo Rector del Centro de Investigación Biomédica en Red, Jesús Fernández Crespo.

ANEXO I
Ficheros de nueva creación

Fichero: Investigación.

1. Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: Investigación.

1.2 Finalidad y usos previstos: Gestión de los datos personales de los participantes en ensayos clínicos, proyectos de investigación y estudios epidemiológicos.

2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de datos y su procedencia.

2.1 Colectivo: Personas físicas que participen voluntariamente en proyectos de investigación, ensayos clínicos o estudios epidemiológicos.

2.2 Origen y procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal. Instituciones sanitarias.

3. Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos así como el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

3.1 Estructura: Datos relativos a la salud, nombre y apellidos, dirección, teléfono, DNI, número de la Seguridad Social /Mutualidad, marcas físicas. Datos relativos a características personales.

3.2 Sistema de Tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

4. Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de los destinatarios: Entidades de investigación y organismos públicos.

5. Transferencias Internacionales de Datos: No se realizan ni están previstos tratamientos de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo.

6. Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER

gerencia@cibersciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

ANEXO II
Ficheros de nueva creación

Fichero: Muestras Biológicas.

1. Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: Muestras Biológicas.

1.2 Finalidad y usos previstos: Gestión de la calidad, uso, seguridad y trazabilidad de los datos y muestras biológicas de origen humano almacenadas en los biobancos para la realización de proyectos de investigación.

2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de datos y su procedencia.

2.1 Colectivo: Personas físicas donantes de las muestras.

2.2 Procedencia: El propio interesado o su representante legal.

3. Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos así como el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

3.1 Estructura: Datos relativos a la salud, origen racial o étnico y vida sexual. Nombre y apellidos, DNI, teléfono, número de seguridad social o mutualidad. Datos relativos a características personales y circunstancias sociales.

3.2 Sistema de tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

4. Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de los destinatarios: Centros o biobancos que desarrollan proyectos de investigación.

5. Transferencias internacionales de datos: No se realizan ni están previstos tratamientos de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo.

6. Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER

gerencia@cibersciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

ANEXO III
Ficheros de nueva creación

Fichero: Administración interna y gestión económica.

1. Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: Administración y gestión interna.

2. Finalidad y usos previstos: Gestión de los datos personales de los intervinientes en las actividades de gestión interna y /o de naturaleza económica llevadas a cabo por el CIBER, en especial la gestión de la contratación con clientes y proveedores.

3. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de datos y su procedencia.

3.1 Colectivo: Clientes, proveedores, colaboradores, beneficiarios, usuarios de la página web.

3.2 Origen y procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal.

3.3 Procedimiento de recogida de datos: Formularios; transmisión electrónica de datos.

4. Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos así como el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

4.1 Estructura: Nombre, apellidos, DNI, dirección, teléfono, firma.

4.2 Sistema de Tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

5. Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de los destinatarios: Hacienda Pública y Administración Tributaria; Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales; Otros órganos de la administración del Estado; Interesados Legítimos.

6. Transferencias Internacionales de Datos: No se realizan ni están previstos tratamientos de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo.

6.1 Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER

gerencia@cibersciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

ANEXO IV
Ficheros de nueva creación

Fichero: Gestión de eventos y actividades.

1. Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: Gestión de eventos y actividades.

2. Finalidad y usos previstos: Gestión de los datos personales de los participantes necesarios para la organización de eventos, actividades formativas, docentes, y en general todas aquellas actividades organizadas por el CIBER.

3. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de datos y su procedencia.

3.1 Colectivo: Participantes, alumnos.

3.2 Origen y procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal.

3.3 Procedimiento de recogida de datos: Formularios, transmisión electrónica de datos.

4. Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos así como el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

4.1 Estructura: Nombre, apellidos, correo electrónico, teléfono.

4.2 Sistema de Tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

5. Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de los destinatarios:

6. Transferencias Internacionales de Datos: No se realizan ni están previstos tratamientos de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo.

6.1 Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER

gerencia@cibersciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel Básico.

ANEXO V
Ficheros de nueva creación

Fichero: Donantes.

1. Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: Donantes.

1.2 Finalidad y usos previstos: Gestión de los datos personales de aquellas personas físicas que colaboran mediante donaciones con el CIBER.

2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de datos y su procedencia.

2.1 Colectivo: Donantes.

2.2 Origen y procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal.

3. Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos así como el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

3.1 Estructura: Nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono, datos financieros.

3.2 Sistema de Tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

4. Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de los destinatarios: Hacienda Pública y Administración Tributaria; Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.

5. Transferencias Internacionales de Datos: No se realizan ni están previstos tratamientos de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo.

6. Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER

gerencia@cibersciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel Básico.

ANEXO VI
Ficheros de nueva creación

Fichero: Consultas.

1. Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: Consultas.

1.2 Finalidad y usos previstos: Disponer de un registro de consultas planteadas por personas externas al CIBER y relacionadas con patologías o problemas de salud determinados.

2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de datos y su procedencia.

2.1 Colectivo: Consultantes.

2.2 Origen y procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal.

3. Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos así como el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

3.1 Estructura: Datos identificativos (nombre y apellidos, dirección de correo electrónico, teléfono) y datos relativos a la salud.

3.2 Sistema de Tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

4. Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de los destinatarios:

5. Transferencias Internacionales de Datos: No se realizan ni están previstos tratamientos de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo.

6. Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER

gerencia@cibersciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

ANEXO VII
Ficheros que se modifican

Fichero I.

Fichero: RRHH CIBER.

Código de Inscripción: 2151310026.

1. Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

1.1 Identificación del fichero: RRHH CIBER.

1.2 Finalidad y usos previstos: Gestión de Recursos Humanos del Consorcio [Recursos humanos (Gestión de personal-Formación de personal-Acción social a favor del personal de las administraciones públicas-Promoción y selección de personal, oposiciones y concursos-Gestión de nómina-Prevención de riesgos laborales), Educación y cultura (Becas y ayudas a estudiantes)].

2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

2.1 Colectivo: Miembros del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red (empleados, personal adscrito, candidatos a empleo).

2.2 Procedencia: El propio interesado o su representante legal. Administraciones públicas.

2.3 Procedimiento de recogida: Formularios; transmisión electrónica de datos/internet.

3. Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

3.1 Estructura:

3.1.1 Datos Identificativos: NIF/DNI, dirección, imagen/voz, número SS/ mutualidad, teléfono, firma.

3.1.2 Otros tipos de datos: Características personales; académicos y profesionales; detalles del empleo; económicos, financieros y de seguros; transacción de bienes y servicios.

3.1.3 Sistema de Tratamiento: Automatizado y manual (mixto).

4. Comunicaciones de datos previstas: Organismos de la Seguridad Social, Hacienda Pública, Administración Tributaria, otros órganos de la Administración del Estado, Bancos, Cajas de Ahorro y Cajas Rurales.

5. Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

6. Órganos responsables del fichero: Gerencia del CIBER.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Gerencia del CIBER.

gerencia@ciberisciii.es

Calle Monforte de Lemos, número 5, pabellón 11, 28029 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Medio.

ANEXO VIII
Ficheros que se suprimen

Fichero I.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de enfermedades hepáticas y digestivas (CIBEREHD).

1. Identificación del fichero: CIBEREHD

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero II.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de enfermedades hepáticas y digestivas (CIBEREHD).

1. Identificación del fichero: ECAHD.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero propiedad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero III.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de enfermedades hepáticas y digestivas (CIBEREHD).

1. Identificación del fichero: HEPATIC.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero IV.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de enfermedades hepáticas y digestivas (CIBEREHD).

1. Identificación del fichero: Hipertensión Portal no Cirrótica Ciberehd.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero V.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de enfermedades hepáticas y digestivas (CIBEREHD).

1. Identificación del fichero: LIVERBIOMARK CIBEREHD.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero VI.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de Enfermedades Raras (CIBERER).

1. Identificación del fichero: Ciberer Biobank.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero VII.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de Enfermedades Raras (CIBERER).

1. Identificación del fichero: Registro de casos de la Anemia de Fanconi.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero VIII.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de Enfermedades Raras (CIBERER).

1. Identificación del fichero: AHUS/C3G.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero IX.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de Enfermedades Raras (CIBERER).

1. Identificación del fichero: Fichero de consultas.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero X.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de obesidad y nutrición (CIBEROBN).

1. Identificación del fichero: Fatbank.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XI.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de obesidad y nutrición (CIBEROBN).

1. Identificación del fichero: Usuario Ciberobn.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XII.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de epidemiología y salud pública (CIBERESP).

1. Identificación del fichero: Estudio casos y controles gripe A.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XIII.

Órgano Responsable: Centro de Investigación biomédica en red de epidemiología y salud pública (CIBERESP).

1. Identificación del fichero: Estudio MCC Spain.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XIV.

Órgano Responsable: Consorcio de Centros de Investigación Biomédica de enfermedades respiratorias (CIBERES).

1. Identificación del fichero: Biobanco.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XV.

Órgano Responsable: Consorcio de Centros de Investigación Biomédica de enfermedades respiratorias (CIBERES).

1. Identificación del fichero: Consultas Web.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XVI.

Órgano Responsable: Consorcio de Centros de Investigación Biomédica de enfermedades respiratorias (CIBERES).

1. Identificación del fichero: Contactos profesionales.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

Fichero XVII.

Órgano Responsable: Consorcio de Centros de Investigación Biomédica de enfermedades respiratorias (CIBERES).

1. Identificación del fichero: Investigadores.

2. Destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción: Los datos se integrarán en un nuevo fichero titularidad del CIBER.

3. Motivos: Creación de un nuevo fichero tras la fusión por absorción, en fecha 1 de enero de 2014, por parte del Centro de Investigación Biomédica en Red en Salud Mental (CIBERSAM) de los Centros de Investigación Biomédica en Red de: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (CIBEROBN), aprobada por unanimidad en los Consejos Rectores de los mismos celebrados los días 18 y 19 de diciembre de 2012. Y del cambio de nombre del CIBERSAM a Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), aprobado por unanimidad en la reunión del Consejo Rector del CIBERSAM celebrada el día 11 de junio de 2013.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/07/2015
  • Fecha de publicación: 11/08/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 12/08/2015
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 17 de junio de 2014 (Ref. BOE-A-2015-931).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Art. 54.3 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • Art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Biotecnología
  • Centros tecnológicos
  • Ficheros con datos personales
  • Instituto de Salud Carlos III

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid