Contingut no disponible en valencià
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 12 de junio de 2015.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de La Rioja en su reunión celebrada el día 14 de mayo de 2015 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 8.6, 16, 18, 19.1, 22, 23, 28, 29, 30, 31, 41.1.d), 62, 63, 117 a 123, 152, 153.2.c, 154.2.b, 180, 183, 184, 200.3 e) y f) y 200.4.a), así como las disposiciones transitorias 1.ª, 2.ª y 3.ª de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de La Rioja.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid